Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE ARTÀ

Núm. 290444
Aprobación definitiva del Reglamento de uso de las aulas de estudio colectivo del Centro Joven de Artà

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Finalizado el plazo de exposición pública para la presentación de reclamaciones contra el acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento, en la sesión plenaria ordinaria de día 28 de marzo de 2022, el Reglamento de uso de las aulas de estudio colectivo del Centro Joven de Artà, publicado en el BOIB núm. 45 de día 2 de abril de 2022, sin que se hayan presentado reclamaciones, queda aprobado definitivamente el siguiente reglamento, de conformidad con lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local.

El texto íntegro del Reglamento es el siguiente:

<<REGLAMENTO DE USO DE LAS AULAS DE ESTUDIO COLECTIVO DEL CENTRO JOVEN DE ARTÀ

Artículo 1. Salas de estudio del Centro Joven de Artà

El Centro Joven de Artà dispone de dos espacios convertidos en aulas disponibles para estudio:

a) En la sala núm. 1, hay mesas, sillas, enchufes, acceso a Internet y tres ordenadores. Está dotada para que la puedan ocupar, de forma individual, jóvenes matriculados en algún curso del programa Aula Mentor o para estudio colectivo o en equipo.

b) En la sala núm. 2, hay mesas, sillas, enchufes y acceso a Internet. Está disponible para estudio colectivo de un grupo, al menos, de dos personas y, como máximo, de ocho. En caso de que el número de personas exceda de 8, los motivos deberán justificarse en la solicitud.

Artículo 2. Personas usuarias

1. Podrán utilizar estas salas jóvenes de entre 12 y 30 años. Las personas mayores de 30 años podrán acceder a la sala del programa Aula Mentor siempre que estén matriculadas.

2. Las salas de estudio colectivo estarán disponibles y a disposición de las personas usuarias durante el horario de apertura del Centro Joven de Artà.

Artículo 3. Acceso

1. Los lugares de estudio son limitados y, de acuerdo con la normativa vigente, el aforo máximo será de ocho (8) personas por sala.

2. La forma de acceder será la siguiente:

a) Será necesario hacer la reserva al Centro Joven por WhatsApp (tel. 680563965) o por correo electrónico (centrejove@arta.cat). Luego, el Centro Joven contactará con la persona que reserva la sala para confirmarla.

b) El día y a la hora reservados, todas las personas usuarias deberán dirigirse a la persona responsable del Centro Joven y deberán aportar el nombre, los apellidos y el teléfono de contacto.

3. Si no se alcanza el número mínimo de personas usuarias o si se excede el máximo autorizado, el personal responsable del Centro Joven podrá decidir si autoriza o no la reserva.

Artículo 4. Condiciones de la reserva

1. Las condiciones de la reserva serán las siguientes:

a) La reserva tendrá una duración de una hora y media.

b) Para poder utilizar las salas durante más tiempo, deberán realizarse reservas consecutivas.

 

c) Si la persona que ha realizado la reserva no se presenta, esta se cancelará transcurridos veinte (20) minutos desde la hora de inicio.

d) La reserva deberá realizarse con una antelación mínima de veinticuatro (24) horas.

2. En el caso de que no sea posible prestar el servicio por algún motivo no previsto anteriormente o en el caso de que no se pueda autorizar la reserva porque no se haya solicitado con la antelación establecida, el personal encargado de la gestión de los espacios quedará facultado para anular la reserva de la sala.

Artículo 5. Normas de uso

1. Todas las personas usuarias tendrán la obligación de respetar al resto de usuarios y al personal asignado para gestionar los espacios, así como los equipamientos e instalaciones que se ponen a su disposición.

2. Aunque las salas están pensadas para trabajar de forma colectiva y para poder hablar en un tono moderado, no hay que provocar molestias al resto de personas usuarias. Asimismo, con el fin de ofrecer un buen ambiente de trabajo que facilite el aprendizaje, el estudio y la investigación, deberán silenciarse los teléfonos móviles.

3. El Centro Joven no se hará responsable de los objetos de valor de terceros que haya dentro de las salas.

Artículo 6. Incumplimientos de las condiciones de uso de las salas de estudio

1. Serán incumplimientos leves:

a) Provocar ruidos molestos, con un tono superior al permitido, de manera reiterada o que molesten al resto de personas usuarias.

b) Fumar en las salas.

c) Comer o beber dentro de las salas.

d) Modificar la disposición del mobiliario.

e) Ocupar los espacios y ausentarse más de treinta (30) minutos.

f) Hacer un uso inadecuado de los recursos, accesos y mobiliario.

g) No tener el teléfono móvil en silencio.

2. Serán incumplimientos graves:

a) Sustraer cualquier material de la sala o de las otras personas usuarias.

b) Causar daños en los equipamientos de forma intencionada.

c) Acumulación de cuatro incumplimientos leves.

d) Cualquier otra falta de respeto hacia las personas que velan por el buen funcionamiento de los espacios.

Artículo 7. Sanciones por incumplimiento de las condiciones de uso

1. Los incumplimientos leves comportarán la expulsión inmediata por un periodo máximo de un (1) mes.

2. Los incumplimientos graves comportarán la adopción de alguna de las siguientes medidas:

a) La suspensión de la condición de persona usuaria por un periodo de hasta un (1) año.

b) La suspensión definitiva de la condición de persona usuaria.

3. Además, en el caso de que se provoquen daños en las instalaciones o a terceros, se podrá pedir una indemnización económica a la persona causante.

Artículo 8. Otros usos permitidos

1. Las personas que estén matriculadas en alguno de los cursos que ofrece la plataforma Aula Mentor podrán utilizar la sala núm. 1, que dispone de ordenadores de mesa, sin necesidad de reservarla previamente.

2. Aunque las salas están diseñadas para ser utilizadas durante el horario de apertura del Centro Joven y para jóvenes de 12 a 30 años, de forma excepcional y fuera de estos horarios se podrá autorizar la ocupación a asociaciones o colectivos jóvenes. Para poder acceder, deberán ponerse en conocimiento del personal técnico de juventud, mediante una solicitud, los motivos por los que se pide la sala y los datos de las personas usuarias. Una vez aceptada la solicitud, se recogerá y devolverá la llave en el horario y el lugar indicados. En relación a los incumplimientos y las sanciones, se aplicará lo dispuesto en los artículos 6 y 7.

 

3. Asimismo, el Área de Juventud, cuando lo considere oportuno, podrá utilizar las salas para hacer formaciones, cursos, conferencias y otras actividades. >>

   

(Firmado electrónicamente, 23 de mayo de 2022)

El alcalde,

Manuel Galán Massanet