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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

AGENCIA DE ESTRATEGIA TURÍSTICA DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 280712
Resolución del presidente de la Agencia de Estrategia Turística de las Illes Balears de 17 de mayo de 2022, por la que se publican las bases de la convocatoria pública para la concesión de los Galardones "Premios del Turismo de las Illes Balears" para el año 2022

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Texto

El turismo se configura como la actividad que mayor repercusión en términos de renta, ocupación y actividad, genera en las Islas Baleares y constituye, sin duda, el principal recurso de las Islas.

El turismo se encuentra en un punto de inflexión en el que se debe poner en valor todo lo bueno que tienen las Islas. El sector ha realizado un gran esfuerzo para que la reactivación turística post pandemia fuera posible. El reto es conseguir que en los próximos años las Islas Baleares vuelvan a liderar una recuperación que será ya completa. Ciudadanos, instituciones, agentes sociales y entidades de la sociedad civil han llevado a cabo tareas esenciales para reanudar el camino hacia la prosperidad y el optimismo a lo largo de un 2021exigente.

Baleares ha hecho del diálogo y de la estabilidad política, elementos fundamentales para consensuar un plan de modernización y diversificación, y fortalecer el sistema del bienestar que garantiza la igualdad de oportunidades e impulsa la transformación social y económica. Así se están abordando desde el Govern de les Illes Balears actuaciones complementarias a las ya llevadas a cabo, para intentar estimular el turismo internacional y aportar atractivo y diferenciación a nuestra oferta. Y también en la reinvención, procurando que las Islas Baleares sean un destino sostenible, resiliente, seguro y circular.

El artículo 68 de la Ley 8/2012, de 19 de julio, de Turismo de las Illes Balears, contempla la posibilidad de mejorar la competitividad a través del desarrollo del turismo sostenible que atiende principalmente a la preservación y conservación de los recursos turísticos, procura un correcto y proporcionado aprovechamiento de los mismos, garantiza la perdurabilidad, conservación y mantenimiento del legado natural, cultural, artístico y social de las Illes Balears a la vez que contribuye de forma equitativa al crecimiento económico y al bienestar general.

En este marco, con el objetivo de difundir, reconocer e incentivar las buenas prácticas del sector en materia de circularidad, de responsabilidad social, de igualdad de género, de innovación turística, de incentivación de la creación de nuevas experiencias y en reconocimiento de quienes desarrollan una labor destacada, un esfuerzo y una dedicación en favor del turismo en la comunidad autónoma de las Illes Balears, se considera adecuado y favorable el reconocimiento institucional de iniciativas, propuestas y actuaciones, puesto que todo ello contribuye a reforzar la calidad, la competitividad, el emprendimiento y la capacidad de atracción de las Islas Baleares como destino turístico, y a promover las Islas Baleares tanto a escala nacional como internacional.

Por otra parte, en esta edición resulta apropiado incluir nuevos galardones como: "Embajador o Embajadora de Baleares" en reconocimiento a la labor de destacadas personalidades de la vida pública que hayan contribuido a la difusión del valor turístico de las Islas Baleares; "Trabajador o trabajadora del sector turístico 2022", por su labor profesional destacada en el turismo durante 2022 vinculada con los Objetivos de Desarrollo Sostenible de Naciones Unidas; ya las “Buenas prácticas en materia de empleo turístico” en reconocimiento a aquellas iniciativas o actividades empresariales que han logrado mejorar la empleabilidad en el sector turístico, en favor de una estabilidad laboral de calidad, igualitaria y calificada.

Los premios del turismo de las Islas Baleares son unas distinciones que tienen por finalidad reconocer las actuaciones, en diversas vertientes, de personas, empresas e instituciones, tanto públicas como privadas, en favor del turismo y servir de instrumento para estimular comportamientos profesionales e iniciativas que contribuyan a mejorar la imagen turística de las Islas Baleares y de sus servicios turísticos.

El Govern de les Illes Balears, a través de la Agencia de Estrategia Turística de las Islas Baleares, tiene interés en esta iniciativa para la concesión de los galardones Premios de Turismo de las Islas Baleares, con motivo de la próxima celebración en el mes de septiembre del Día Mundial del Turismo. El galardón, meramente honorífico, pretende reconocer en cada categoría, esfuerzo y dedicación de personas, empresas e instituciones tanto públicas como privadas en favor del turismo.

RESUELVO

Primero.- Aprobar las bases de la convocatoria pública del otorgamiento de los "PREMIOS DEL TURISMO DE LAS ILLES BALEARS 2022", anexas a esta Resolución.

 

Segundo.- Ordenar la publicación de esta Resolución en el BOIB.

 

Palma, 17 de mayo 2022

El presidente de la AETIB

 

 

ANEXO BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA CONCESIÓN DE LOS GALARDONES “PREMIOS DEL TURISMO DE LAS ILLES BALEARS” PARA EL AÑO 2022

Con motivo de la celebración del Día Mundial del Turismo, la Consejería de Modelo Económico Turismo y Trabajo, a través de la Agencia de Estrategia Turística de las Islas Baleares organizará la sexta edición de los galardones "PREMIOS DEL TURISMO DE LAS ILLES BALEARS 2022".

1. Objeto y finalidad

1.1. El objeto de estas bases es hacer pública la convocatoria y regular el otorgamiento de los galardones "Premios del Turismo de las Islas Baleares" para el año 2022.

1.2. La finalidad de los galardones "Premios del Turismo de las Islas Baleares" es reconocer el esfuerzo y la dedicación de personas, empresas e instituciones tanto públicas como privadas a favor del turismo, y servir de instrumento para estimular comportamientos profesionales e iniciativas que laboren en mejorar la imagen turística de las Islas Baleares y de sus servicios turísticos.

2. Solicitudes y plazo de presentación

2.1. El plazo de presentación de candidaturas comienza a contar a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y finaliza el 24 de julio de 2022, incluido.

2.2. Las solicitudes deben presentarse en los lugares y por los medios que especifica la base 6.

3. Categorías de los galardones

3.1. Se establecen las categorías de los siguientes galardones:

-Galardón "a la innovación turística": es el reconocimiento a prácticas, productos o proyectos de los que se desprenda una innovación conceptual o tecnológica que contribuya a la consolidación de un modelo turístico sostenible.

- Galardón "a la mejor iniciativa de responsabilidad social": es el reconocimiento a la mejor iniciativa y buena práctica de responsabilidad social corporativa siguiendo los Objetivos de Desarrollo Sostenible de Naciones Unidas a las empresas turísticas en alguna de sus 3 vertientes: social (diversidad, integración social, favorecimiento de colectivos, acciones en favor de la población local, etc.), ambiental (actuaciones empresariales en favor del medio ambiente o del espacio territorial donde desarrolla su actividad) y económica (ética empresarial, generación de empleo, conciliación laboral, etc.) .

- Galardón "a las Buenas prácticas en materia de empleo turístico”: es el reconocimiento a iniciativas o actividades empresariales con vocación de mejora de la empleabilidad en el sector turístico, consiguiendo un escenario laboral de calidad, igualitario, cualificado y con una mayor tasa de empleo estable.

- Galardón "al trabajador o trabajadora del sector turístico 2022": con esta modalidad se reconoce a aquellas personas que hayan desarrollado una destacada actividad profesional destacada en el turismo a lo largo de 2022, vinculada con los Objetivos de Desarrollo sostenible de Naciones Unidas.

- Galardón "a la mejor iniciativa de turismo circular": es el reconocimiento a la mejor práctica de turismo circular de las Islas Baleares, entendiendo como tal el estímulo a los actores que fomenten la aplicación de principios de economía circular en el turismo.

-Galardón “al trabajo, al esfuerzo y a la dedicación profesional en turismo" es el reconocimiento a la persona física o colectivo laboral que, con su trayectoria, ejemplaridad profesional y esfuerzo ha contribuido de manera especial a mejorar el sector turístico de las Islas Baleares, sus servicios, la calidad, la oferta o la imagen.

- Galardón "a la experiencia turística": a aquellas personas y/o a aquellas actuaciones innovadoras, que proporcionen mejores experiencias a los turistas o propuestas singulares (eventos, programas, actuaciones, productos turísticos, experiencias, etc..) que fomenten y supongan una mejora y un avance para el turismo de las Islas Baleares mediante conexiones significativas con la población local o con los recursos del territorio (naturales, culturales, gastronómicos, etc.) bajo criterios de calidad y sostenibilidad.

- Galardón a las "Buenas prácticas en igualdad de género": es el reconocimiento de aquellas iniciativas eficaces e innovadoras en el ámbito turístico que busquen tener un efecto positivo en la perspectiva de género.

- Galardón “al Embajador o Embajadora de Baleares” en reconocimiento a la labor de aquellas personalidades destacadas de la vida pública que, por su especial arraigo e identificación con Baleares, hayan contribuido con sus manifestaciones y actuaciones públicas a la difusión del valor turístico de las Islas Baleares.

3.2. Los galardones que se entregarán consistirán en una única tipología: PREMIOS DEL TURISMO DE LAS ILLES BALEARS.

3.3. Los galardones a los que se refieren estas bases son a título exclusivamente honorífico y no comportan ninguna dotación económica.

4. Candidatos/as.

Pueden ser candidatos/as las administraciones públicas, los órganos y entes públicos, las asociaciones y las organizaciones representativas de intereses económicos o sociales, y las personas físicas y jurídicas, a título individual o colectivo, que hayan contribuido al desarrollo turístico de las Islas Baleares de acuerdo con los requisitos y los criterios que establece la base 5.

En relación con la Administración de la CAIB puede presentar candidatura cualquier consejería, así como los entes que integran el sector público instrumental de la CAIB, incluida la Agencia de Estrategia Turística de las Illes Balears que, en aplicación del artículo 8 del Decreto podrá presentar candidatura/s a favor de quien estime pertinente, siempre que en la misma concurran las condiciones necesarias para su posible participación.

Las candidaturas serán presentadas a los miembros del Jurado a través de la persona que ejerza la Presidencia de éste.

5. Requisitos de los candidatos/as y criterios de valoración para la concesión de los galardones

5.1. Requisitos de los candidatos/as.

a) Cumplir con las obligaciones tributarias ante el Estado y el Gobierno de las Illes Balears y las obligaciones ante la Seguridad Social. Este cumplimiento deberá mantenerse a lo largo de todo el procedimiento: en el momento de presentación de la solicitud, y previamente a la resolución de otorgamiento.

b) No haber sido sancionado/a con sanción firme en materia turística por parte de ningún organismo público estatal, autonómico, insular o local por infracción grave alguna, en el plazo de los cinco años anteriores a la candidatura, o muy grave en el plazo de diez años anteriores a la candidatura.

El cumplimiento de estos requisitos se acreditará mediante la declaración responsable incluida en el formulario de solicitud.

El hecho de presentar la declaración responsable faculta a la Agencia de Estrategia Turística de las Illes Balears para realizar, en cualquier momento, de forma telemática o por otros medios, las comprobaciones por muestreo o exhaustivas necesarias para verificar la conformidad de los datos de la declaración responsable.

c) La persona galardonada no debe haber sido condenada por sentencia firme por ningún hecho delictivo.

La inexactitud o falsedad en las declaraciones responsables será causa de exclusión de la solicitud, así como causa de revocación, sin perjuicio de las responsabilidades de cualquier tipo en que se haya podido incurrir.

5.2. Criterios de valoración

5.2.1. Criterios de valoración comunes a todas las categorías.

De forma común para todos los galardones, y visto el carácter transversal de las actuaciones de los galardones, se valorarán:

a) La actitud emprendedora reflejada en actuaciones concretas y contrastables.

b) El desarrollo de la actividad de forma éticamente responsable.

Los proyectos incompletos o en proceso de desarrollo no serán considerados.

5.2.2. Criterios de valoración específicos para cada galardón.

Se establecen criterios de valoración específicos para cada categoría de galardón, de acuerdo con los puntos que se detallan a continuación.

5.2.2.1. Para el otorgamiento del galardón “a la innovación turística”, las candidaturas se valorarán según los siguientes criterios:

a) Prácticas, productos o proyectos de los que se desprenda una innovación conceptual o tecnológica que contribuya a la consolidación de un modelo turístico sostenible.

5.2.2.2. Para el otorgamiento del galardón "a la mejor iniciativa de responsabilidad social", las candidaturas deben seguir los Objetivos de Desarrollo Sostenible de Naciones Unidas y se valorarán según los siguientes criterios:

a) Actuaciones concretas que minimicen los impactos ambientales, sociales o culturales negativos, y que generen respeto entre los turistas y nuestro destino turístico.

b) Contribuciones positivas a la conservación y preservación del patrimonio natural y cultural de las Islas Baleares.

c) Contribuciones positivas en favor de la sociedad y del progreso de las Islas Baleares.

5.2.2.3. Para el otorgamiento del galardón "a la mejor iniciativa de turismo circular", las candidaturas se valorarán según los siguientes criterios:

a) Prácticas, productos turísticos o actuaciones concretas que apliquen métodos, soluciones o modelos de negocio basados ​​en la economía circular:

- Cadena de aprovisionamiento circular.

- Modelo de recuperación y reciclado.

- Modelo de extensión del ciclo de vida de los productos.

- Modelo de plataformas compartidas.

- Modelo de servitización de productos.

5.2.2.4. Para el otorgamiento del galardón "al trabajo, al esfuerzo ya la dedicación profesional en turismo", las candidaturas se valorarán según los siguientes criterios:

a) Reconocer la labor de personas físicas o colectivos laborales que con su trayectoria, ejemplaridad profesional y esfuerzo han contribuido de forma especial a mejorar el turismo de las Islas Baleares, sus servicios, la calidad, la oferta o la imagen.

5.2.2.5. Para el otorgamiento del Galardón "a la experiencia turística", las candidaturas se valorarán según los siguientes criterios:

a) Personas y/o actuaciones innovadoras que proporcionen mejores experiencias a los turistas o propuestas singulares (eventos, programas, actuaciones, productos turísticos, experiencias, etc..) que fomenten y supongan una mejora y un avance para el turismo de las Islas Baleares por medio de conexiones significativas con la población local o con los recursos del territorio (naturales, culturales, gastronómicos, etc.) bajo criterios de calidad y sostenibilidad.

b) Actuaciones concretas destinadas a fomentar la calidad de los productos y experiencias turísticas que se ofrecen a los visitantes de las Illes Balears.

c) Oferta diferencial, en comercialización, dinamizadora del entorno, que enfatice los rasgos que nos hacen únicos en las Illes Balears y que valore la singularidad de los elementos y recursos patrimoniales, culturales y naturales de las Illes Balears.

5.2.2.6. Para el otorgamiento del Galardón "buenas prácticas en igualdad de género", las candidaturas se valorarán según los siguientes criterios:

a) Acciones innovadoras en el ámbito del turismo que comporten un cambio real que contribuya a la igualdad del género o que abra nuevos espacios en áreas no tradicionalmente femeninas.

5.2.2.7 Para el otorgamiento del Guardo “Embajador o embajadora de Baleares”:

a) Reconocer la labor de aquellas personalidades destacadas de la vida pública que, por su especial arraigo e identificación con Baleares, hayan contribuido con sus manifestaciones y actuaciones públicas a la difusión del valor turístico de las Islas Baleares.

b) Se entiende como "Embajador/a de un destino turístico" aquella persona física que con su trayectoria tanto profesional como personal, contribuye a reforzar la marca turística del destino Illes Balears, generando un fuerte vínculo entre sus seguidores y las Islas Baleares, y que suponen una gran influencia en la promoción de nuestro destino ya sea porque es su lugar de origen o tienen una vinculación directa.

5.2.2.8. Para el otorgamiento del Galardón “Trabajador o trabajadora del sector turístico 2022”:

a) En reconocimiento a aquellas personas que hayan desarrollado una destacada actividad profesional en el turismo durante el año 2022 vinculada con los Objetivos de Desarrollo sostenible de Naciones Unidas, por la que pueda ser nombrada “trabajador/a del año”.

b) Las tareas desarrolladas objeto de esta mención tendrán que ser a favor del cumplimiento de alguno de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de Naciones Unidas, que persiguen la igualdad entre las personas, proteger el planeta y asegurar la prosperidad como parte de una nueva agenda de desarrollo sostenible.

6. Presentación de candidaturas y documentación

6.1. Las solicitudes deben presentarse según el modelo normalizado que figura como anexo a estas Bases.

6.2. Las solicitudes se presentarán acompañadas de la documentación prevista en estas bases, mediante el registro electrónico de la AETIB, (C/ Rita Levi s/n, Parc BIT, Palma), o en los lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015. En este último supuesto, se enviará el mismo día a la AETIB una copia de la solicitud en la que conste el registro de entrada, que justifique la fecha de envío de la solicitud dentro del plazo establecido en las direcciones de correo electrónico planificacion@aetib.caib.es y a juridico@aetib.caib.es, para que se tenga constancia del envío.

6.3. Con la solicitud debe adjuntarse una biografía o una memoria explicativa (de un máximo de 10 páginas) donde se haga constar claramente en cuál de las categorías se opta dónde consten, razonadamente y suficientemente, los méritos por los que se considera merecedor o merecedora de la distinción.

6.4. Si la candidatura se propusiera a título póstumo, se hará constar esta circunstancia.

6.5. Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en este artículo se requerirá a la persona solicitante para que, en el plazo de diez días hábiles, subsane el defecto o adjunte los documentos preceptivos, con indicación de que, si no lo hace, se considerará que desiste de su petición, previa resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

6.6. El incumplimiento de los requisitos no subsanables y del plazo de presentación de las solicitudes comporta la inadmisibilidad de la solicitud.

7. Procedimiento de concesión

7.1. Una vez finalizado el plazo de presentación de las candidaturas se convocará al Jurado, que evaluará las candidaturas presentadas de acuerdo con los criterios de valoración de la base 5.2 y elaborará la propuesta de concesión con las candidaturas que obtengan mejor puntuación en cada categoría y que debe elevar, por medio de la presidencia, al Consejo de Gobierno, el cual debe adoptar el acuerdo de concesión de distinciones correspondiente. El Jurado se reserva el derecho de declarar desierta cualquier categoría.

7.2. El jurado, en sus actuaciones, se regirá por lo dispuesto en la sección 3ª del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, y por lo establecido en la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la CAIB.

7.3. Para la válida constitución del Jurado, será necesaria la asistencia al menos de las dos terceras partes de sus miembros. El Jurado debe ser convocado con una antelación mínima de cinco días.

7.4. Para la adopción de los acuerdos será necesario el voto favorable de la mayoría de los asistentes. En caso de empate, el voto de la persona titular de la presidencia del Jurado, o de la persona en quien delegue, tendrá carácter cualificado.

7.5. Si se dan las circunstancias excepcionales que así lo justifiquen, el presidente de la Agencia de Estrategia Turística de las Illes Balears, o la persona en quien haya delegado sus funciones, puede proponer directamente a la persona, el órgano, la administración, el ente o la entidad que deba galardonarse, propuesta que debe ser sometida a deliberación del jurado. En este caso, la propuesta debe ser motivada y debe ir acompañada del informe en el que se expongan los méritos y las circunstancias concurrentes.

7.6. Finalizado este proceso, el Jurado resolverá antes del 9 de septiembre la concesión de los Premios o los declarará desiertos, según considere.

8. Otorgamiento

8.1. El Consejo de Gobierno a propuesta del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo adoptará el acuerdo de concesión de distinciones de los Galardones del Turismo, que debe publicarse en el Boletín Oficial de las Illes Balears, con posterioridad a la celebración de la realización del acto de entrega en la "NIT DEL TURISME 2022". El acuerdo de concesión de distinciones, que debe comunicar el consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, se notificará a las personas interesadas o, en su caso, a sus familiares, por cualquier medio admitido en derecho.

8.2. La Agencia de Estrategia Turística de las Illes Balears puede hacer publicidad de las personas, instituciones, corporaciones, asociaciones, empresas, entidades o establecimientos galardonados.

9. El Galardón

Las personas o entidades galardonadas recibirán, en cada una de las categorías a las que hace referencia la base 3 de esta disposición, un galardón.

Además, los ganadores podrán hacer uso en su identidad corporativa y publicidad de la mención galardón “Premio del Turismo de les Illes Balears” unida al año de concesión.

La concesión del premio tendrá carácter permanente.

10. Entrega de los galardones

La entrega de los galardones se realizará en un acto de carácter público institucional, que se celebrará en esta edición en la isla de Mallorca, preferentemente en torno al día 27 de septiembre de 2021, coincidiendo con la celebración del Día Mundial del Turismo.

La organización del acto de entrega y los gastos que se generen se llevarán a cabo de acuerdo con lo que establece el artículo 3.6 del Decreto 22/2017, de 12 de mayo, por el que se regulan los premios de turismo de las Islas Baleares.

11. El jurado

11.1. Para la concesión de los galardones a los que se refieren estas bases se constituirá un jurado compuesto por los siguientes miembros:

- Presidente: Consejero competente en materia de turismo que puede delegar en la Dirección de la Agencia de Estrategia Turística de las Islas Baleares.

- Vocales (persona titular de las siguientes entidades):

- Miembros del Consejo de Dirección de la Agencia de Estrategia Turística de las Islas Baleares.          

          - Dirección General de Coordinación del Govern

          - Decanato de la Facultad de Turismo de la Universidad de las Islas Baleares.

          - Dirección de la Escuela de Hostelería de las Islas Baleares.

          - Presidencia del Fomento del Turismo de Mallorca.

          - Presidencia de la FELIB.

          - Secretaría General de CCOO.

          - Secretaría General de UGT.

          - Presidencia de la CAEB.

          - Presidencia de la Cámara de Comercio de Mallorca.

          - Presidencia de la Cámara de Comercio de Menorca.

          - Presidencia de la Cámara de Comercio de Eivissa y Formentera.

- Presidencia de PYME Islas Baleares.

          - Presidencia de Amics de la Terra Mallorca.

          - Presidencia del GOB.

Ejercerá la secretaría, la dirección adjunta de la Agencia de Estrategia Turística de las Islas Baleares, la cual podrá delegar en un alto cargo o en un técnico o técnica de la AETIB, nombrado por la presidencia del jurado.

Asesorará al Jurado en materia de igualdad, con voz pero sin voto, la Dirección del IB Dona.

11.2. Todos los miembros del jurado tendrán voz y voto. Ningún miembro del jurado podrá acumular más de tres votos delegados.

11.3. Las personas miembros del jurado podrán delegar por escrito su presencia y voto en otra persona del jurado. En cualquier caso, esta delegación deberá ser explícita, haciendo constar la designación de las candidaturas a las que se emite el voto para cada una de las categorías.

11.4. La actividad de los miembros del Jurado no será retribuida. La AETIB asumirá los costes de los desplazamientos a petición de los jurados participantes de otras islas.

12. Protección de datos

De conformidad con lo que establece el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales, y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la directiva 95/46/CE (Reglamento de protección de datos), los datos de carácter personal que las personas interesadas deben facilitar para concurrir a esta convocatoria se incluyen en el fichero Expedientes administrativos, responsabilidad de la Agencia de Estrategia Turística de las Islas Baleares.

Las personas interesadas pueden ejercer sus derechos mediante escrito dirigido a la Agencia de Estrategia Turística de las Islas Baleares, C/ Rita Levi, s/n Parc BIT, Palma. Dirección electrónica: lopd@AETIB.caib.es.

Documentos adjuntos