Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias

AYUNTAMIENTO DE SON SERVERA

Núm. 278910
Prórroga de la situación de comisión de servicios del subinspector de la policía local del Ajuntament de Son Servera

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

La Alcaldía del Ajuntament de Son Servera, ha resuelto, mediante el Decreto núm. 2022-0725, de fecha 16 de mayo, lo siguiente:

“Resolución de la Alcaldía del Ajuntament de Son Servera (Illes Balears)

Expediente núm. 892/2019

Dada la necesidad y urgencia de contar con los mandos adecuados para el cuerpo de la policía local del Ajuntament de Son Servera.

Dado el Decreto de Alcaldía núm. 2021-0702, de 14 de mayo, por el que se prorroga la situación de comisión de servicios de José Luis Soler Manchón, con DNI núm. ***1990**, en comisión de servicios y por libre designación, como subinspector de la policía local de Son Servera, grupo A2, por un plazo de un año de acuerdo con lo establecido en la resolución de la Alcaldía núm. 2020-0567, de 15 de mayo, y de acuerdo con el artículo 88 ter de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la comunidad autónoma de las Illes Balears, el artículo 22 de la Ley 4/2013, de 17 de julio, de las policías locales de las Illes Balears y, el artículo 46 del Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Illes Balears y se modifica el Decreto 55/2017, de 15 de diciembre, del Fondo de Seguridad Pública de las Illes Balears.

Dicha situación de prórroga se agota en fecha 16 de mayo de 2022.

Dado que la Alcaldía, mediante provisión de fecha 16 de mayo de 2022, ha dispuesto prorrogar la comisión de servicios, y por libre designación, de José Luis Soler Manchón, como subinspector de la policía local de Son Servera.

Visto el informe de Secretaría de fecha 16 de mayo de 2022.

De acuerdo con la legislación vigente en materia de personal, como el artículo 88 ter de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la comunidad autónoma de las Illes Balears, el artículo 22 de la Ley 4/2013, de 17 de julio, de las policías locales de las Illes Balears y, el artículo 46.3 del Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Illes Balears y se modifica el Decreto 55/2017, de 15 de diciembre, del Fondo de Seguridad Pública de las Illes Balears.

Asimismo, en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local y el artículo 41.14 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y funcionamiento de régimen jurídico de las Entidades locales

RESUELVO

Primero.- Que se prorrogue la situación de comisión de servicios dada la necesidad y urgencia de contar con los mandos adecuados para el cuerpo de la policía local del Ajuntament de Son Servera y se nombre a JOSÉ LUIS SOLER MANCHÓN, con DNI núm. ***1990**, en comisión de servicios y por libre designación, subinspector de la policía local de Son Servera, grupo A2, por un plazo de un año, de acuerdo con el artículo 46.3 del Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Illes Balears y se modifica el Decreto 55/2017, de 15 de diciembre, del Fondo de Seguridad Pública de las Illes Balears.

Segundo.- Que los efectos de la presente contarán a partir de la fecha 16 de mayo de 2022 y terminarán en fecha 16 de mayo de 2023.

Tercero.- Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB) de acuerdo al artículo 49.2 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, así como en la sede electrónica del Ajuntament de Son Servera.

Cuarto.- Dar cuenta de la presente al Departamento de Intervención y al Servicio de Personal, para su conocimiento y efectos.

Contra esta resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Alcalde/sa de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado o la Sala que resulte competente, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso - Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello, sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso estime más conveniente en su derecho.”

 

Son Servera, documento firmado electrónicamente (17 de mayo de 2022)

(La alcaldesa ​​​​​​​Natalia Troya Isern)