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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA

Núm. 269013
Regulación específica para las vías de acceso a las zonas d’es Caló des Mort y Es Ram

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Se hace público que el Pleno del Consell Insular de Formentera en la sesión del día 29 de abril de 2022, ha adoptado el siguiente acuerdo:

3.1.- PRP2022/295. PROPUESTA APROBACIÓN REGULACIÓN ESPECÍFICA PARA LAS VÍAS DE ACCESO A LAS ZONAS D'ES CALÓ DES MORT Y ES RAM.

...

Sometido a votación de los 15 miembros presentes de los 17 que forman el Pleno de la corporación, por más de la mayoria absoluta, con la siguiente composición y votación: el voto a favor de los 5 representantes del grupo político Gent x Formentera, de los 5 representantes del grupo político PSIB-PSOE (que forman el equipo de Gobierno), así como el voto en contra de los 5 representantes presentes del grupo político Sa Unió de Formentera PP- Compromís, adopta, sobre la base de la propuesta transcrita, el seguiente

ACUERDO

JUSTIFICACIÓN (PARTE EXPOSITIVA).-

REGULACIÓN DE ACCESO Y ESTACIONAMIENTO, ENTRE EL 1 DE JUNIO Y EL 30 DE SEPTIEMBRE, DE VEHÍCULOS EN LAS VÍAS DE ACCESO A LAS ZONAS DE ES CALÓ DES MORT Y ES RAM, PRESENTADA POR EL SR. RAFAEL GONALEZ RIBAS, CONSELLER DE MOBILITAT I TERRITORI DEL CONSELL INSULAR DE FORMENTERA.

En los últimos años, el número de visitantes a es Caló des Mort durante la temporada estival se ha incrementado notablemente, habiendo llegado a generar graves problemas en los caminos de acceso que llevan aparejado el deterioro medioambiental de la zona, problemas de seguridad y de acceso de los vecinos a sus viviendas.

Por este motivo, desde 2017, y de acuerdo con el informe técnico de fecha 6 de junio de 2017 elaborado por GRUSAMAR, se han llevado a cabo las siguientes determinaciones en cuanto a la circulación de vehículos:

  • Se admite el acceso de vehículos de o con personas con movilidad reducida para acercarlas a la zona de acceso directo a la cala.
  • Se debe proporcionar a los vehículos de emergencias, protección civil y cuerpos de seguridad un acceso rápido a la zona de acceso directo a la cala, así como un espacio para su estacionamiento.
  • Los vecinos con parcela privada para el estacionamiento podrán seguir haciendo uso de los caminos de acceso u estacionar en todo momento en su parcela.
  • Los propietarios de locales comerciales tienen permitida la circulación y la parada, exclusivamente para la carga y descarga con vehículos de transporte de mercaderías.
  • Para los vehículos a motor de visitantes se autoriza únicamente la parada para bajar o subir el resto de pasajeros diferentes del conductor, debiendo abandonar el vehículo los caminos de acceso a la zona para estacionar en las zonas habilitadas a tal efecto.

La parada de un vehículo es la inmovilización del mismo durante un tiempo inferior a dos minutos, sin que el conductor lo abandone.

Para llevar a cabo las anteriores medidas se ha procedido a:

  • Señalizar la prohibición de estacionamiento y que el camino de acceso a es Caló des Mort no tiene salida.
  • Señalizar los sobreanchos que permiten el cruce de vehículos con la prohibición de estacionamiento.
  • Señalizar la prohibición de estacionamiento en los accesos a las fincas particulares.
  • Balizamiento con palo-cuerda del perímetro de los puntos de sobreancho u otros para proteger las zonas vegetales del estacionamiento de vehículos.

El informe de la Policía Local de fecha 19 de abril de 2022, confirma que, a pesar de las medidas tomadas, en época estival se siguen produciendo atascos en los caminos que dan acceso a las zonas de es Caló des Mort y es Ram por la gran afluencia de visitantes que los utilizan. Al disponer los mismos de un pavimento de tierra y un ancho reducido y el estacionamiento de vehículos en sus márgenes, el cruce de vehículos es prácticamente imposible, hecho que provoca que en caso de una eventual emergencia no puedan acceder los encargados de atenderla.

En sesión del Pleno del Consell Insular de Formentera de fecha 21 de diciembre de 2018 se adoptó el acuerdo de aprobar definitivamente el Plan de Movilidad Sostenible de Formentera (BOIB número 65 de 14 de mayo de 2019). El Plan de Movilidad Sostenible incluye dentro de sus propuestas (propuestas 9.1.1. y 9.1.1.2) la reorganización del diseño de los actuales y futuros estacionamientos a las zonas de playa y la delimitación de los límites de les caminos y accesos a las zonas de playa.

De la misma forma, la Ley 7/2019. De 8 de febrero, para la sostenibilidad ambiental y económica de la isla de Formentera, establece en su artículo 9 la posibilidad de que el Pleno del Consell Insular pueda limitar temporalmente la afluencia de vehículos a motor en vías públicas o espacios determinados con valores naturales, patrimoniales o paisajísticos para evitar que se produzcan daños y aglomeraciones.

En base a lo anterior, en el informe de los servicios técnicos del área de movilidad de 21 de abril de 2022, para evitar que se produzcan daños en los espacios naturales y aglomeraciones en las vías de acceso a las zonas de es Caló des Mort y es Ram, se considera necesario continuar aplicando las determinaciones tomadas desde el año 2017 y reforzarlas mediante la presencia durante las horas de mayor afluencia de visitantes de los agentes controladores de estacionamiento y/o de la policía local, para impedir el inadecuado estacionamiento de vehículos o instar a la retirada de los que incumplan las prohibiciones establecidas.

Una vez levantado el estado de alarma que fijó el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declaró el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, prorrogado hasta el 10 de mayo de 2021, por el Real Decreto 956/2020, de 3 de noviembre, y que se debe estar y se está a las medidas de prevención sanitaria aprobadas por el Estado y por el Govern de les Illes Balears.

PARTE RESOLUTIVA.-

PRIMERO.- Tomar, entre el 1 de junio y el 30 de septiembre, las siguientes determinaciones en cuanto a las vías de acceso a las zonas de es Caló des Mort y es Ram:

  • Admitir el acceso de vehículos de o con personas con movilidad reducida para acercarlas a la zona de acceso directo a la cala.
  • Proporcionar a los vehículos de emergencias, protección civil y cuerpos de seguridad un acceso rápido a la zona de acceso directo a la cala.
  • Los vecinos con parcela privada para el estacionamiento podrán seguir haciendo uso de los caminos de acceso u estacionar en todo momento en su parcela.

4. Para los vehículos a motor de visitantes autorizar únicamente la parada para bajar o subir el resto de pasajeros diferentes del conductor, debiendo abandonar el vehículo los caminos de acceso a la zona para estacionar en las zonas habilitadas a tal efecto.

SEGUNDO.- Adoptar o reforzar, entre el 1 de junio y el 30 de septiembre, las siguientes medidas de señalización y balizamiento:

  • Señalizar la prohibición de estacionamiento y que el camino des Caló des Mort no tiene salida.
  • Señalizar la prohibición de estacionamiento al camino de es Ram.
  • En ambos caminos, señalizar la prohibición de estacionamiento en los sobreanchos.
  • En ambos caminos, señalizar la prohibición de estacionamiento en los accesos a las fincas particulares.
  • Balizamiento con palo-cuerda del perímetro de los puntos de sobreancho u otros para proteger las zonas vegetales del estacionamiento de vehículos.

TERCERO.- Mantener las zonas de estacionamiento de turismos y motocicletas del área urbana de es Copinar anexas al camino de acceso a es Caló des Mort.

CUARTO.- Facultar la policía local y los controladores de estacionamiento regulado, en las vías de acceso a las zonas de es Caló des Mort y es Ram, para el control del cumplimiento de las limitaciones de acceso y estacionamiento, denuncia de las infracciones y la retirada del vehículo de la vía y su depósito en el lugar que se designe.

QUINTO.- Dar traslado a los organismos que se pudieran ver afectados por el contenido del presente acuerdo.

SEXTO.- Publicar el presente acuerdo en el BOIB y en la web del Consell Insular, para general conocimiento.

Lo que se hace público, para general conocimiento.

Formentera, en la fecha de la firma electrònica (11 de mayo 2022)

La presidenta del Consell Insular Ana Juan Torres