Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
AYUNTAMIENTO DE PALMA
Núm. 273341
Área Modelo de Ciudad, Vivienda Digna y Sostenibilidad. Oficina del Plan General y Modelo de Ciudad. Anuncio. Exped.: PA 2010/12. Suspensión de licencias para la parcela situada en la calle rodríguez de arias, 19, y para la parcela de la calle d’Alòs 8
Área Modelo de Ciudad, Vivienda Digna i Sostenibilidad
Gerencia de Urbanismo
Oficina del Plan General y Modelo de Ciudad. Exp.: PA2010/12
El Pleno del Ayuntamiento de Palma, en sesión de 28 de abril de 2022, acordó lo siguiente:
“1. Suspender, con la duración de un año, en los términos del artículo 51 de la LUIB, la tramitación y aprobación de planes de desarrollo, de instrumentos de gestión, así como el otorgamiento de toda clase de autorizaciones y licencias urbanísticas para áreas o usos determinados, y la posibilidad de presentar comunicaciones previas en las parcelas sitas en calle Rodríguez de Arias, 19 (Referencia catastral: 9008802DD6890G0001QW) y en la calle Alòs 8 (Referencia catastral: 9008803DD6890G0001PW). El ámbito de suspensión queda grafiado en el plano que se adjunta a este acuerdo como anexo.
Todo esto vista la "INSTRUCCIÓN PARA LA SUSPENSIÓN DE LICENCIAS PARA LA PARCELA SITUADA EN LA CALLE RODRÍGUEZ DE ARIAS, 19 (REFERENCIA CADASTRAL: 9008802DD6890G0001QW) Y PARA LA PARCELA DE LA CALLE D'ALÒS 8 (REFERÈNCIA CADASTRAL: 9008803DD6890G0001PW) del Gerente de Urbanismo de 29 de marzo de 2022 que se adjunta como anejo y parte integrante del presente Acuerdo.
2. Realizar los estudios necesarios para analizar las alegaciones/sugerencias realizadas por el colectivo vecinal Son Serralta.
3. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears, y un diario de los de mayor difusión de las Illes Balears y en la dirección o punto de acceso electrónico correspondiente.
4. Comunicar el presente acuerdo a todos los Departamentos de la Gerencia de Urbanismo así como a los Servicios de Gestión Urbanística y de Información Urbanística.”
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede presentar recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde el día siguiente de esta notificación. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición.
El recurso potestativo de reposición, se deberá presentar en el Registro General de las Oficinas Municipales de Atención a la Ciudadanía, la ubicación de las que se puede consultar en la web www.palma.cat, o en las dependencias a que se refiere el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El recurso se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto ni notificado la resolución, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente que se interponga y en este caso expedita la vía contencioso administrativa.
Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el artículo antes mencionado y los 8.1, 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa, ante la Sala Contencioso Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de recibir esta notificación, todo ello sin perjuicio de cualquier recurso acción que se considere conveniente.
Palma, 13 de mayo de 2022
La jefa de servicio Coordinadora de la Oficina del Plan General Pilar Simón Aznar