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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES

Núm. 282745
Resolución de la Presidencia del IMAS de día 13 de mayo de 2022, relativa a la aprobación de la oferta de empleo público de personal laboral de la Residencia Oms/Sant Miquel y de los centros de día Can Clar y Son Bru derivada del proceso de estabilización de la ocupación temporal regulado por la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS) para el año 2022

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Texto

Antecedentes

1. Con fecha de 27 de abril de 2022, la Directora Gerente del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (en lo sucesivo IMAS) emitió memoria justificativa para la aprobación de la oferta de empleo público derivada del proceso de estabilización de la ocupación temporal regulado por la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público de personal laboral de la Residencia Oms/Sant Miquel y centros de día Can Clar y Son Bru del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS).

2. Mediante Resolución de la Presidencia del IMAS de fecha 28 de abril de 2022, se acuerda iniciar el procedimiento para la aprobación de la oferta de empleo público derivada del proceso de estabilización de ocupación temporal de acuerdo con la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, para el año 2022.

3. En las reuniones con el Comité de Empresa de la Residencia Oms/Sant Miquel y con el representante de los trabajadores del centro de día Can Clar, mantenidas los días 27 de abril, 2 y 10 de mayo de 2022, se han negociado y aprobado, por unanimidad, los criterios que se han aplicado para determinar la Oferta pública de empleo de personal laboral de la Residencia Oms/Sant Miquel y de los centros de día de Can Clar y Son Bru (tasa adicional de estabilización establecida en la Ley 20/2021) y las plazas que constituyen esta Oferta derivada de la Ley 20/2021.

4. En fecha de 10 y 11 de mayo de 2022 se emitieron informe jurídico y económico, respectivamente , sobre la aprobación de la oferta de empleo público derivado del proceso de estabilización de la ocupación temporal regulado por la Ley 20/2021.

5. Consta en el expediente el informe de Intervención general de día 12 de mayo de 2022 y el informe del impacto de género del Instituto Balear de la Mujer de fecha 13 de mayo de 2022.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 91.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, que regula las bases de régimen local, prevé que «las corporaciones locales formularán públicamente su oferta de empleo, ajustándose a los criterios fijados por la normativa básica estatal».

2. El artículo 70 del Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido del Estatuto básico del empleado público, establece que «las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que se han de proveer mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán objeto de la oferta de empleo público, o a través de otro instrumento similar de gestión de provisión de las necesidades de personal (...)».

3. De acuerdo con la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público y con la Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública sobre las orientaciones para la puesta en marcha de los procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, en la oferta se han incluido las plazas que cumplen con los requisitos siguientes:

a) Las plazas de naturaleza estructural que, estén o no dentro de las relaciones de puestos de trabajo, plantillas u otra forma de organización de recursos humanos que estén contempladas en las diferentes Administraciones Públicas y estando dotadas presupuestariamente, hayan sido ocupadas de manera temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020 (art. 2.1).

 

b) Aquellas plazas que, reuniendo los requisitos establecidos en el artículo 2.1, hayan sido ocupadas con carácter temporal de manera ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016 (disposición adicional sexta).

4. El sistema de selección del proceso de estabilización de las plazas que son objeto de la oferta que cumplen con los requisitos contemplados en el artículo 2.1 de la Ley 20/2021, será el de concurso oposición.

Con carácter excepcional y de acuerdo con lo previsto en el artículo 61.6 y 7 del Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido del Estatuto básico del empleado público (TREBEP), el proceso de estabilización de las plazas que son objeto de la oferta que cumplen con los requisitos contemplados en la disposición adicional sexta, se llevará a cabo mediante una convocatoria excepcional de estabilización de la ocupación temporal de larga duración por el sistema de concurso de méritos.

5. El artículo 37.1.l) del Estatuto básico del empleado público prevé que sean objeto de negociación los criterios generales sobre ofertas de empleo público. Así, en las reuniones con el Comité de Empresa de la Residencia Oms/Sant Miquel y con los representantes de los trabajadores del centro de día Can Clar, mantenidas los días 27 de abril, 2 y 10 de mayo de 2022, se han negociado y aprobado, por unanimidad, los criterios que se han aplicado para determinar la Oferta pública de empleo de personal laboral de la Residencia Oms/Sant Miquel y de los centros de día de Can Clar y Son Bru (tasa adicional de estabilización establecida en la Ley 20/2021) y las plazas que constituyen esta Oferta derivada de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

6. El artículo 59.1 del Estatuto básico del empleado público establece que «En las ofertas de empleo público se debe reservar una cuota no inferior al 7% de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad».

7. De acuerdo con el art. 43. 3 de la Ley 11/2006, de 28 de julio , de Igualdad de Mujeres y Hombres, a las ofertas de empleo público se ha de adjuntar un informe sobre el impacto de género.

Por todo esto, una vez concluida la negociación con los representantes de los trabajadores de la Residencia Oms/Sant Miquel y de los centros de día Can Clar del IMAS, previsto en el artículo 37.1.l) del TREBEP y de acuerdo con las atribuciones que me otorga el artículo 7.2.11) de los Estatutos del IMAS (BOIB n.º 67, de 18 de mayo de 2019).

 

Resuelvo

1. Aprobar la oferta de empleo público de personal laboral de la Residencia Oms/Sant Miquel y de los centros de día Can Clar y Son Bru del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales derivada de la tasa adicional para la estabilización de la ocupación temporal de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, en los términos que constan en el anexo de esta Resolución.

2. Acordar que el sistema de selección de los procesos selectivos para la estabilización de la ocupación temporal es el de concurso oposición o concurso de méritos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 y la disposición adicional sexta.

3. Reservar una cuota mínima del 7% de las vacantes objeto de la oferta por el sistema de concurso oposición para las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, de acuerdo con lo que prevé el artículo 59.1 del TREBEP, que se concretará en las convocatorias de ejecución de la oferta pública.

4. Enviar esta Resolución a la Administración General del Estado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 56.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de les Illes Balears.

Interposición de recursos

Esta resolución no pone fin a la vía administrativa y contra ella se puede interponer, de acuerdo con el artículo 28 de los Estatutos del Institut Mallorquí d'Afers Socials, aprobado en fecha 11 de abril de 2019 (BOIB n.º 67, de 18 de mayo de 2019), recurso de alzada ante el Consell Executiu del Consell Insular de Mallorca, dentro del plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución.

Contra la desestimación expresa del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente al de la notificación de la desestimación del mencionado recurso.

Contra la desestimación por silencio del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo, en cualquier momento a partir del día siguiente a la desestimación presunta (tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución).

 

​​​​​​​No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Palma, 18 de mayo de 2022

La presidenta del IMAS Sofia Alonso Bigler

 

ANEXO PLAZAS OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DE PERSONAL LABORAL DE LA RESIDENCIA OMS/SANT MIQUEL, CENTROS DE DÍA CA'N CLAR Y SON BRU DEL IMAS PARA EL AÑO 2022, DERIVADA DE LA TASA ADICIONAL PARA LA ESTABILIZACIÓN DEL EMPLEO (LEY 20/2021 DE 28 DE DICIEMBRE)

PERSONAL LABORAL (CONCURSO-OPOSICIÓN - art. 2.1 Ley 20/2021)

OFERTA PÚBLICA AÑO 2022

Denominación plaza

Plazas

Grupo E

 

Limpiador/a

4

Grupo D

 

Auxiliar técnico/a sociosanitario

6

Grupo D

 

Técnico/a en cuidados auxiliares de enfermería

2

Grupo B

 

Técnico/a titulado/a de grado medio fisioterapia

1

Grupo B

 

Técnico/a titulado/a de grado medio enfermería

 

PERSONAL LABORAL (CONCURSO EXCEPCIONAL – disposición adicional sexta Ley 20/2021)

OFERTA PÚBLICA AÑO 2022

Denominación plaza

Plazas

Grupo E

 

Peón

1

Grupo E

 

Limpiador/a

15

Grupo D

 

Auxiliar técnico/a sociosanitario

13

Grupo D

 

Técnico/a en cuidados auxiliares de enfermería

51

Grupo D

 

Auxiliar administrativo/a

2

Grupo D

 

Auxiliar de recepción

7

Grupo D

 

Animador/a sociocultural

1

Grupo C

 

Gobernante/a

1

Grupo C

 

Administrativo/a

1

Grupo C

 

Técnico/a de animación sociocultural

1

Grupo B

 

Técnico/a titulado/a de grado medio Terapia Ocupacional

1

Grupo B

 

Técnico/a titulado/a de grado medio Trabajo Social

3

Grupo B

 

Técnico/a titulado/a de grado medio fisioterapia

2

Grupo B

 

Técnico/a titulado/a de grado medio enfermería

10

Grupo A

 

Técnico/a titulado/a superior farmacia

1

Grupo A

 

Técnico/a titulado/a superior psicología

1

Grupo A

 

Técnico/a titulado/a superior medicina

1