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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE MOVILIDAD E INFRAESTRUCTURAS

Núm. 282669
Resolución de aprobación del proyecto de mejora de la intersección de la Ma-19 con el camí de sa Teulera, dentro del término municipal de Santanyí, rotonda de Consolació, Clave 17-32.0-ML, versión 2

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El consejero de Movilidad e Infraestructuras el 17 de mayo de 2022 he resuelto lo siguiente:

<<Hechos

1. Mediante resolución de 14 de diciembre de 2020 aprobé el proyecto de mejora de la intersección de la Ma-19 con el camí de sa Teulera, dentro del término municipal de Santanyí, rotonda de Consolació, Clave 17-32.0-ML, que el Sr. Jaime Moralejo Rodríguez, ingeniero de caminos, canales y puertos del Consejo Insular de Mallorca, había redactado el mes de enero de 2018.

2. El 10 de noviembre de 2021 el Consejo Ejecutivo aprobó el expediente de contratación de las obras previstas en el proyecto (SEFYCU 2756803 dictado en el expediente 742052D), y, visto que no se recibió ninguna proposición durante el plazo de presentación de ofertas, mediante resolución que dicté el 22 de noviembre de 2021 declaré desierta la licitación (SEGRA 492948 dictado en el citado expediente 742052D).

3. El 4 de abril de 2022 la Directora Insular de Infraestructuras dictó una orden de estudio complementaria a los efectos de revisar y actualizar los precios del proyecto (SEFYCU 2861648).

4. El autor y director del proyecto, Sr. Jaime Moralejo Rodríguez, ingeniero de caminos, canales y puertos del Consejo Insular de Mallorca, ha redactado la versión 2 del proyecto de mejora de la intersección de la Ma-19 con el camí de sa Teulera, dentro del término municipal de Santanyí, rotonda de Consolació, Clave 17-32.0-ML, que mantiene las soluciones técnicas de la versión original.

El proyecto se ha fraccionado en diferentes ficheros en formato PDF de medida compatible con el sistema SEGEX, y consta de los cinco archivos siguientes firmados el 12 de mayo de 2022:

Núm. archivo

Nombre del documento

1

DOC NUM 1_MEMORIA_V2. SEFYCU 2864989

2

DOC NUM 2_PLANOLS_V2. SEFYCU 2864992

3

DOC NUM 3_PPTP_V2. SEFYCU 2864994

4

DOC NUM 4_PRESSUPOST_V2. SEFYCU 2865006

5

DOC NUM 5_ESiS_V2. SEFYCU 2865030

5. El presupuesto del proyecto para el conocimiento de la Administración asciende a 712.764,95 € e  incluye: 

Presupuesto de ejecución de la contracta

692.611,65 €

Gestión de residuos

9.764,13 € (8.876,48 € +10% IVA)

Fomento del patrimonio histórico y artístico

(1,5% PBL) 10.389,17 €

6. El 13 de mayo de 2022 se ha emitido el informe de supervisión previsto en el artículo 235 de la Ley    9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (SEFYCU 2892002) el cual propone la aprobación del proyecto.

En relación con la disponibilidad de los terrenos, el informe de supervisión hace referencia a qué, de acuerdo con el anexo 12 de la memoria del proyecto, se prevé afectar terrenos que el Ayuntamiento de Santanyí ya ha adquirido y que se representan en el plano 2.5.

Consultados los archivos obrantes en el Departamento, consta que el 30 de abril de 2019 se firmó el convenio de colaboración entre el Departamento de Territorio e Infraestructuras del Consejo Insular de Mallorca y el Ayuntamiento de Santanyí, mediante el cual el Ayuntamiento cedió al Consejo Insular de Mallorca los terrenos adquiridos para la efectiva construcción de la intersección en rotonda.

En relación con los servicios afectados, el informe de supervisión hace referencia a qué en el anexo 7 de la memoria del proyecto se indica que se afecta una línea aérea de telefonía, la cual está prevista soterrar, por lo que se incluye la reposición de los servicios afectados en el presupuesto del proyecto. Además, advierte que antes de iniciar la obra se tendrá que solicitar informe a todas las empresas de suministro de servicios que puedan estar afectadas dentro del ámbito de la obra

De acuerdo con el informe de supervisión la aprobación del proyecto no tiene que sujetarse a tramitación ambiental y el trámite de información pública no es preceptivo.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 5/1990, de 24 de mayo, de carreteras de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, regula la planificación de las carreteras de las Islas Baleares, así como su financiación, construcción, conservación, explotación y uso

2. La Ley 16/2001, de 14 de diciembre, atribuye a los consejos insulares competencias en materia de carreteras y caminos. Y en conformidad con lo que establece el artículo 70.15 del Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares (en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero) el Consejo Insular de Mallorca ejerce, como propia, la competencia en materia de carreteras y caminos. 

3. El artículo 8.a) del Decreto de organización del Consejo Insular de Mallorca, aprobado el día 9 de diciembre de 2019 (BOIB nº 167, de 12 de diciembre de 2019), establece que corresponde al Departamento de Movilidad e Infraestructuras planificar y ejecutar obras de construcción, ampliación, explotación y mantenimiento de carreteras aparcamientos públicos, viales cívicos y otras infraestructuras relacionadas directamente con las carreteras.

4. El artículo 231 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, determina que la aprobación de los proyectos de obra corresponde al órgano de contratación, a no ser que esta competencia esté específicamente atribuida a otro órgano por una norma jurídica.

5. El artículo 36 del Reglamento Orgánico de la Corporación y la base 23.4 del Presupuesto del ejercicio 2022 establecen que corresponde al Consejo Ejecutivo contratar, y, por tanto, aprobar proyectos en cuantía superior a 250.000 € cuando la competencia no corresponde al Pleno del Consejo Insular. Sin embargo, conforme con el acuerdo de delegación de atribuciones adoptado por el Consejo Ejecutivo en sesión de 12 de agosto de 2015 (BOIB nº 123, de 15 de agosto), corresponde a los consejeros y a las consejeras ejecutivas la facultad de dictar actos en materia de contratación que, de acuerdo con la normativa vigente, no requieren de informe preceptivo de la Secretaría General, como es el caso.

Por todo ello, dicto la siguiente:

Resolución

1. Aprobar el proyecto de mejora de la intersección de la Ma-19 con el camí de sa Teulera, dentro del término municipal de Santanyí, rotonda de Consolació, Clave 17-32.0-ML, versión 2, que consta de los archivos indicados en el apartado 4 de los antecedentes de la presente resolución, con un presupuesto para el conocimiento de la Administración que asciende a 712.764,95 €, e incluye:

Presupuesto de ejecución de la contracta

692.611,65 €

Gestión de residuos

9.764,13 € (8.876,48 € +10% IVA)

Fomento del patrimonio histórico y artístico

(1,5% PBL) 10.389,17 €

2. Advertir que antes de iniciar las obras se tendrá que solicitar informe a todas las empresas de suministro de servicios que puedan estar afectadas dentro del ámbito de la obra>>.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (18 de mayo de 2022)

El consejero ejecutivo de Movilidad e Infraestructuras

Iván Sevillano Miguel