Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TRANSICIÓN ENERGÉTICA, SECTORES PRODUCTIVOS Y MEMORIA DEMOCRÁTICA
Núm. 270723
Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática por la cual se somete al trámite de información pública el Proyecto de decreto por el que se regula la recarga eléctrica de vehículos y del funcionamiento de la red MELIB de puntos de recarga de vehículos eléctricos
Hechos
1. El 11 de octubre de 2021 se realizó la consulta previa a la redacción del Proyecto de decreto por el que se regula la recarga eléctrica de vehículos y del funcionamiento de la red MELIB de puntos de recarga de vehículos eléctricos.
2. Mediante la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 16 de marzo de 2022 se inició el procedimiento de elaboración del Proyecto de decreto mencionada y se designó a la Secretaría General como órgano responsable de su tramitación.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 58 de la Ley 1/2019, de 31 de enero, del Gobierno de las Illes Balears.
2. El artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Someter el Proyecto de decreto por el que se regula la recarga eléctrica de vehículos y del funcionamiento de la red MELIB de puntos de recarga de vehículos eléctricos a información pública y ponerlo a disposición de la ciudadanía en el Departamento Jurídico de la Consejería de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática (Plaza de Son Castelló, 1, 07009 Palma), en la web de participación ciudadana del Govern (http://participaciociutadana.caib.es) y en la página web de la Consejería de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática.
2. Fijar el plazo de audiencia en quince días desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears. Las alegaciones se deben presentar en la sede de la Consejería de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática, ubicada en la Plaza de Son Castelló, 1, 07009 Palma o en cualquiera de los lugares determinados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
3. Habilitar la posibilidad de presentar alegaciones por medios telemáticos a través del apartado «Participación en elaboración normativa» de la página web Participación Ciudadana (http://participaciociutadana.caib.es) del Govern de les Illes Balears, dentro del plazo establecido en el apartado anterior, de acuerdo con el artículo 34.2 f de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Siempre que las alegaciones presentadas mediante la web incorporen la identificación de la persona o entidad que hace las alegaciones, se incluirán en el expediente de elaboración normativa, aunque no consten en el registro de entrada electrónico de la Administración de la Comunidad Autónoma. A este efecto, el funcionario o la funcionaria del órgano competente de la tramitación del procedimiento normativo que las reciba electrónicamente debe emitir una diligencia de las alegaciones presentadas.
4. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 12 de mayo de 2022
El consejero de Transición Energética Sectores Productivos y Memoria Democrática Juan Pedro Yllanes Suárez