Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO
Núm. 280825
Resolución del consejero de Medio Ambiente y Territorio por la cual se amplía el plazo para presentar solicitudes para concurrir a la convocatoria para el año 2022 de subvenciones para actuaciones en la Reserva de la Biosfera Menorca, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea Next Generation EU, aprobada por Orden 11/2022, de 5 de mayo de 2022, del consejero de Medio Ambiente y Territorio (BOIB n.º 60, de 7 de mayo de 2022)
Antecedentes
1. El Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente, de 9 de julio de 2021, por el que se aprueban los criterios de reparto y la distribución territorial de créditos relativos a los componentes 4 “conservación y restauración de ecosistemas y su biodiversidad”, estableció, en relación con el proyecto «Subvenciones a las comunidades autónomas para las Reservas de la Biosfera españolas.» (Anexo IV de este Acuerdo), que «Las comunidades autónomas deberán aprobar las bases de las convocatorias autonómicas de concesión de estas ayudas (de una vez o en más de una convocatoria) y realizar la adjudicación de las mismas en el plazo máximo de doce meses a contar desde la aprobación de la distribución de los créditos por la Conferencia Sectorial», la cual tuvo lugar, pues, el 9 de julio de 2021. Consiguientemente, las comunidades autónomas tendrían que haber aprobado las bases de las convocatorias de concesión de estas ayudas y realizar la adjudicación de las mismas en fecha máxima 9 de julio de 2022.
2. Mediante Orden 11/2022, de 5 de mayo de 2022, del consejero de Medio Ambiente y Territorio, se establecieron las bases reguladoras y se aprobó la convocatoria para el año 2022 de subvenciones para actuaciones en la Reserva de la Biosfera Menorca, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea Next Generation EU (BOIB n.º 60, de 7 de mayo de 2022; correción de errores publicada en el BOIB n.º 64, de 17 de mayo de 2022). Junto a dicha Orden, se publicó asimismo el extracto de la convocatoria para el año 2022, en el que se contiene el número identificador de la citada convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) que es el número 625148, pudiéndose consultar la convocatoria en el siguiente enlace: https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/ge/es/convocatorias
3. De acuerdo con la base Quinta, apartado primero, de la convocatoria, el plazo de presentación de las solicitudes es de quince días naturales.
4. Considerando que el plazo de presentación de solicitudes es breve, consecuencia inmediata del Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente, de 9 de julio de 2021, y en virtud del cual, como se ha hecho referencia al inicio, en fecha máxima 9 de julio de 2022 las comunidades autónomas tendrían que haber aprobado las bases de las convocatorias de concesión de estas ayudas y realizar la adjudicación de las mismas.
5. Considerando, asimismo, que varias comunidades autónomas han trasladado al Organismo Autónomo Parques Nacionales (OAPN) la imposibilidad de aprobar las bases de las convocatorias y adjudicar las subvenciones en la fecha fijada en el Acuerdo de la Conferencia Sectorial, debido a los problemas internos de gestión y a la necesidad de cumplir correctamente con el procedimiento establecido, el cual exige plazos específicos.
6. Considerando la previsible prórroga de este plazo, pendiente de aprobarse en la próxima Conferencia Sectorial de Medio Ambiente, con el fin de realizar las actuaciones previstas en las condiciones idóneas de gestión, control y fiscalización, se hace aconsejable conceder una ampliación por un periodo de 7 días naturales el plazo de presentación de las solicitudes para concurrir a la convocatoria para el año 2022 de subvenciones para actuaciones en la Reserva de la Biosfera Menorca, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea Next Generation EU, aprobada por Orden 11/2022, de 5 de mayo de 2022, del consejero de Medio Ambiente y Territorio.
Fundamentos de derecho
1. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2. Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
3. Decreto 12/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
4. Orden 11/2022, de 5 de mayo de 2022, del consejero de Medio Ambiente y Territorio por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria para el año 2022 de subvenciones para actuaciones en la Reserva de la Biosfera Menorca, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea Next Generation EU.
5. Informe propuesta de la jefa del Departamento de Medio natural de 17 de mayo de 2022 por el cual se propone ampliar el plazo para presentar solicitudes para concurrir a la convocatoria para el año 2022 de subvenciones para actuaciones en la Reserva de la Biosfera Menorca, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next GenerationEU, aprobada por la Orden 11/2022, de 5 de mayo de 2022, del consejero de Medio Ambiente y Territorio.
Vistos los antecedentes y los fundamentos jurídicos señalados, en virtud del art. 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dicto la presente
Resolución
1. Ampliar el plazo por un periodo de 7 días naturales para presentar solicitudes para concurrir a la convocatoria para el año 2022 de subvenciones para actuaciones en la Reserva de la Biosfera Menorca, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea Next Generation EU, aprobada por Orden 11/2022, de 5 de mayo de 2022, del consejero de Medio Ambiente y Territorio.
2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
El presente acuerdo no es susceptibles de recurso, sin perjuicio del procedente contra la resolución que ponga fin al procedimiento, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 32.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (17 de mayo de 2022)
El consejero de Medio Ambiente y Territorio Miquel Mir Gual