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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 274722
Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares por la que se convoca la provisión, por el sistema de concurso, del puesto de trabajo de jefe/jefa de equipo de Admisión del Equipo de Atención Primaria de la Zona Básica de Salud Ses Roques Llises

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Texto

Hechos

Es necesario cubrir el puesto de trabajo de jefe/jefa de equipo de Admisión del Equipo de Atención Primaria (EAP) de la Zona Básica de Salud (ZBS) Ses Roques Llises, correspondiendo a la plantilla orgánica autorizada de la Gerencia de Atención Primaria del área de Salud de Mallorca.

Fundamentos de derecho

  1. La Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud (BOE núm. 301, de 17/12/2003).

  2. El Real decreto ley 1/1999, de 8 de enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas en las instituciones sanitarias de la Seguridad Social (BOE núm. 8, de 09/01/1999).

  3. El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de mayo de 2011 por el que se ratifica el Acuerdo de Mesa Sectorial de Sanidad de 22de marzo de 2011 por el que se regula el sistema de provisión de los cargos no directivos del personal estatutario de gestión y servicios del Servicio de Salud de las Islas Baleares (BOIB núm. 75, de 21/05/2011), modificado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 18 de enero de 2013 por el que se ratifica el Acuerdo de Mesa Sectorial de 5 diciembre de 2012 (BOIB núm. 11, de 22/01/2013).

  4. La Resolución del director general del Servicio de Salud de 23 de mayo de 2011 por la que se dictan las instrucciones para aplicar el Acuerdo de Mesa Sectorial de Sanidad de 22 de marzo de 2011 (BOIB núm. 87, de 11/06/2011).

  5. El artículo 30.3 del Decreto 39/2006, de 21 de abril, por el que se aprueban los Estatutos del ente público Servicio de Salud de las Islas Baleares, que establece que «bajo la dependencia del director de zona el equipo de atención primaria contará con un responsable de enfermería, […] y con un responsable de admisión, que se encargará de dirigir y coordinar las actividades del personal administrativo integrado en el equipo, ambos designados de acuerdo con el sistema general de provisión de puestos de trabajo entre los miembros del equipo»

  6. La Ley 4/2016, de 6 de abril, de medidas de capacitación lingüística para la recuperación del uso del catalán en el ámbito de la función pública (BOIB núm. 46, de 12/04/2016).

  7. La Resolución de la consejera de Salud y Consumo de 3 de noviembre de 2020 por la que se delegan diferentes competencias en materia de personal estatutario en los órganos del Servicio de Salud de las Islas Baleares (BOIB núm. 191, de 07/11/2020), entre ellas, convocar y resolver los procedimientos de provisión de puestos de mando intermedio y asimilados que se tengan que proveer por el sistema de concurso, así como también la remoción del personal que haya obtenido un puesto de trabajo por medio de este sistema.

Por todo esto dicto la siguiente

Resolución

  1. Aprobar la convocatoria para proveer, por el sistema de concurso, el puesto de trabajo de jefe/jefa de equipo de Admisión del Equipo de Atención Primaria de la Zona Básica de Salud Ses Roques Llises, correspondiente a la plantilla orgánica autorizada de la Gerencia de Atención Primaria del Área de Salud de Mallorca.

  2. Aprobar las bases que rigen esta convocatoria, que figuran en el anexo1.

  3. Publicar el modelo de solicitud para acceder al puesto de trabajo ofrecido en esta convocatoria, que figura en el anexo 2.

  4. Designar las persones integrantes de la Comisión de Selección, que se relacionan en el anexo 3.

  5. Aprobar los aspectos curriculares que se evaluarán en esta convocatoria, que figuran en el anexo 4.

  6. Publicar esta resolución en Boletín Oficial de las Islas Baleares, en los tablones de anuncios del Centro de Salud Ses Roques Llises, en el portal web de la Gerencia de Atención Primaria de Mallorca y en el portal web del Servicio de Salud de las Islas Baleares (www.ibsalut.es).

Interposición de recursos

Contra esta resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso de reposición ante el órgano que la dicta en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la fecha de publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en relación con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante los juzgados contencioso-administrativos en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de la fecha de publicación de esta resolución, de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, sin perjuicio de cualquiera otro recurso que se considere procedente interponer.

 

Palma, en fecha de la firma digital (12 de mayo de 2022)

El director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares

Julio Miguel Fuster Culebras

Por delegación de la consejera de Salud y Consumo

(BOIB núm. 191, de 7/11/2020)

  

Anexo 1

Bases de la convocatoria

1. Puesto de trabajo ofrecido

Jefe/jefa de equipo de Admisión del Equipo de Atención Primaria de la Zona Básica de Salud Ses Roques Llises.

2. Características generales

El régimen jurídico de este puesto de trabajo es el que establece la Ley 55/2003 y las disposiciones que la desarrollan. El cargo se ocupará en régimen de dedicación exclusiva.

3. Requisitos de los aspirantes

3.1. Requisitos generales

a. Tener la nacionalidad española o la de un estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, o tener el derecho a la libre circulación de trabajadores en conformidad con el Tratado de la Unión Europea u otros tratados ratificados por España, o bien tener reconocido este derecho por medio de una norma legal.

b. Tener la titulación oficial que habilite para el ejercicio profesional del puesto de trabajo o estar en condiciones de obtenerla dentro del plazo para presentar solicitudes.

c. Acreditar los conocimientos de catalán correspondientes al nivel B2 para el grupo C1, y del nivel B1 para el grupo C2. Esta acreditación se tiene que realizar por medio de un certificado expedido por la Escuela Balear de Administración Pública o de cualquiera de los expedidos, reconocidos como equivalentes u homologados por la Dirección General de Política Lingüística que avalen este nivel de conocimiento.

d. Tener la capacidad funcional necesaria para ejercer las funciones que se deriven del nombramiento.

e. Tener cumplidos dieciséis años y no sobrepasar la edad de jubilación forzosa.

f. No haber sido separado del servicio —por medio de un expediente disciplinario— de cualquier servicio de salud o administración pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni estar inhabilitado con carácter firme para ejercer funciones públicas ni, si es el caso, la profesión correspondiente. En los casos de personas otros estados mencionadas en el párrafo a), no estar inhabilitadas por una sanción o una pena para el ejercicio profesional o para acceder a funciones o servicios públicos en su estado, ni haber sido separadas por medio de una sanción disciplinaria de ninguna de sus administraciones o servicios públicos en los seis años anteriores a la convocatoria.

g. Sin embargo, en conformidad con el establecido en el punto 11.4 del Acuerdo de Mesa Sectorial de Sanidad de 22 de marzo de 2011 por el que se regula el sistema de provisión de los cargos no directivos del personal estatutario de gestión y servicios del Servicio de Salud de las Islas Baleares, ratificado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de mayo de 2011, si se declara desierta esta convocatoria por no concurrir personal estatutario fijo que cumpla los requisitos establecidos, se puede designar, por un periodo de dos años, personal estatutario interino que cumpla los requisitos mencionados y que haya presentado la solicitud, y haya cumplido el resto de formalidades correspondientes, en el plazo establecido.

3. 2. Requisitos específicos

Puede participar en esta convocatoria el personal estatutario fijo de gestión y servicios de los subgrupos C1 y C2 que, en la fecha de la publicación de esta resolución, esté en la situación de servicio activo o en la situación de reserva de plaza y preste servicio en instituciones sanitarias del Sistema Nacional de Salud.

Tienen que ser miembros del Equipo de Atención Primaria de la Zona Básica de Salud Ses Roques Llises.

3.3. Acreditación de los requisitos

Los requisitos se tienen que cumplir el último día del plazo de presentación de solicitudes, en la forma y en el plazo establecidos en esta convocatoria. La acreditación se tiene que hacer efectiva en el momento de presentar la solicitud.

4. Características y funciones a desarrollar

La persona que obtenga el puesto dependerá de la persona titular de la Dirección de la ZBS Ses Roques Llises y desarrollará las funciones de responsable de Admisión de esta ZBS, entre las cuales está la de dirigir y coordinar las actividades del personal administrativo integrado en el EAP y elaborar los informes que la Dirección de la Gerencia de Atención Primaria de Mallorca le requiera, además de las funciones propias como jefe/jefa de equipo.

5. Trámite de solicitud

5.1. Las personas que quieran participar en esta convocatoria tienen que presentar la solicitud siguiendo el modelo que figura en el anexo 2.

5.2. Esta solicitud, dirigida al órgano convocante, se tiene que presentar en el plazo de veinte días (20) hábiles a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

5.3. La documentación se puede presentar en el Registro General de los Servicios Centrales del Servicio de Salud de las Islas Baleares o por medio de cualquier de las vías que prevé el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.

5.4. Los aspirantes tienen que adjuntar la documentación original o una copia auténtica que justifique los requisitos y los méritos alegados.

6. Documentación que hay que aportar

Junto con la solicitud, los aspirantes tienen que aportar los documentos siguientes:

a. Fotocopia del documento de identidad (DNI, NIE o pasaporte).

b. Documento original o copia auténtica del título y del nombramiento (o contrato).

c. Documento original o copia auténtica del certificado de nivel de conocimientos de catalán.

d. Documentos que acrediten los requisitos y los méritos alegados (originales o copias auténticas).

7. Sistema selectivo

El órgano competente verificará que las persones aspirantes cumplen los requisitos y el resto de las especificaciones exigidas en esta convocatoria. Después se iniciará el procedimiento de valoración de méritos, en el que se tienen que evaluar los aspectos curriculares previstos en el anexo 4.

8. Resolución de la convocatoria

8.1. En base al artículo 6 del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de mayo de 2011, cada comisión de selección tiene que elevar al órgano competente la resolución provisional del concurso, que tiene que indicar la puntuación obtenida por cada persona aspirante y se tiene que publicar en los tablones de anuncios del Centro de Salud Ses Roques Llises, en el portal web de la Gerencia de Atención Primaria de Mallorca y en el portal web del Servicio de Salud de las Islas Baleares (www.ibsalut.es)

Contra esta resolución, las personas interesadas pueden presentar alegaciones en el plazo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación. Estas alegaciones serán resueltas en la resolución definitiva del concurso, que se publicará igualmente en los tablones de anuncios del Centro de Salud de la ZBS Ses Roques Llises, en el portal web del Servicio de Salud y en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

8.2. Una vez finalizado el proceso selectivo, se tiene que efectuar el nombramiento del aspirante que haya obtenido la puntuación más alta, tal como establece esta convocatoria. El órgano convocante dictará una resolución para designar la persona seleccionada y contra ella se podrán interponer los mismos recursos que se especifican en esta resolución.

8.3. Si es nombrada para el cargo una persona estatutaria fija del Servicio de Salud de las Islas Baleares que tiene la plaza estatutaria fija en el mismo centro, sigue ocupando la plaza como personal estatutario fijo de su categoría en el propio centro.

8.4. Si es nombrada para el cargo una persona estatutaria fija del Servicio de Salud de las Islas Baleares que tiene la plaza estatutaria fija en otro centro, pasa a ocupar directamente el cargo en el centro de destino y queda en la situación de reserva respecto a su plaza estatutaria fija.

8.5. Si es nombrada para el cargo una persona que es funcionaria de carrera que tiene la plaza fija en otra administración pública, pasa a ocupar directamente el cargo en el centro de destino y queda en la situación administrativa que le corresponda según la legislación que le resulte aplicable.

8.6. En los supuestos de renuncia, de cese en el cargo proveído por el sistema de libre designación o de cese por no haber superado las evaluaciones que correspondan al cargo proveído por el sistema de concurso de méritos, desde la fecha en que estos supuestos sean efectivos la persona interesada deja de ocupar el cargo y pasa a ocupar la plaza básica de su categoría.

 

 

 

Anexo 2

Modelo de solicitud

Datos personales

Nombre y apellidos:........................................................... Núm. doc. id.:...........................................................................

 

Fecha de nacimiento:......................................................... Nacionalidad:............................................................................

 

Teléfono:........................................................................... Correo electrónico:....................................................................

 

Dirección al efecto de notificación: .....................................................................................................................................

 

Localidad: …………………………..........…………….. Código postal:........................................................................

 

Municipio:……………………………………...........................……………………………………………………

Datos profesionales

Especialidad:..............................................................................................................................................................

 

Categoría:..................................................................................................................................................................

 

Centro donde prestó servicios:...................................................................................................................................

 

Provincia:...................................................................................................................................................................

EXPONGO

Que cumplo todos los requisitos para participar en esta convocatoria.

SOLICITO

Que se admita esta solicitud para optar al puesto de trabajo de jefe/jefa de equipo de Admisión del Equipo de Atención Primaria de la Zona Básica de Salud Ses Roques Llises, correspondiente a la plantilla orgánica autorizada de la Gerencia de Atención Primaria del Área de Salud de Mallorca y adjunto los documentos exigidos en las bases.

..................................... , .......  de.................................... de 2022

[firma

DIRECCIÓN GERENCIA DE

 

 

 

Anexo 3

Comisión de Selección

  • Presidenta: Mari Carmen Mingorance Carrascosa (designada por el director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares).
  • Secretario: Miguel Angel Palou Bestard (directivo que tiene encomendada la gestión del Área de Personal de la GAP Mallorca)
  • Vocales:
  • Maria Dolores Lacasa Palenzuela (designada por el director de Gestión y Presupuestos del Servicio de Salud de las Islas Baleares).
  • Francesc Planas Martorell (designado por el director gerente de Atención Primaria de Mallorca).
  • Luisa Mateu Bennàsar (designada por el director de la división a la que está adscrito el puesto al que se opta).

Si hay alguna vacante en la Comisión de Selección, se nombrará a otra persona.

  

Anexo 4

Méritos

El baremo consta de tres apartados, en los que se valorarán los servicios prestados (40 %), los puestos de trabajo ocupados en relación con aquel al que se opta (actividad profesional, 40 %) y la formación relacionada con el puesto convocado (20 %).

1. Servicios prestados (máximo, 60 puntos)

a. Servicios prestados en categorías estatutarias de gestión y servicios del subgrupo C1: 0,20 puntos por cada mes completo de servicios prestados.

b. Servicios prestados en categorías estatutarias de gestión y servicios del subgrupo C2: 0,18 puntos por cada mes completo de servicios prestados.

2. Puestos de trabajo relacionados con el lugar al que se opta (máximo 60 puntos)

a. Lugares de ningún (máximo, 40 puntos):

  • Haber ocupado puestos de jefe/jefa con un complemento de destino superior al nivel 19: 0,20 puntos por cada mes completo.
  • Haber ocupado puestos de jefe/jefa con un complemento de destino del nivel 19:0,15 puntos por cada mes completo.
  • Haber ocupado puestos de jefe/jefa con un complemento de destino inferior al nivel 19: 0,10 puntos por cada mes completo. 

b. Otra experiencia profesional relacionada con el puesto al que se opta, según lo que se establezca en esta convocatoria (máximo, 20 puntos): 0,10 puntos por cada mes completo.

A efectos del punto anterior, se considera otra experiencia profesional la siguiente: cualquier otra área que la Comisión de Selección, justificadamente, considere relacionada con las funciones del puesto.

3. Formación relacionada con el puesto al que se opta (máximo, 30 puntos)

Por cada crédito o por cada 10 horas como docente o discente en cursos, seminarios, talleres, congresos o jornadas, que estén relacionados directamente con el contenido del puesto al que se opta: 0,10 puntos.

Para que los cursos, seminarios, talleres, congresos o jornadas sean valorados tienen que cumplir alguna de las condiciones siguiente:

  • Que estén organizados o impartidos por alguna administración pública (de acuerdo con el artículo 2.3 de la Ley 39/2015) o por alguna universidad, lo que tiene que constar en el certificado correspondiente. En el supuesto de que la actividad haya sido organizada por cualquier organismo público y entidad de derecho público conforme al artículo 2.2.a) de la Ley 39/2015, el interesado tiene que acreditar esta condición.

  • Que estén promovidos por organizaciones sindicales o entidades sin ánimo de lucro e impartidos en virtud de convenios subscritos con las administraciones públicas o con universidades, o bien que hayan sido acreditados y/o subvencionados por aquellas, lo que tiene que constar en el certificado correspondiente.

  • Que sean realizados en virtud de los acuerdos de formación continuada en las administraciones públicas y que estén organizados por cualquiera de los promotores de formación continuada que hayan subscrito estos acuerdos.

En cuanto al nivel de conocimientos de catalán, solo se valorará el título, diploma o certificado oficial que tenga el aspirante siempre que no sea un requisito de la categoría estatutaria correspondiente.

  • Por tener acreditado el conocimiento de catalán por medio de los certificados expedidos por la Escuela Balear de Administración Pública o los expedidos, los reconocidos como equivalentes o los homologados por la Dirección General de Política Lingüística que acrediten tener el nivel B2: 3 puntos

  • Por tener acreditado el conocimiento de catalán por medio de los certificados expedidos por la Escuela Balear de Administración Pública o los expedidos, los reconocidos como equivalentes o los homologados por la Dirección General de Política Lingüística que acrediten tener el nivel C1: 4 puntos.

  • Por tener acreditado el conocimiento de catalán por medio de los certificados expedidos por la Escuela Balear de Administración Pública o los expedidos, los reconocidos como equivalentes o los homologados por la Dirección General de Política Lingüística que acrediten tener el nivel C2: 5 puntos.

Solo se valorará el nivel más alto que el aspirante presente.

  • Por tener acreditado el conocimiento de catalán por medio de los certificados expedidos por la Escuela Balear de Administración Pública o los expedidos, los reconocidos como equivalentes o los homologados por la Dirección General de Política Lingüística que acrediten tener el nivel LA (lenguaje administrativo): 1 punto.

El nivel LA se acumula a cualquier otro nivel que se tenga.