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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y RELACIONES EXTERIORES

Núm. 287424
Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores por la que se corrige el error observado en la Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 27 de abril de 2022 por la que se modifica la Resolución de 6 de agosto de 2019 de delegación de competencias y de delegación de firma en determinados órganos de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores, de otras consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de la Agencia Tributaria de las Illes Balears y del Servicio de Salud de las Illes Balears, y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores

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Texto

Hechos

1. Mediante la Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 6 de agosto de 2019, publicada en el Boletín Oficial de las Illes Balears núm. 110, de 10 de agosto, se delegaron determinadas competencias, y también la firma de algunos documentos, en determinados órganos de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores, de otras consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de la Agencia Tributaria de las Illes Balears y del Servicio de Salud de las Illes Balears, y se fijó el régimen de suplencias de los órganos directivos de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores.

2. Esta Resolución ha sido objeto de diferentes modificaciones, por resoluciones de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 23 de octubre de 2019 (BOIB núm. 146/2019, de 26 de octubre), de 2 de enero de 2020 (BOIB núm. 2/2020, de 4 de enero, objeto de una corrección de errores operada por la Resolución de 23 de enero de 2020 y publicada en el BOIB núm. 11/2020, de 25 de enero) y de 15 de marzo de 2021 (BOIB núm. 37/2021, 18 de marzo). Así mismo, ha sido objeto de dos correcciones de errores por resoluciones de 19 de agosto de 2019 (BOIB núm. 116/2019, de 24 de agosto), y de 2 de septiembre de 2019 (BOIB núm. 123/2019, de 7 de septiembre).

3. Finalmente, por Resolución de 27 de abril de 2022 (BOIB núm. 58/2022, de 3 de mayo) se modificó la Resolución de 6 de agosto de 2019 con el objeto de añadir una nueva delegación de competencias en materia de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Posteriormente a la publicación, se ha advertido un error en el apartado 1 de la Resolución de 27 de abril de 2022; por tanto, cabe rectificar este apartado.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, dispone que las administraciones públicas podrán rectificar en cualquier momento los errores materiales, aritméticos o de hecho de sus actos.

2. El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, establece que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en los actos y las disposiciones administrativas corresponderá al órgano que hubiera dictado el acto o la disposición. Asimismo, la rectificación de errores deberá especificar, en su caso, los efectos jurídicos que de ella se deriven y se deberá notificar o publicar preceptivamente cuando se refiera a actos que hayan sido objeto de notificación o publicación.

Por todo esto, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Rectificar el apartado 1 de la Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 27 de abril de 2022 por la que se modifica la Resolución de 6 de agosto de 2019 de delegación de competencias y de delegación de firma en determinados órganos de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores, de otras consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de la Agencia Tributaria de las Illes Balears y del Servicio de Salud de las Illes Balears, y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores, en el siguiente sentido:

Donde dice:

1. Añadir una letra f) al apartado 1 de la Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 6 de agosto de 2019 de delegación de competencias y de delegación de firma en determinados órganos de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores, de otras consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de la Agencia Tributaria de las Illes Balears y del Servicio de Salud de las Illes Balears, y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores, con el siguiente contenido:

f) En materia de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, la resolución de las solicitudes de acceso a la información pública.

Debe decir:

1. Añadir una nueva letra, la letra h), al apartado 1 de la Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 6 de agosto de 2019 de delegación de competencias y de delegación de firma en determinados órganos de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores, de otras consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de la Agencia Tributaria de las Illes Balears y del Servicio de Salud de las Illes Balears, y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores, con el siguiente contenido:

h) En materia de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, la resolución de las solicitudes de acceso a la información pública.

2. Disponer que esta Resolución produzca efectos, una vez publicada en el Boletín Oficial de las Illes Balears, a partir del día 3 de mayo de 2022.

 

Palma, (firmado electrónicamente: 18 de mayo de 2022)

La consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores Rosario Sánchez Grau