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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 292292
Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se deja sin efecto la cuarta convocatoria prevista en la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de 19 de diciembre de 2019, por la que se convocan, para los años 2019-2021, las ayudas para inversiones productivas en acuicultura

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Texto

El 24 de diciembre del 2019 se publicó en el BOIB núm. 172 la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de 19 de diciembre de 2019, por la que se convocan, para los años 2019-2021, las ayudas para inversiones productivas en acuicultura, que fue modificada por las resoluciones de la presidenta del FOGAIBA de 10 de junio de 2020, publicada en el BOIB núm. 107, de 13 de junio, y de 8 de abril de 2022, publicada en el BOIB núm. 49, de 12 de abril.

Esta resolución aprueba cuatro convocatorias, con cuatro periodos de solicitud, que quedan condicionadas a la existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar el cumplimiento de las obligaciones generadas, y establece, en el punto 2 del apartado segundo, que una vez finalizado cualquiera de los periodos sin que se haya agotado el importe máximo previsto inicialmente para cada uno de estos, la cantidad no aplicada debe trasladarse al periodo siguiente mediante una resolución del órgano competente para la concesión de subvenciones.

De acuerdo con ello, mediante Resolución del vicepresidente en materia de pesca del FOGAIBA de 21 de diciembre de 2020, publicada en el BOIB núm. 213, de 24 de diciembre de 2020, se trasladaron a la segunda convocatoria los créditos resultantes de la primera, y mediante Resolución de 7 de mayo de 2021, publicada en el BOIB núm. 61, de 11 de mayo de 2021, se trasladaron a la tercera convocatoria los créditos resultantes de la segunda.

Visto el informe técnico del jefe del Servicio de Ayudas OCM, del Estado y de Pesca de 18 de mayo de 2022, en el que se informa de que, una vez resueltas las solicitudes presentadas en la tercera convocatoria, se ha agotado el presupuesto disponible y que no queda presupuesto para trasladar a la siguiente convocatoria.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 16.4 del texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, no se crea ningún derecho a favor del beneficiario ante la Administración mientras no se dicte la resolución de concesión y se notifique o publique la misma.

Por todo ello, en virtud de las competencias que tengo atribuidas y a propuesta del director gerente del FOGAIBA, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Primero

Dejar sin efecto la cuarta convocatoria de ayudas prevista en la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de 19 de diciembre de 2019, por la que se convocan, para los años 2019-2021, las ayudas para inversiones productivas en acuicultura, publicada en el BOIB núm. 172, de 24 de diciembre del 2019.

Segundo

Esta resolución debe comunicarse a la Base de Datos Nacional de Subvenciones y debe publicarse en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.

 

Palma,  23 de mayo de 2022

La presidenta del FOGAIBA María Asunción Jacoba Pía de la Concha García-Mauriño