Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE ESTELLENCS
Núm. 287577
Oferta pública de ocupación por proceso de estabilización de ocupación temporal Ley 20/2021 de 28 de diciembre
Mediante Resolución de Alcaldía de fecha 20 de mayo del 2022 de este Ayuntamiento se aprobó la Oferta de Ocupación Pública para la estabilización de ocupación temporal, que cumple las previsiones de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en la ocupación pública, correspondiendo a las plazas que a continuación se reseñan:
PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA:
GRUPO/SUBGRUP |
ESCALA |
COMPLEMENTO DESTINO |
VACANTES |
SISTEMA SELECCIÓ |
---|---|---|---|---|
Saig de acometidas múltiples |
AP |
10 |
1 |
Concurso |
Auxiliar administrativo-va |
C2 |
17 |
1 |
Concurso |
Trabajador-a social |
A2 |
18 |
1 |
Concurso |
PERSONAL LABORAL FIJO:
GRUPO DE CLASSIFICACIÓN |
VACANTES |
Sistema selección |
---|---|---|
Personal de limpieza de edificios |
1 |
Concurso |
Peón mantenimiento |
1 |
concurso |
Trabajadora familiar |
1 |
concurso |
En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local y el artículo 70.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado público aprobado por Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se publica la Oferta de Ocupación Pública para la estabilización de ocupación temporal del Ayuntamiento de Estellencs en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma/Boletín Oficial de la Provincia.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante el Alcalde, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, en conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado del Contencioso-Administrativo, a su elección, el que corresponda en su domicilio, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, en conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara para interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo esto sin perjuicio de que pueda interponer usted cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Estellencs, 20 de mayo del 2022
El alcalde
Bartomeu Jover Sánchez