Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 271440
Departamento de Personal. Servicio de Selección y Provisión. Rectificación error material convocatoria concurso oposición profesor/a músico del Ayuntamiento de Palma

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El concejal de Hacienda, Innovación y Funció Pública  mediante  el decreto núm.  8094 de 6 de mayo de 2022, ha decretado lo siguiente:

“PRIMERO.- Rectificar el error material advertido en el decreto núm. 15.040 de fecha  5 de agosto de 2021, del Concejal del Área de Hacienda, Innovación y Función Pública de la convocatoria de concurso-oposición turno libre, para la cobertura plazas vacantes en la plantilla de funcionarios/árias de este Ayuntamiento pertenecientes en la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios especiales, Clase cometidos especiales, grupo A, subgrupo A1, en el siguiente sentido:

1.- Dónde dice –plazas vacantes en la plantilla de funcionarios/árias de éste Ayuntamiento pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica Superior, especialidad grupo A, subgrup A1”.

Tiene que decir-  “plazas vacantes en la  plantilla de fucnionarios/árias de éste Ayuntamiento pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, clase cometidos especiales, grupo A, subgrupo A1.”

2.- Por otra parte se tiene que añádir en la SEGUNDA PRUEBA la puntuación total de 20 puntos y, en conseqüencia la total puntuación fase de oposición será de 60 puntos, por tanto,

allí dónde dice “Total puntuación fase de oposición 50 puntos”,

tiene que decir “Total puntuación fase de oposición 60 puntos”.

3.- Allí dónde dice “TERCER EJERCICIO”

tiene que decir “TERCERA PRUEBA”.

SEGUNDO.- Publicar las bases con la presente corrección al Boletín Oficial de las Islas Baleares. 

Contra la convocatoria y las presentes bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por parte de los interesados recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que las haya aprobado, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. En caso de no interponer el recurso potestativo de reposición se podrá interponer directamente recurso contencioso administrativo, según el artículo antes mencionado y 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa, ante el Juzgado contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente de la publicación en el BOIB.

 

Palma, 9  de mayo de 2022

La jefa de Departamento de Personal

pd decreto de Alcaldía núm. 3000, de 02.26.2014

(BOIB núm. 30 de 04/03/2014)

Esperanza Vega Terrón