Sección V. Anuncios
Subsección primera. Contratación Pública
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE MOVILIDAD E INFRAESTRUCTURAS
Núm. 289190
Resolución de aprobación inicial del proyecto básico y ejecutivo presentado por el contratista del Contrato de Obras consistente en la contratación conjunta de redacción del proyecto ejecutivo, de ejecución de las obras, del suministro e instalación del equipamiento y puesta en funcionamiento de la nueva estación de inspección técnica de vehículos (ITV) de Calvià, Mallorca (exp. 2020/168/OBR)
Antecedentes
1. El 21 de mayo de 2021 se formalizó entre el Consejo de Mallorca y el Ayuntamiento de Calvià la concesión del uso de la Finca Registral 9178 inscrita al Registro de la Propiedad de Calvià 2 en el Tomo 4423, Libro 223, Folio 166 y situado en el número 4 de la Plaza Pascual Miquel del Polígono Industrial Son Bugadelles de Calvià, para la construcción y explotación de una estación de inspección técnica de vehículos por parte del Consejo Insular de Mallorca (SEFYCU 2631820).
2. Mediante resolución de adjudicación de fecha 19 de julio de 2021 el consejero ejecutivo del departamento de movilidad e infraestructuras, actuando como órgano de contratación, resolvió adjudicar un contrato de obras consistente en la contratación conjunta de redacción del proyecto ejecutivo, de ejecución de las obras, del suministro e instalación del equipamiento y puesta en funcionamiento de la nueva estación de inspección técnica de vehículos (ITV) de Calvià, Mallorca (exp. 2020/168/OBR) a la entidad GRUPO VILLAESCUSA DESARROLLO S.L. y nombrar como responsable del contrato con la denominación de Director Técnico del Proyecto y Director Facultativo de la Obra al Sr. Marc Gradaille Llaneras, jefe de servicio de ITV y Actividades Clasificadas (SEGRA 464562).
3. El 10 de agosto de 2021 se firmó el correspondiente contrato administrativo con la entidad GRUPO VILLAESCUSA DESARROLLO S.L. (SEFYCU 2679935).
4. Con número registro de entrada nº 1155/2022, el 12 de enero de 2022 la entidad adjudicataria presentó el proyecto básico y ejecutivo y el estudio de seguridad y salud para la construcción de la nueva estación de inspección técnica de vehículos de Calvià.
5. En fecha 12 de abril de 2022 el Director Técnico del Proyecto emitió informe de defectos, insuficiencias técnicas, errores materiales, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios sobre el proyecto básico y ejecutivo presentado, proponiendo que se requiera al adjudicatario para que los enmiende (SEFYCU 2870844).
6. El día 12 de abril de 2022 el Consejero Ejecutivo del Departamento de Movilidad e Infraestructuras requirió a la entidad GRUPO VILLAESCUSA DESARROLLO S.L. para que enmendara las deficiencias mencionadas en este informe del Director Técnico del Proyecto en el plazo de 10 días hábiles contadores desde la notificación de este requerimiento (SEGRA 511165).
Este requerimiento fue notificado a la entidad GRUPO VILLAESCUSA DESARROLLO S.L. el 12 de abril de 2022 mediante notificación electrónica nº. 3884251.
7. Con número registro de entrada nº. 1155/2022, el 12 de enero de 2022 la entidad GRUPO VILLAESCUSA DESARROLLO SL presentó el proyecto básico y ejecutivo y el estudio de seguridad y salud por la construcción de la nueva estación de inspección técnica de vehículos de Calvià.
8. El 12 de abril de 2022 el consejero ejecutivo de movilidad e infraestructuras, como órgano de contratación, dictó resolución para requerir al contratista para que enmendara los defectos, insuficiencias técnicas, errores materiales, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios del proyecto básico y ejecutivo y el estudio de seguridad y salud presentado, señalados en el informe técnico emitido por el director técnico del proyecto el día 12 de abril de 2021.
9. Con número de registro de entrada nº. 22333/2022 del 29 de abril de 2022, la entidad adjudicataria ha presentado nuevo proyecto básico y ejecutivo y el estudio de seguridad y salud en respuesta a la resolución de requerimiento de día 12 de abril de 2022. Con registro de entrada 23299/2022 de 4 de mayo de 2022 incorpora dentro del expediente, además, los archivos en formato nativos correspondientes al proyecto presentado día 29 de abril de 2022.
10. El 6 de mayo de 2022 el consejero ejecutivo de movilidad e infraestructuras, como órgano de contratación, dictó resolución para requerir nuevamente y por segunda vez al contratista para la enmienda de los defectos, insuficiencias técnicas, errores materiales, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios en este nuevo proyecto básico y ejecutivo y el estudio de seguridad y salud presentado, señalados, todo ellos en el segundo informe técnico emitido por el director técnico del proyecto el día 12 de abril de 2021.
11. Finalmente, la entidad adjudicataria presentó nuevo proyecto básico y ejecutivo y el estudio de seguridad y salud en contestación al anterior requerimiento, el cual recibió informe favorable del director técnico del proyecto según consta en el expediente administrativo.
12. El Sr. Miguel Ángel Sagrera Clota, Coordinador de Infraestructuras del Servicio de Planificación y Proyectos del Departamento de Movilidad e Infraestructuras, emitió informe de supervisión del proyecto básico y ejecutivo y el estudio de seguridad y salud presentado favorable, todo eso de conformidad con el artículo 235 y concordantes de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la cual se trasladan al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (LCSP) y previa la resolución del consejero ejecutivo del Departamento de Movilidad e Infraestructuras que ordenó al servicio de Planificación y Proyectos del Departamento de Movilidad e Infraestructuras que emita este informe.
13. El proyecto está formado por los siguientes documentos:
I. MEMORIA
1. Memoria descriptiva y justificativa
1.1 Agentes
1.2 Información previa
1.3 Descripción del proyecto
1.4 Prestaciones del edificio
2. Memoria constructiva
2.1 Sustentación del edificio
2.2 Sistema estructural
2.3 Sistema envolvente
2.4 Sistema de compartimentación
2.5 Sistemas de acabados
2.6 Sistemas de acondicionamiento e instalaciones
2.7 Equipamiento industrial y de oficina
2.8 Urbanización exterior
3. Cumplimiento del CTE
3.1 Seguridad estructural
3.2 Seguridad en caso de incendio
3.3 Seguridad de utilización
3.4 Salubridad
3.5 Protección contra el ruido
3.6 Ahorro de energía
4. Anexos a la memoria
4.1 Seguridad de utilización y accesibilidad
4.2 Estudio de Gestión de Residuos
4.3 Memoria ambiental
4.4 Ingeniería de las obras
4.5 Protección contra incendios
4.6 Instalaciones del edificio
4.7 Plan de ejecución de la obra
4.8 Cumplimiento del RD 920/2017
4.9 Pruebas y puesta en funcionamiento de las instalaciones de la ITV
4.10 Estudio geotécnico
4.11 Estudio de calificación de suelo PG-3
4.12 Control de calidad
4.13 Estudio luminotécnico
4.14 Modificación de la cimentación y explanada como resultado de estudios geotécnicos
4.15 Modificación de unidades previstas en el contrato inicial
4.16 Acometidas
II. PLANOS
Plano de situación
Plano de emplazamiento
Plano de urbanización
Plantas generales
Planos de cubiertas
Alzados y secciones
Planos de estructura
Planos de instalaciones
III. PLIEGO DE CONDICIONES
IV. MEDICIONES Y PRESUPUESTO
Presupuesto detallado
Cuadro de precios 1 y 2
Justificación de precios
V. ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD
14. El presupuesto del proyecto para el conocimiento de la administración es de UN MILLÓN NOVECIENTOS OCHO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA EUROS CON CUATRO CÉNTIMOS (1.908.880,04 €)
Fundamentos Jurídicos
1. De conformidad con el artículo 1 de la Ley 13/1993 de 20 de diciembre, de atribución de competencias en los consejos insulares en materia de inspección técnica de vehículos, el Consejo Insular de Mallorca tiene atribuida las competencias ejecutivas y de gestión en materia de inspección técnica de vehículos (ITV).
2. El artículo 8 e) del Decreto de la Presidenta del Consejo Insular de Mallorca, de día 9 de diciembre de 2019, por el cual se determina la organización del Consejo Insular de Mallorca y sus sucesivas modificaciones (BOIB nº. 29 de 24 de febrero de 2022), establece que corresponde al Departamento de Movilidad e Infraestructuras la correspondiente gestión administrativa en materia de inspección técnica de vehículos (ITV).
3. El artículo 231 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, recoge que la aprobación de los proyectos de obra corresponde al órgano de contratación, a menos que esta competencia esté específicamente atribuida a otro órgano por una norma jurídica, que en este caso es el Consejero Ejecutivo de Movilidad e Infraestructuras.
4. El artículo 149.1 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local, y el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, regulan el trámite de información pública al cual se tiene que someter el proyecto.
5. El artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de régimen jurídico del sector público establece que las administraciones actúan de acuerdo con el principio de coordinación, y el artículo 79 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas prevé que, a afectos de resolución del procedimiento, se soliciten aquellos informes que se juzguen necesarios para resolver.
Por todo eso, dicto la siguiente
Resolución
1. Aprobar inicialmente el proyecto básico y ejecutivo para la ejecución de las obras, suministro e instalación del equipamiento y puesta en funcionamiento de la nueva estación de inspección técnica de vehículos (ITV) de Calvià, Mallorca (exp. 2020/168/OBR) con un presupuesto para el conocimiento de la administración de UN MILLÓN NOVECIENTOS OCHO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA EUROS CON CUATRO CÉNTIMOS (1.908.880,04 €)
2. Someter el proyecto, de acuerdo con lo que dispone el artículo 149.1 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local, y el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, al trámite de información pública al efecto de que cualquier persona física o jurídica pueda examinar el expediente y formular las alegaciones que estime pertinentes.
3. En consecuencia ordenar la apertura de un plazo de información pública de veinte días (20 días), con la inserción previa de un anuncio en el BOIB, y en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Consejo Insular de Mallorca, y disponer que durante este plazo el proyecto se podrá consultar en las dependencias del Departamento de Movilidad e Infraestructuras del Consejo Insular de Mallorca y en el tablón de anuncios mencionado.
El plazo de información pública de 20 días empieza a partir del día siguiente de la última publicación de los anuncios en el BOIB o en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Consejo Insular de Mallorca: https://cim.sedipualba.es/tablondeanuncios
Durante el plazo mencionado, el proyecto se podrá consultar en las dependencias del Departamento de Movilidad e Infraestructuras, ubicadas en la calle del General Riera, 113, de Palma, en horario de 9 a 14 horas, del lunes al viernes (excepto festivos), y en el tablón de anuncios mencionado.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (20 de mayo de 2022)
El consejero ejecutivo del Departamento de Movilidad e Infraestructuras
(El organo resolutorio
Ivan Sevillano Miguel)