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AYUNTAMIENTO DE INCA
Núm. 275612
Bases de la convocatoria de subvenciones para entidades sociales de la terceda edad sin ánimo de lucro para el año 2022
BDNS: 626101
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Personas Beneficiarias:
Pueden ser beneficiarias de estas subvenciones entidades sociales de la tercera edad sin ánimo de lucro para garantizar su continuidad y propiciar la realización de actuaciones
Segundo. Finalidad:
El Ayuntamiento de Inca, con el fin de garantizar la continuidad del tejido asociativo de las personas mayores y de la tercera edad existentes en la ciudad de Inca y favorecer la realización de actuaciones por parte de las mismas, crea esta línea de ayuda.
Tercero. Bases reguladoras:
Bases reguladoras generales para la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Inca están reguladas en la Ordenanza general de subvenciones publicada en el BOIB núm. 66, de 26 de mayo de 2016.
http://www.caib.es/eboibfront/es/2016/10494/580630/aprobacion-definitiva-de-la-ordenanza-general-de-s
Cuarto. Importe:
La dotación total de la convocatoria de subvenciones será de 8.000 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes será del 30 de mayo al 29 de julio de 2022 (ambos inclusive).
Inca, documento firmado electrónicamente (13 de mayo de 2022)
El alcalde Virgilio Moreno Sarrió