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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

PARLAMENTO DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 268032
Resolución de Presidencia por la cual se aprueban la convocatoria, las bases, los temarios y se designa el tribunal de las pruebas selectivas para el ingreso, por turno libre, de una plaza de letrado o letrada del Parlamento de las Illes Balears

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Texto

El artículo 3 del Estatuto de personal del Parlamento de las Illes Balears dispone que son funcionarios de carrera del Parlamento de las Illes Balears los que, en virtud de nombramiento legal, hayan sido incorporados con carácter permanente a su servicio mediante una relación profesional regulada estatutariamente y retribuida con cargo al presupuesto de esta institución.

El artículo 47 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, establece que el conjunto de plazas vacantes de personal funcionario y de personal laboral constituye la oferta anual de ocupación pública, con dotación presupuestaria, cuya cobertura resulta necesaria y no es posible con el personal existente.

El artículo 11.1 del Estatuto de Personal regula que corresponde al cuerpo de letrados ejercer las funciones de asesoramiento jurídico y técnico a la Mesa del Parlamento, a las mesas de las comisiones y a las ponencias, así como la redacción, de conformidad con los acuerdos adoptados por los mencionados órganos, de las resoluciones, de los informes y de los dictámenes, y el levantamiento de las actas correspondientes, la representación y la defensa del Parlamento de las Illes Balears ante los órganos jurisdiccionales y ante el Tribunal Constitucional y las funciones de estudio y propuesta de nivel superior.

Por otro lado, el artículo 13.1 del Estatuto de Personal del Parlamento de las Illes Balears prevé que el ingreso en el cuerpo de letrados se tiene que hacer, en caso de vacante, por convocatoria pública y libre y por el sistema de oposición, concurso oposición y, excepcionalmente, por concurso. Para ingresar en el cuerpo de letrados es necesario estar en posesión del título de licenciado o graduado en derecho.

Actualmente, una plaza de letrado o letrada del Cuerpo de letrados de la cámara figura en la Relación de Puestos de trabajo vacante y dotada presupuestariamente.

Por todos estos motivos, una vez practicada y concluida la negociación con la Junta de Personal, y en uso de las competencias que corresponden a la Mesa de la Cámara, con cumplimiento previo del que establece el artículo 62.3.c) y g) del citado Estatuto de Personal de la Institución parlamentaria, dicto la siguiente

Resolución

1. Se aprueba la convocatoria de una oposición en turno libre para proveer una plaza como funcionario de carrera del Cuerpo de letrados del Parlamento de las Illes Balears para ocupar el puesto de trabajo de letrado o letrada, dado que la mencionada plaza permanece vacante y dotada presupuestariamente.

2. Se aprueban las bases que tienen que regir esta convocatoria, que se adjuntan como Anexo I de esta Resolución. También se aprueban los temas que se adjuntan en el Anexo II.

3. Se aprueba la constitución de una bolsa de letrados para cubrir interinidades en este cuerpo, como resultado de la finalización del proceso selectivo, de acuerdo con el establecido en las normas vigentes aprobadas por la Mesa en sesión de día 21 de junio de 2016 en materia de creación de bolsas de funcionarios interinos, y en el Decreto 30/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba el procedimiento de selección de personal funcionario interino al servicio de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears. Se dejan sin efecto las bolsas de letrados que estuvieran vigentes antes de la aprobación de esta resolución.

4. Se designan los miembros del órgano de selección que constan en el Anexo III.

5. Se publica la información adicional sobre protección de datos personales que se adjunta en el Anexo V.

6. Se ordena la publicación de esta resolución en el Butlletí Oficial del Parlament de les Illes Balears (BOPIB), en la página web del Parlamento, en el tablón de anuncios de la Institución y en el Butlleti Oficial de les Illes Balears.

 

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la Mesa del Parlamento, en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente de la publicación en el BOPIB de la presente resolución. Contra la desestimación expresa del recurso de reposición se puede interponer el recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación del recurso de reposición. Una vez transcurrido un mes de la interposición del recurso potestativo de reposición sin que se haya notificado la resolución, se entiende desestimado por silencio y se puede interponer el recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Palma, sin limitación de tiempo, mientras no haya una resolución expresa.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de la publicación de la resolución.

No obstante, se puede ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con los artículos 10.1.c y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

Palma, 4 de mayo de 2022

El presidente del Parlamento de las Illes Balears

Vicenç Thomas Mulet

 

ANEXO I

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convoca el proceso selectivo mediante una oposición libre, para proveer una plaza vacante de letrado o letrada del Parlamento de las Illes Balears, con carácter de funcionario/a de carrera, del Cuerpo de letrados del Parlamento de las Illes Balears, grupo A, subgrupo A1, nivel de complemento de destino 30 y complemento específico de 2.439,38€ mensuales.

1.2 A los funcionarios o funcionarias que accedan a este Cuerpo les corresponden, a todos los efectos, el asesoramiento de las comisiones parlamentarias y de sus mesas, con la asistencia a las sesiones de ponencia o de las comisiones; el asesoramiento y, si procede, la elaboración de los informes de la ponencia y de los dictámenes de las comisiones; la asistencia al Pleno del Parlamento, por indicación de la Mesa de la Cámara o del oficial o la oficiala mayor; la asistencia a las reuniones de la Mesa del Parlamento y de la Junta de Portavoces, cuando les sea requerida; la asistencia y el asesoramiento de las comisiones parlamentarias; la elaboración de informes y dictámenes concretos sobre cuestiones parlamentarias, a requerimiento del presidente o presidenta, de la Mesa, del Pleno, de alguna de las comisiones parlamentarias o del oficial o de la oficiala mayor; la supervisión de los trabajos preparatorios de la actividad parlamentaria de las comisiones y de las ponencias respectivas y de los acuerdos que tienen que ser adoptados por las comisiones; la preparación y la supervisión de los textos aprobados por las comisiones antes de publicarlos; la representación y la defensa del Parlamento ante el Tribunal Constitucional y cualquier otro órgano jurisdiccional y cualquier otra tarea de asesoramiento, de estudio y de propuesta de nivel superior o de asistencia jurídica que les sea ordenada por el presidente o presidenta, por la Mesa, por el Pleno o por el oficial o la oficiala mayor.

1.3 Todos los que reúnan las condiciones y quieran participar en esta convocatoria presentarán en el registro de la Oficialía Mayor del Parlamento de las Illes Balears la correspondiente instancia, en el plazo de 20 días naturales, que se iniciará a partir de la publicación en el BOPIB.

1.4 Las pruebas del proceso selectivo no se iniciarán antes del mes de noviembre de 2022.

1.5 Todas las comunicaciones y las notificaciones derivadas de esta convocatoria se harán públicas en el tablón de anuncios del Parlamento y también en la página web del Parlamento.

1.6 La prestación del servicio se efectuará en régimen de dedicación exclusiva.

2. Requisitos de participación

2.1 Ser español o tener la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o de alguno de los países que hayan subscrito un tratado internacional en los términos establecidos en el artículo 56.1 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público.

2.2 Tener cumplidos los 18 años de edad y no haber llegado a la edad de jubilación forzosa, ambas edades referidas al día en que finalice el plazo de presentación de instancias.

2.3 No estar inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de la función pública. Ni haber sido separado, mediante expediente disciplinario de cualquier administración pública, órgano constitucional o estatutario. Ni encontrarse inhabilitado o inhabilitada por sentencia firme para el desempeño de funciones públicas.

2.4 No sufrir enfermedad ni disminución física o psíquica que impida el desempeño de las funciones correspondientes, teniendo la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las funciones correspondientes a la plaza de letrado/letrada.

2.5 El artículo 13.1 del Estatuto de Personal del Parlamento de las Illes Balears prevé que para ingresar en el cuerpo de letrados es necesario estar en posesión del título de licenciado o graduado en derecho.

2.6 Estar en posesión del certificado C1 de conocimientos de catalán, acreditado mediante certificado, título, diploma o equivalente, expedido u homologado por el órgano competente en materia lingüística del Gobierno de las Illes Balears o bien por la Escuela Balear de Administración Pública o los expedidos u homologados por la consejería competente en materia de política lingüística, o los reconocidos como equivalentes por la Orden del consejero de Educación, Cultura y Universidades de 21 de febrero de 2013 por la que se determinan los títulos, diplomas y certificados de conocimientos de lengua catalana de la Dirección General de Cultura y Juventud (BOIB núm. 34, de 12 de marzo).

2.7 Aquellos aspirantes que no tengan la nacionalidad española, tendrán que aportar las correspondientes certificaciones de homologación del título exigido en el apartado quinto por el Ministerio de Educación y asimismo el de conocimiento de la lengua castellana debidamente homologado.

3. Presentación de instancias y plazo para la admisión de los aspirantes

3.1 Todos los que reúnan las condiciones de la base segunda y quieran participar en estas pruebas presentarán en el registro de la Oficialía Mayor del Parlamento de las Illes Balears la correspondiente instancia, según el modelo que figura en el anexo IV, junto con la documentación exigida en la misma, en el plazo de 20 días naturales a contar a partir del día siguiente de que se haya publicado esta convocatoria en el BOPIB.

3.2 Los aspirantes que presenten las certificaciones o los títulos requeridos en la base segunda, tendrán que presentarlos aportando la copia o las copias debidamente compulsada/as junto con la instancia.

3.3 La presentación de instancias también podrá realizarse por el procedimiento establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

3.4 Finalizado el plazo de presentación de instancias, la Oficialía Mayor publicará la lista provisional de admitidos y excluidos en el tablón de anuncios de la Cámara y en la página web del Parlamento de las Illes Balears (www.parlamentib.es). Se hará constar el nombre y los apelllidos y las cuatro últimas cifras del DNI, asimismo se señalará el motivo de la no admisión de los aspirantes excluidos, para que estos, en el plazo de 10 días hábiles contadores desde la fecha de publicación de la lista provisional, puedan alegar o subsanar la causa que ha motivado su exclusión provisional.

3.5 Transcurrido el periodo anterior y en el plazo máximo de un mes, el Tribunal resolverá las reclamaciones que se hayan podido presentar, en su caso, y dictará la correspondiente resolución y publicará la lista definitiva de los aspirantes admitidos en la página web del Parlamento de las Illes Balears y en el tablón de anuncios de la Cámara. En esta lista se incluirá el lugar, la fecha y la hora de celebración del primer ejercicio escrito, si procede. El primer ejercicio no podrá celebrarse antes del mes de noviembre del año 2022.

4. Órgano de selección

4.1 Los órganos de selección son los encargados de llevar a cabo los procedimientos selectivos de acuerdo con el Reglamento de composición y funcionamiento de los tribunales calificadores y comités técnicos de valoración del Parlamento de las Illes Balears (BOPIB núm. 49, de 12 de junio de 2020).

4.2 La composición del órgano de selección figura en el Anexo III, de acuerdo con los criterios que establece el Reglamento de composición y funcionamiento de los tribunales calificadores y comités técnicos de valoración del Parlamento de las Illes Balears en concordancia con lo que regula el artículo 55.12 del Estatuto de personal del Parlamento de las Illes Balears.

4.3 A los efectos de notificaciones e incidencias, el Tribunal tendrá la sede en el Parlamento de las Illes Balears.

5. Pruebas selectivas

El procedimiento de selección consistirá en la realización de cuatro pruebas, con una valoración global y final de 100 puntos. Se realizará un primer ejercicio escrito (con una valoración de 30 puntos), un segundo ejercicio oral (con una valoración de 30 puntos), el tercer ejercicio práctico (con una valoración de 30 puntos) y un ejercicio de idioma (con una valoración de 10 puntos), por este orden.

El Tribunal determinará el día, lugar y hora de comienzo de la prueba que se hará público en el tablón de anuncios y en la página web del Parlamento de las Illes Balears (www.parlamentib.es).

El primer ejercicio escrito será convocado con 15 días naturales de antelación, como mínimo. Entre cada uno de los ejercicios tendrán que haber transcurrido, como mínimo, 3 días hábiles.

Ejercicio primero (escrito)

El primer ejercicio, de carácter obligatorio y eliminatorio, consiste en desarrollar por escrito dos temas de entre los que figuran en el Anexo II de las presentes bases, determinados por sorteo público, uno de entre los temas de los bloques de:

a. La teoría general del derecho (I)

b. Derecho constitucional, estatutario y comunitario (II)

y el otro de entre los temas de los bloques de:

a. Derecho parlamentario (III)

b. Derecho electoral (IV)

El tiempo máximo para realizar el ejercicio es de cuatro horas. La calificación de este ejercicio es de 10 puntos. Quedarán eliminados del proceso selectivo los aspirantes que en este ejercicio no obtengan un mínimo de 5 puntos. Cualquier tema que no haya sido contestado o que, a criterio del tribunal, merezca una calificación inferior a 3 puntos implica la eliminación del aspirante.

Una vez los aspirantes hayan acabado el ejercicio escrito, las páginas redactadas tienen que introducirse en un sobre, en cuya solapa, una vez cerrado, tienen que firmar la persona interesada y el secretario o la secretaria del tribunal.

El tribunal, con una antelación mínima de dos días naturales, convocará a los aspirantes a la lectura de la prueba. El día y la hora señalados el tribunal llamará individualmente a los aspirantes, que tendrán que abrir el sobre ante el tribunal y leer las páginas que hayan redactado. En el momento de abrir el sobre, se extraerán las páginas que tendrán que leer los aspirantes, se fotocopiarán y se entregará una copia a los miembros del tribunal para que puedan seguir la lectura. La lectura podrá ser grabada. El tribunal podrá pedir a los aspirantes que amplíen los criterios expuestos con relación a los temas expuestos. Los aspirantes que no lean el texto pierden sus derechos.

Ejercicio segundo (oral)

El segundo ejercicio, de carácter obligatorio y eliminatorio, consistirá en la exposición oral durante un tiempo máximo de una hora de 5 temas insaculados por sorteo público para cada aspirante, de entre los temas incluidos en el Anexo II de las presentes bases, de acuerdo con la siguiente distribución de materias:

a. Un tema del bloque de Derecho constitucional, estatutario y comunitario (II)

b. Un tema del bloque de Derecho parlamentario (III)

c. Un tema del bloque del Derecho administrativo (V)

d. Un tema del bloque de Derecho procesal (VIII)

e. Un tema del bloque de Derecho financiero (VI), Derecho civil (VII) y otras ramas del derecho (IX).

Una vez insaculados los temas por el tribunal y extraídos los números correspondientes para cada aspirante, este dispondrá de veinte minutos para reflexionar y redactar un guion para la exposición posterior; en ningún caso podrá hacerse uso de ningún libro, apuntes, notas o documentos. El tiempo de exposición de cada tema no puede ser inferior a cinco minutos.

La calificación de este ejercicio es de 10 puntos. Cualquier tema que no haya sido contestado o que, a criterio del tribunal, merezca una calificación inferior a 3 puntos supone la eliminación del aspirante. Quedarán eliminados del proceso selectivo los aspirantes que en este ejercicio no obtengan un mínimo de 5 puntos.

Esta prueba será grabada.

 

Ejercicio tercero (práctico)

El tercer ejercicio, de carácter obligatorio y eliminatorio, consistirá en la redacción por escrito de un informe, dictamen o cualquier otro documento sobre el supuesto o supuestos prácticos que el tribunal determine sobre cualquier cuestión jurídico-pública que pueda suscitarse a un letrado o letrada del Parlamento de las Illes Balears en el ejercicio de sus funciones. Para la realización de este ejercicio las persones aspirantes dispondrán de un máximo de cuatro horas. La calificación de este ejercicio es de 10 puntos. Quedarán eliminados del proceso selectivo los aspirantes que en este ejercicio no obtengan un mínimo de 5 puntos. En caso de que haya más de un supuesto práctico, si hubiera uno que no haya sido contestado o que, a criterio del tribunal, merezca una calificación inferior a 3 puntos comportará la eliminación del aspirante.

Para la realización de este ejercicio, si procede, tendrán a su disposición el expediente que se entregue para la resolución, así como las colecciones legislativas y cualquier material de carácter legislativo, sin comentarios ni añadidos, que los aspirantes puedan aportar y estimen oportunos. En función del número de personas aspirantes y los medios técnicos lo permitan, el tribunal podrá acordar que la prueba se haga con un ordenador habilitado a estos efectos.

El día y la hora señalados el tribunal llamará individualmente a los aspirantes, que tendrán que abrir el sobre ante el tribunal y leer las páginas que hayan redactado. En el momento de abrir el sobre, se extraerán las hojas que tendrán que leer los aspirantes, se fotocopiarán y se entregará una copia a los miembros del tribunal porque puedan seguir la lectura. La lectura podrá ser grabada. El tribunal podrá pedir a los aspirantes que amplíen los criterios expuestos en relación al caso práctico. Los aspirantes que no lean el ejercicio práctico pierden sus derechos.

Ejercicio cuarto (prueba de idioma)

El cuarto ejercicio, de carácter voluntario y no eliminatorio, consistirá en realizar una traducción con diccionario, de uno o más pasajes de la literatura jurídica o de actualidad política igual para todos los idiomas en inglés, francés o alemán, a elección del aspirante. La calificación de este ejercicio es de 0 a 10 puntos. La calificación de 0 no comporta la eliminación del aspirante.

En la solicitud inicial de participación se tiene que hacer constar cuál es el idioma elegido entre inglés, francés y alemán.

La duración de esta prueba se fijará por el Tribunal y no excederá de una hora.

6. Calificaciones y desarrollo de las pruebas

6.1 La calificación de las pruebas se determina con la suma de las puntuaciones obtenidas en la primera, la segunda, la tercera y la cuarta pruebas; y se hará su conversión proporcional a un total de 100 puntos, con la siguiente proporción:

 Primer ejercicio (escrito) 30 puntos

 Segundo ejercicio (oral) 30 puntos

 Tercero ejercicio (práctico) 30 puntos

 Quart ejercicio (idioma) 10 puntos

Los ejercicios serán calificados por cada uno de los miembros del Tribunal y se eliminará la nota más alta y la más baja. La calificación final será la media aritmética de las notas restantes. Las puntuaciones y la valoración final se tendrán que reflejar en las respectivas actas, así como las incidencias que puedan surgir durante la celebración de las pruebas selectivas.

Después de la corrección de cada ejercicio se publicará en el tablón de anuncios y en la página web del Parlamento de las Illes Balears (www.parlamentib.es) la calificación de los aspirantes con las puntuaciones obtenidas, junto con las fechas y el lugar de realización de los próximos ejercicios.

Los aspirantes dispondrán de dos días hábiles contadores desde la fecha de publicación en el tablón de anuncios de las puntuaciones de cada prueba y/o ejercicio, para efectuar las reclamaciones oportunas, que el tribunal tendrá que resolver en un plazo máximo de 7 días hábiles desde la fecha anterior.

Una vez finalizadas las pruebas selectivas, el tribunal hará pública en el tablón de anuncios de la cámara y en la página web del Parlamento de las Illes Balears (www.parlamentib.es) la lista provisional con la relación de los aspirantes que han superado las pruebas selectivas con las puntuaciones correspondientes.

Desde la fecha de la publicación de la lista provisional, las persones aspirantes dispondrán de tres días hábiles para efectuar las posibles reclamaciones.

A continuación el tribunal dispondrá de siete días hábiles para resolver las reclamaciones y, a continuación, se hará pública la resolución definitiva con el aspirante finalmente seleccionado en el tablón de anuncios de la cámara y en la página web del Parlamento de las Illes Balears.

6.2 Los aspirantes, durante la celebración del ejercicio oral, actuarán de acuerdo con el orden del correspondiente sorteo preliminar, que se celebrará antes del inicio de la prueba o del ejercicio de que se trate.

6.3 Las persones aspirantes serán convocadas antes de la celebración de cada prueba o ejercicio en llamamiento único y se procederá a la debida identificación mediante la presentación del DNI, del carné de conducir o del pasaporte.

6.4 La realización del ejercicio oral será pública.

6.5 Los criterios de corrección serán los siguientes:

 Primer ejercicio

Se valorarán, entre otros factores, los conocimientos sobre los temas desarrollados, la claridad y el orden de las ideas, y la calidad en la expresión escrita.

 Segundo ejercicio

Se valorarán, entre otros factores, los conocimientos expuestos, la fluidez y la capacidad de síntesis.

 Tercer ejercicio

Se valorarán, entre otros factores, los conocimientos sobre los supuestos desarrollados, el análisis y la resolución de problemas, la claridad y el orden de las ideas, la calidad en la expresión escrita, la sistemática, el raciocinio, la correcta formulación de conclusiones y la capacidad para resolver las dudas planteadas.

 Quart ejercicio

Se valorará el conocimiento del idioma y la capacidad de comprensión.

7. Publicación de los resultados

7.1 Las calificaciones de las pruebas se publicarán en el tablón de anuncios del Parlamento y en la página web de la Institución parlamentaria (www.parlamentib.es). Con esta publicación se considera hecha la notificación pertinente a los interesados y se inicia el cómputo de los plazos a efectos de la presentación de recursos.

7.2 Concluidas las pruebas, el tribunal tiene que hacer pública la puntuación total obtenida por los aspirantes, que se tiene que determinar sumando las calificaciones de los cuatro ejercicios.

7.3 En caso de empate en la puntuación global, el orden tiene que establecerse a favor del aspirante que haya obtenido la mejor puntuación en la primera prueba. Si persiste el empate, se tiene que resolver a favor del aspirante que haya obtenido la puntuación más alta en la segunda prueba. Si persiste el empate, se tiene que resolver a favor del aspirante que haya obtenido la puntuación más alta en la tercera prueba.

7.4 La puntuación total que obtienen los aspirantes en la oposición libre determina los que, de acuerdo con el número de plazas convocadas y ordenados de conformidad con el que establece la base 7.3, habrán superado el proceso selectivo, el/la que tendrá que ser propuesto/a por el tribunal al órgano convocante porque sea nombrado/a letrado/a del Parlamento de las Illes Balears

7.5 El tribunal no puede aprobar ni declarar que ha superado el proceso selectivo un número de aspirantes que exceda el número de plazas convocadas. No obstante, con el fin de asegurar que se cubra la plaza convocada, cuando haya renuncias de aspirantes seleccionados antes del nombramiento o toma de posesión, el tribunal tiene que elevar a la Mesa del Parlamento una relación complementaria de los aspirantes que estén situados a continuación de la persona propuesta, por orden de puntuación, para su posible nombramiento como personal funcionario de carrera en sustitución de quien renuncie.

8. Presentación de documentos

8.1 El aspirante que, de acuerdo con el que establece la base 7, haya superado el proceso selectivo y haya sido propuesto por el tribunal para ser nombrado funcionario o funcionaria tiene que presentar la documentación siguiente en el registro de la Oficialía Mayor, en el plazo de veinte días naturales a contar desde la fecha de publicación de la propuesta de nombramiento:

a) Una declaración de no estar inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas ni estar separado/a intermediando un expediente disciplinario del servicio de ninguna administración pública.

b) Un certificado médico oficial que acredite que no sufre ninguna enfermedad ni defecto físico o psíquico que le imposibilite ejercer las funciones propias de la plaza convocada.

c) Copia compulsada del DNI o del documento equivalente para aquellos que no estén en posesión de la nacionalidad española.

8.2 El aspirante propuesto que no presente la documentación requerida, salvo que se trate de un caso de fuerza mayor, que tiene que ser debidamente comprobado y valorado por la autoridad convocante, o que no cumpla las condiciones y los requisitos exigidos, no puede ser nombrado funcionario o funcionaria. Sin perjuicio de la responsabilidad en que haya podido incurrir en caso de falsedad, quedan anuladas sus actuaciones en el proceso selectivo, del cual queda excluido/a y pierde todos los derechos en la convocatoria.

8.3 Aquel aspirante que tuviera la condición de funcionario o funcionaria público/a, estará exento de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento. No obstante, tendrá que presentar la certificación del ministerio, comunidad autónoma, corporación local u organismo público del que dependa que acredite su condición.

9. Nombramiento y toma de posesión

9.1. Una vez comprobada la conformidad de todos los documentos presentados, la Oficialía Mayor tiene que elevar la propuesta del tribunal a la Mesa del Parlamento para que acuerde el nombramiento correspondiente. El acuerdo de nombramiento tiene que ser publicado en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.

9.2 El aspirante nombrado funcionario o funcionaria dispondrá del plazo de un mes, contador desde la notificación del nombramiento, para tomar posesión de la plaza, de acuerdo con lo que dispone el artículo 15 del Estatuto de Personal del Parlamento de las Illes Balears. Si no toma posesión en el plazo indicado, sin causa justificada, se entenderá que el aspirante renuncia a los derechos derivados de las actuaciones de la oposición.

9.3 Los defectos en la documentación presentada por el aspirante, si impiden el nombramiento, y también la carencia de juramento o promesa o de la toma de posesión, salvo que se trate de un caso de fuerza mayor, que tiene que ser debidamente comprobado y valorado por la Administración, comportan la pérdida de todos sus derechos. En este caso se tiene que proceder al nombramiento del aspirante que siga en puntuación a la persona que después de haber superado las pruebas del proceso selectivo sea la propuesta por el tribunal.

10. Constitución de una bolsa ordinaria de interinos

Se constituye una bolsa de letrados para cubrir interinidades en este cuerpo, como resultado de la finalización del proceso selectivo, de acuerdo con lo establecido en las normas vigentes aprobadas por la Mesa en sesión de día 21 de junio de 2016 en materia de creación de bolsas de funcionarios interinos, y en el Decreto 30/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba el procedimiento de selección de personal funcionario interino al servicio de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

10.1 El orden de prelación vendrá determinado por la puntuación final obtenida, de mayor a menor.

10.2 En relación con el funcionamiento de la bolsa, las sustituciones se realizarán por orden correlativo a la puntuación obtenida de mayor a menor. Cuando se produzca una vacante, se ofrecerá al miembro de la bolsa que corresponda por orden de prelación ocupar la plaza como funcionario interino.

10.3 Mientras ocupen las plazas como miembros del cuerpo de Letrados, las personas seleccionadas tendrán la condición de funcionarios interinos del cuerpo mencionado y recibirán las retribuciones que correspondan al puesto de trabajo que ocupen en cada momento.

10.4 De acuerdo con las normas generales de constitución de bolsas de funcionarios interinos del Parlamento de las Illes Balears, la bolsa tendrá una duración de tres años. En relación con el funcionamiento de la bolsa, en todo aquello no previsto en las presentes bases se estará a lo que disponen las normas generales de constitución de bolsas de funcionarios interinos del Parlamento de las Illes Balears y, de manera supletoria, el Decreto 30/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba el procedimiento de selección de personal funcionario interino al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

11. Régimen de impugnaciones y alegaciones

11.1 Contra estas bases y las resoluciones definitivas del órgano convocante, los interesados pueden interponer un recurso potestativo de reposición ante la Mesa del Parlamento en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haber sido publicadas o notificadas, según lo que disponen los artículos 123 y 124 de la Ley del Estado 39/2015, del 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haber sido publicadas o notificadas.

11.2 Contra los actos de trámite de la Oficialía Mayor y del tribunal que decidan directa o indirectamente el fondo del asunto, determinen la imposibilidad de continuar en el proceso selectivo o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, los interesados pueden interponer un recurso de alzada ante la Mesa del Parlamento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haber sido publicados en el tablón de anuncios del Parlamento, según lo que disponen los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

11.3 Contra los actos de trámite del tribunal no incluidos en la base 11.2, los aspirantes, a lo largo del proceso selectivo, pueden formular todas las alegaciones que estimen pertinentes para su consideración en el momento de hacerse pública la puntuación final del proceso selectivo.

 

ANEXO II

Temario

I. Teoría general del derecho

Tema 1

La teoría general de las fuentes del derecho en el ordenamiento jurídico positivo español: enumeración y ordenación jerárquica. Las fuentes del derecho civil de las Illes Balears.

Tema 2

La norma jurídica: concepto, caracteres y estructura. Clases de normas. El ordenamiento jurídico. Sus valores superiores.

Tema 3

La ley: concepto material y formal. Requisitos y clases.

Tema 4

La costumbre y los principios generales del derecho. La jurisprudencia: su valor.

Tema 5

Aplicación e interpretación de las normas jurídicas: concepto, clases, elementos y reglas. La equidad. Las lagunas de la ley y la analogía.

Tema 6

La eficacia de las normas jurídicas. Ámbito territorial, personal y material. Vigencia de las normas; la derogación tácita. Las normas de derecho transitorio. El principio de irretroactividad.

Tema 7

La relación jurídica y la institución jurídica. Sujetos de la relación: la persona, clases de personas y la capacidad.

Tema 8

El derecho subjetivo. Situaciones jurídicas secundarias. Situaciones jurídicas interinas.

Tema 9

El ejercicio de los derechos subjetivos. Buena fe, abuso de derecho y fraude de ley. La tutela jurídica de los derechos. Autotutela y tutela jurisdiccional.

II. Derecho constitucional, estatutario y comunitario

Tema 10

La Constitución Española de 1978. Proceso constituyente. Contenido básico y principios constitucionales. Los valores superiores. El procedimiento de reforma constitucional.

 

Tema 11

La Constitución como norma jurídica superior. El bloque de constitucionalidad.

Tema 12

El sistema de fuentes en la Constitución Española (I). La ley. Relación con otras normas. La ley estatal y la ley autonómica. La reserva de ley.

Tema 13

El sistema de fuentes en la Constitución Española (II). Las leyes orgánicas: naturaleza, relación con las leyes ordinarias, relación con el bloque de constitucionalidad. Las leyes marco, las leyes de transferencia o delegación y las leyes de armonización.

Tema 14

El sistema de fuentes en la Constitución Española (III). La potestad legislativa de las comunidades autónomas. La articulación con la legislación estatal: el principio de competencia. Límites de la potestad legislativa autonómica.

Tema 15

El sistema de fuentes en la Constitución Española (IV). Disposiciones del poder ejecutivo con fuerza de ley. Decretos leyes. Decretos legislativos.

Tema 16

El sistema de fuentes en la Constitución Española (V). La potestad reglamentaria. Las otras fuentes del derecho.

Tema 17

La incidencia del ordenamiento jurídico internacional en el sistema de fuentes que establece la Constitución. Valor de las normas de derecho internacional y supranacional. Los tratados internacionales: valor y procedimiento de aprobación. Los tratados internacionales en materia de derechos humanos. El derecho de la Unión Europea y la Constitución.

Tema 18

Derechos fundamentales (I). Concepto y clases. Garantías normativas. Titularidad. Límites. Eficacia. Interpretación. Deberes.

Tema 19

Derechos fundamentales (II). La igualdad. Contenido. Diferenciación legítima y discriminación. Límite a la acción de los poderes públicos. Referencia a la normativa europea, estatal y autonómica en materia de igualdad entre mujeres y hombres.

Tema 20

Derechos fundamentales (III). El derecho a la tutela judicial efectiva. Contenido y alcance.

Tema 21

Derechos fundamentales (IV). Los derechos del ámbito de la personalidad. Derecho a la vida y a la integridad física y moral. Libertad religiosa y de pensamiento. Honor y propia imagen. Intimidad. La libertad de expresión y de información. Derecho a la libertad personal y a la seguridad.

Tema 22

Derechos fundamentales (V). Libertades públicas. Derecho de reunión. Derecho de asociación. Los partidos políticos. Derecho de participación en asuntos públicos.

Tema 23

Derechos fundamentales (VI). La libertad de enseñanza y el derecho a la educación. La autonomía universitaria. La libertad sindical. Derecho a la huelga. Derecho de propiedad. Libertad de empresa.

Tema 24

Derechos fundamentales (VII). Suspensión de derechos y libertades: los estados de alarma, de excepción y sitio. La suspensión individual de determinados derechos. Garantías.

Tema 25

La Corona. El Rey, su posición constitucional. Poderes del Rey. El Rey y el Gobierno. El Rey y las Cortes. El Rey y la política internacional. Refrendo de los actos del Rey, sus formas.

Tema 26

Las Cortes Generales. Posición constitucional. Características generales de su composición, estructura y funciones. El Senado como cámara de representación territorial.

Tema 27

Órganos dependientes de las Cortes Generales: el Tribunal de Cuentas y el Defensor del Pueblo.

Tema 28

El Gobierno (I). Estructura en los diversos regímenes políticos. Designación, duración y responsabilidades, con especial referencia al régimen parlamentario español actual. El presidente o la presidenta del Gobierno.

Tema 29

El Gobierno (II). Las funciones del Gobierno: la función de dirección de la política. La dirección de la administración civil y militar. La función ejecutiva.

Tema 30

La administración pública. Principios constitucionales informadores. Órganos superiores de la administración civil.

Tema 31

Órganos periféricos de la Administración del Estado. Los delegados o las delegadas del Gobierno en las comunidades autónomas. Los subdelegados o las subdelegadas del Gobierno. Otros órganos de la administración periférica.

Tema 32

La administración institucional de la Administración General del Estado. Las administraciones independientes. La Administración corporativa.

Tema 33

El Poder Judicial en la Constitución Española. El Consejo General del Poder Judicial. La independencia del poder judicial y las actuaciones judiciales: principios constitucionales. El Ministerio Fiscal. La policía judicial.

Tema 34

El poder judicial en el estado de las autonomías. Las competencias de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en materia de justicia. El Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears y la Administración de Justicia: funciones atribuidas estatutariamente. El Consejo de Justicia de las Illes Balears.

Tema 35

La justicia constitucional (I). Sistemas de justicia constitucional. El Tribunal Constitucional español: antecedentes, organización y funcionamiento.

Tema 36

La justicia constitucional (II). Las sentencias del Tribunal Constitucional en los procedimientos de inconstitucionalidad. Valor y alcance. Los votos particulares. Normas comunes de procedimiento en los procesos constitucionales.

Tema 37

Los procesos constitucionales (I). El control de constitucionalidad. Recurso de Inconstitucionalidad. Cuestión de inconstitucionalidad. La autocuestión.

Tema 38

Los procesos constitucionales (II). Los conflictos de competencias. La impugnación de actos y resoluciones de las comunidades autónomas. Conflictos entre órganos constitucionales. Conflictos en defensa de la autonomía local.

Tema 39

Los procesos constitucionales (III). El recurso de amparo constitucional. Requisitos procesales. Tramitación. Suspensión del acto. Contenido de la sentencia.

Tema 40

El modelo económico en la Constitución.

Tema 41

La organización territorial del Estado español (I). Los estatutos de autonomía: naturaleza y tipología. Principios generales de ordenación de las comunidades autónomas. La organización política de las comunidades autónomas.

Tema 42

La organización territorial del Estado español (II). La Administración local: principios constitucionales. La Ley de bases de régimen local. La articulación de relaciones entre las administraciones territoriales.

Tema 43

La distribución de competencias entre el Estado y las comunidades autónomas. El régimen de competencias exclusivas. Las competencias de desarrollo legislativo y las competencias ejecutivas.

Tema 44

Relaciones entre el Estado y las comunidades autónomas. La coordinación y el control sobre la actividad de las comunidades autónomas.

Tema 45

El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears. Contenidos básicos y principios fundamentales. El procedimiento de reforma.

Tema 46

El territorio y la población como elementos constitucionales de la comunidad autónoma de las Illes Balears. La condición política de ciudadano en Baleares. Las lenguas oficiales.

Tema 47

El Parlamento de las Illes Balears: características generales de su composición, estructura y funciones.

Tema 48

El presidente o la presidenta de la comunidad autónoma de las Illes Balears: elección, cese y funciones.

Tema 49

El Gobierno de la comunidad autónoma de las Illes Balears: organización y funciones.

Tema 50

La organización administrativa de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

Tema 51

La articulación territorial de la comunidad autónoma de las Illes Balears. Los consejos insulares y el régimen local en las Illes Balears.

Tema 52

Tipología de las competencias de la comunidad autónoma de las Illes Balears. Las competencias exclusivas. Las competencias de desarrollo legislativo. Las competencias ejecutivas.

Tema 53

Otros órganos estatutarios (I). El Consejo Consultivo. El Consejo Económico y Social.

Tema 54

Otros órganos estatutarios (II). La Sindicatura de Greuges. La Sindicatura de Cuentas. El Consejo Audiovisual de las Illes Balears. La relación del órganos estatutarios con el Parlamento de las Illes Balears.

Tema 55

Las finanzas de la comunidad autónoma de las Illes Balears, de conformidad con el Estatuto de Autonomía de las Illes Balears.

Tema 56

La Unión Europea: estructura institucional y organizativa. Competencias. El Consejo. La Comisión. El Parlamento Europeo. El Tribunal de Justicia. El Tribunal de Cuentas.

Tema 57

Fuentes del derecho comunitario: derecho originario, derecho derivado, derecho complementario y otras fuentes. El Tratado de la Unión Europea.

Tema 58

Las comunidades autónomas y el derecho comunitario. Participación de las comunidades autónomas en la formación, la ejecución y la aplicación del derecho comunitario.

Tema 59

Características del derecho comunitario: aplicabilidad directa y efecto directo y la primacía Aplicación del derecho comunitario: participación de las autoridades estatales y subestatales.

III. Derecho parlamentario

Tema 60

El estatuto jurídico del Parlamento. El reglamento parlamentario: naturaleza jurídica y tipología. El Reglamento del Parlamento de las Illes Balears.

Tema 61

Otras fuentes escritas del derecho parlamentario. La costumbre parlamentaria y figuras afines. La interpretación del derecho parlamentario. Las resoluciones de carácter general y las normas sobre nombramientos.

Tema 62

Autonomía financiera del Parlamento. Aprobación y ejecución de su presupuesto. La autonomía organizativa y administrativa del Parlamento. Los actos de la administración parlamentaria. Especial referencia al Parlamento de las Illes Balears.

Tema 63

El Estatuto jurídico de los parlamentarios. Adquisición, suspensión y pérdida de la condición de diputado. Régimen de incompatibilidades. Derechos, deberes y prerrogativas parlamentarias. Especial referencia a los diputados del Parlamento de las Illes Balears.

Tema 64

Los diputados no adscritos. Especial referencia a la Doctrina constitucional.

Tema 65

El mandato parlamentario. La caducidad del mandato parlamentario. La disolución del Parlamento: formas y efectos. Especial referencia al Parlamento de las Illes Balears.

Tema 66

Los órganos de gobierno de las cámaras parlamentarias. Sistemas principales. La Presidencia del Parlamento. La Mesa: su importancia y naturaleza; elección y funciones. La Junta de Portavoces. Especial referencia al Parlamento de las Illes Balears. Doctrina constitucional sobre las funciones de la Mesa.

Tema 67

Los órganos funcionales de las cámaras parlamentarias. El Pleno y las comisiones. Clases de comisiones. Las ponencias. Especial referencia al Parlamento de las Illes Balears.

Tema 68

Los grupos parlamentarios: naturaleza jurídica. Formación y estatuto. Repercusiones en el funcionamiento de la cámara. Especial referencia al Parlamento de las Illes Balears.

Tema 69

La constitución del Parlamento de las Illes Balears. Legislatura y periodos de sesiones. La Diputación Permanente.

Tema 70

Las sesiones y sus clases en el Parlamento de las Illes Balears. Días y horas hábiles. La convocatoria. El orden del día: elaboración y significado; sus modificaciones. El cuórum.

Tema 71

El debate parlamentario. Sistemas. El uso de la palabra; interrupciones de la Presidencia: causas; cuestiones que pueden plantear los grupos parlamentarios o los diputados. La obstrucción parlamentaria. La cortesía parlamentaria. Especial referencia al Parlamento de las Illes Balears.

Tema 72

Las votaciones: el voto y los sistemas de votación. El cuórum de votación. La adopción de acuerdos: mayorías simples y mayorías especiales. Los empates. El voto ponderado.

Tema 73

Los documentos parlamentarios: requisitos y formas de presentación. El cómputo de plazos: prórroga y reducción. El procedimiento de urgencia. La publicidad de los trabajos parlamentarios: origen y significación política. Los medios de publicidad parlamentaria. El boletín oficial y los diarios de sesiones. Excepciones al principio de publicidad. Especial referencia al Parlamento de las Illes Balears.

Tema 74

La disciplina parlamentaria: naturaleza y principios de su régimen jurídico. La disciplina parlamentaria en el Parlamento de las Illes Balears: sanciones a los diputados o a las diputadas por el incumplimiento de sus deberes y a los oradores o a las oradoras por hechos originados durante el desarrollo de los debates. El mantenimiento del orden en el recinto parlamentario.

Tema 75

El funcionamiento del Parlamento en circunstancias excepcionales: la declaración y las medidas excepcional a adoptar.

 

Tema 76

Los actos parlamentarios: concepto, clases y naturaleza jurídica. Los recursos contra los actos parlamentarios: internos, ante el Tribunal Constitucional y ante los tribunales ordinarios.

Tema 77

El procedimiento legislativo en el Parlamento de las Illes Balears. La iniciativa legislativa: significación y tipología. La iniciativa del Gobierno de las Illes Balears. La iniciativa legislativa de los diputados y las diputadas y de los grupos parlamentarios: requisitos y limitaciones. Otros supuestos de iniciativa legislativa. La toma en consideración. Retirada de proyectos y proposiciones de ley.

Tema 78

La iniciativa legislativa popular en las Illes Balears.

Tema 79

La tramitación de los textos legislativos en el Parlamento de las Illes Balears. Las enmiendas, clases y régimen jurídico. El informe de la ponencia. El debate en comisión. El debate en el Pleno.

Tema 80

Los procedimientos legislativos especiales en el Parlamento de las Illes Balears. La elaboración de proposiciones de ley para su remisión al Congreso de los Diputados. Promulgación y publicación de las leyes.

Tema 81

El control del Parlamento de las Illes Balears sobre las disposiciones del Gobierno con fuerza de ley.

Tema 82

Los instrumentos específicos de control, dirección política e información en el Parlamento de las Illes Balears (I): La cuestión de confianza. La moción de censura.

Tema 83

Los instrumentos específicos de control, dirección política e información en el Parlamento de las Illes Balears (II). El debate general sobre la acción política y de gobierno. Examen y debate de las comunicaciones, programas y planes del Consejo de Gobierno de las Illes Balears.

Tema 84

Los instrumentos específicos de control, dirección política e información en el Parlamento de las Illes Balears (III). Preguntas e interpelaciones, mociones y proposiciones no de ley.

Tema 85

Los instrumentos específicos de control, dirección política e información en el Parlamento de las Illes Balears (IV). Las comisiones de investigación. Solicitudes de información, sesiones informativas y comparecencias.

Tema 86

Las relaciones del Parlamento de las Illes Balears con otras instituciones y entidades. Elección, designación, propuesta y nombramiento de cargos públicos y autoridades.

Tema 87

El Parlamento abierto. La Comisión de participación ciudadana. La participación en el procedimiento legislativo. Preguntas de iniciativa ciudadana.

Tema 88

La reforma del reglamento del Parlamento. Principales novedades en las reformas de 2019 y 2020. La Comisión General de Consejos Insulares.

Tema 89

La Oficina de Prevención y Lucha contra la Corrupción en las Illes Balears. Su relación con el Parlamento de las Illes Balears.

Tema 90

El Estatuto de Personal del Parlamento de las Illes Balears: aprobación, modificación, naturaleza jurídica y contenido. El personal del Parlamento de las Illes Balears: caracteres básicos, régimen jurídico, ingreso y cese; situaciones; derechos, deberes e incompatibilidades; régimen disciplinario.

Tema 91

Los servicios técnicos del Parlamento de las Illes Balears: organización. El oficial o la oficiala mayor. Funciones de los letrados del Parlamento de las Illes Balears. Las demás dependencias y servicios del Parlamento.

IV. Derecho electoral

Tema 92

Participación y representación. Los presupuestos teóricos de la participación ciudadana: democracia directa y democracia indirecta o representativa.

Tema 93

Los partidos políticos como instrumento de participación. Función constitucional y regulación legal en España. El principio de democracia interna. La financiación de los partidos.

Tema 94

Los sistemas electorales. Sistemas mayoritarios, proporcionales y mixtos. Repercusión del sistema electoral sobre las fuerzas políticas.

Tema 95

Fuentes del derecho electoral. El concepto de régimen electoral general en la ley y en la jurisprudencia. El sistema electoral para las elecciones al Congreso de los Diputados y al Senado, a las entidades locales y al Parlamento Europeo.

Tema 96

El sistema electoral del Parlamento de las Illes Balears. Configuración legal y estatutaria. La Ley 8/1986, de 26 de noviembre, electoral de la comunidad autónoma de las Illes Balears. Elecciones a los consejos insulares de Mallorca, Menorca e Ibiza.

Tema 97

Capacidad electoral activa. El censo electoral: inscripción y formación. La Oficina del Censo Electoral. Capacidad electoral pasiva: causas de inelegibilidad e incompatibilidad. Especial referencia al Parlamento de las Illes Balears.

Tema 98

La organización electoral. La administración electoral. Las diferentes juntas electorales. Las mesas y secciones electorales. Especial referencia a las elecciones al Parlamento de las Illes Balears.

Tema 99

La convocatoria de elecciones. Las candidaturas: clases, presentación y proclamación. La campaña electoral. La propaganda: utilización de mediados de titularidad pública. Especial referencia a las elecciones al Parlamento de las Illes Balears.

Tema 100

La composición de las mesas electorales. Apoderados e interventores. Sobres y papeletas. La votación. El escrutinio en las mesas y el escrutinio general. La proclamación de electos

Tema 101

Las cuentas y los gastos electorales. Las subvenciones electorales. Los recursos incidentales durante el proceso y el procedimiento contencioso electoral. Los delitos y las infracciones electorales.

V. Derecho administrativo

Tema 102

El principio de legalidad de la Administración. Potestades regladas y discrecionales: discrecionalidad y conceptos jurídicos indeterminados. El control de la discrecionalidad administrativa: técnicas de control. El principio de autotutela: la supremacía posicional de la administración pública. La autotutela administrativa: características y manifestaciones.

Tema 103

La relación jurídica. El ciudadano o la ciudadana como titular de derechos ante la administración. Los derechos públicos subjetivos. Los intereses legítimos. Capacidad jurídica y capacidad de obrar.

Tema 104

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Concepto, ámbito de aplicación y principios generales.

Tema 105

La ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público. Concepto, ámbito de aplicación y principios generales.

Tema 106

La Administración pública y el derecho. El derecho administrativo: concepto y características. La organización administrativa: concepto, principios y sistemas de organización. La organización administrativa y el derecho. La potestad organizadora. Los órganos administrativos: concepto y elementos. Naturaleza jurídica de la relación entre el titular del órgano y la administración. Clases de órganos administrativos. Régimen jurídico: la creación de órganos administrativos y los órganos colegiados.

Tema 107

La competencia administrativa: concepto y naturaleza jurídica. Clases de competencia. Las técnicas de alteración del ejercicio de la competencia: la delegación, la avocación, los encargos de gestión, la delegación de firma y la suplencia. Decisiones sobre competencia.

Tema 108

Funcionamiento electrónico del sector público. La sede electrónica. Portal de Internet. Sistemas de identificación de las administraciones públicas. La actuación administrativa automatizada. Los sistemas de firma para la actuación administrativa automatizada. La firma electrónica del personal al servicio de las administraciones públicas. La interoperabilidad de la firma electrónica y el archivo electrónico de documentos.

Tema 109

Los convenios: definición y tipo. Requisitos de validez y eficacia de los convenios. Contenido y efectos de la resolución de los convenios.

Tema 110

Las relaciones interadministrativas. Principios generales. La colaboración, la cooperación y las relaciones electrónicas entre las administraciones.

Tema 111

El acto administrativo. Concepto y naturaleza jurídica. Clases de actos administrativos. Requisitos de los actos administrativos. Utilización de técnicas electrónicas. Eficacia de los actos administrativos: la notificación y la publicación.

Tema 112

La invalidez de los actos administrativos. Nulidad de pleno derecho y anulabilidad. Los actos administrativos irregulares. La validación, conservación y conversión de los actos administrativos.

Tema 113

El procedimiento administrativo (I). Concepto y finalidad. La regulación del procedimiento administrativo en el derecho español. Principios inspiradores del procedimiento administrativo. Los derechos de los ciudadanos en el procedimiento. Los interesados en el procedimiento: concepto, capacidad de obrar, persona interesada y representación. La identificación y la firma de las personas interesadas en el procedimiento.

Tema 114

El procedimiento administrativo (II). Los plazos administrativos: regulación y jurisprudencia. La estructura del procedimiento administrativo y sus fases. Normas generales de actuación. La obligación de resolver. El silencio administrativo: concepto y clases. Términos y plazos.

Tema 115

El procedimiento administrativo común (III). Las garantías del procedimiento. La iniciación, todas las especialidades. La ordenación del procedimiento. La instrucción: la prueba, los informes y la participación de los interesados. La finalización del procedimiento: terminación, resolución y caducidad. La ejecución.

Tema 116

La revisión de los actos administrativos. La revisión de oficio de los actos nulos. La declaración de lesividad de actos anulables. Suspensión de los actos objeto de revisión. La revocación. La rectificación de los errores. Límites a la revisión.

Tema 117

Los recursos administrativos: concepto y naturaleza jurídica. Clases de recursos y regulación positiva. Requisitos subjetivos y objetivos. El procedimiento administrativo en vía de recurso: especialidades. El recurso de alzada. El recurso potestativo de reposición. El recurso extraordinario de revisión. Los procedimientos alternativos de impugnación.

Tema 118

Los procedimientos especiales: planteamiento. El procedimiento para la elaboración de disposiciones de carácter general. Reclamaciones previas al ejercicio de las acciones civiles y laborales. Especial referencia a la comunidad autónoma de las Illes Balears.

Tema 119

La expropiación forzosa: concepto, fundamento y naturaleza jurídica. Elementos de la expropiación forzosa: sujeto, objeto, contenido y causa. El procedimiento de expropiación: el procedimiento general u ordinario y sus fases. El procedimiento de urgencia.

Tema 120

La responsabilidad patrimonial de las administraciones públicas: los principios y requisitos de la responsabilidad patrimonial. La efectividad de la responsabilidad patrimonial: la indemnización y el procedimiento de responsabilidad. La acción de repetición.

Tema 121

Las sanciones administrativas: concepto y clases. Los principios de la potestad sancionadora. El procedimiento administrativo sancionador: principios y estructura del procedimiento sancionador.

Tema 122

Los contratos administrativos (I). La legislación de contratos del sector público. La normativa de contratos de la comunidad autónoma de las Illes Balears: ámbito de aplicación, estructura y contenido básico. Contratos administrativos: concepto y características. Naturaleza jurídica. Clases de contratos de las administraciones públicas.

Tema 123

Los contratos administrativos (II). Elementos de los contratos administrativos: sujeto, objeto, causa. La forma de los contratos administrativos: el procedimiento administrativo de contratación y sus fases. La adjudicación del contrato: procedimientos de adjudicación y formas de elección del contratista. Comunicación, formalización y publicación. Especialidades formales relativas a los diferentes contratos. La doctrina de los actos separables. La invalidez de los contratos: causas.

Tema 124

Los contratos administrativos (III). El contenido de los contratos administrativos: derechos y deberes de las partes. Las garantías del cumplimiento contractual. Las prerrogativas de la administración y las garantías del contratista. La extinción de los contratos administrativos: cumplimiento y resolución. La ejecución en sentido impropio: la cesión del contrato y la subcontratación.

Tema 125

El patrimonio de las administraciones públicas: concepto y clases. El dominio público: concepto, naturaleza jurídica y clases. Elementos: sujeto, objeto y destino. Afectación y desafectación. Régimen jurídico del dominio público de la Comunidad Autónoma, de conformidad con la legislación autonómica de las Illes Balears en materia de patrimonio: la inalienabilidad, la inembargabilidad, la imprescriptibilidad, la delimitación administrativa y la recuperación de oficio de los bienes. La utilización del dominio público: usos comunes y privativos; autorizaciones y concesiones; reservas demaniales.

Tema 126

Las formas de la acción administrativa. El fomento: concepto y evolución histórica. Manifestaciones de la actividad administrativa de fomento. La subvención. La policía: concepto y evolución histórica. Principios de la actividad administrativa de limitación. Manifestaciones. La actividad administrativa de servicio público. Evolución histórica. Concepto y clases de servicios públicos. Las formas de gestión de los servicios públicos: la gestión directa, indirecta y mixta. La concesión: concepto y clases. Contenido y extinción de la concesión.

Tema 127

La regulación constitucional de la función pública: principios. El Estatuto básico del empleado público. La función pública en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (I). La Ley de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Objeto y ámbito de aplicación. El personal al servicio de la Administración pública: concepto y clases. El funcionario público: concepto y clases. Naturaleza jurídica de la relación funcionarial.

Tema 128

La función pública en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (II). Estructura y organización actual de la función pública. Elementos. La relación de puestos de trabajo. Los planes de ocupación pública. Cuerpos, escalas y especialidades, y grupos de clasificación de los funcionarios. El grado personal. El registro administrativo de personal.

Tema 129

La función pública en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (III). La constitución de la relación funcionarial. La selección de los funcionarios: principios, requisitos para acceder a la función pública y sistemas de selección. La adquisición de la condición de funcionario. Requisitos. La provisión de puestos de trabajo. Sistemas de provisión.

Tema 130

La función pública en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (IV). El contenido de la relación funcionarial. Los derechos de los funcionarios. Derechos económicos y no económicos; derechos individuales. Los derechos pasivos. Los deberes de los funcionarios. Las incompatibilidades de los funcionarios. Los derechos colectivos de los funcionarios.

Tema 131

La función pública en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (V). La dinámica de la relación funcionarial. Las situaciones administrativas de los funcionarios de carrera: servicio activo, servicios especiales, servicio en otras comunidades autónomas, la excedencia y sus clases, suspensión de funciones, expectativa de destino y jubilación parcial.

Tema 132

La función pública en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (VI). La responsabilidad de los funcionarios. Clases. La responsabilidad disciplinaria: concepto, infracciones y sanciones disciplinarias. El procedimiento disciplinario. La extinción de la responsabilidad disciplinaria. La extinción de la relación funcionarial.

 

​​​​​​​Tema 133

Las administraciones públicas y la sociedad de la información. La administración electrónica: cimientos y principios. El régimen jurídico de la administración electrónica: regulación estatal y normativa autonómica. El modelo de administración electrónica de las Illes Balears.

Tema 134

La regulación de la protección de datos personales y garantías digitales. La protección de los datos personales en las administraciones públicas.

Tema 135

Derecho y gobierno abierto. El buen gobierno, transparencia y participación. La regulación de los principios y derecho de transparencia, la buena administración y la participación: normativa estatal y autonómica.

Tema 136

La información pública en Internet: regulación estatal y autonómica. La responsabilidad por la actividad informativa de las administraciones públicas. La reutilización de la información del sector público.

 VI. Derecho financiero

Tema 137

La actividad financiera de los entes públicos. El derecho financiero. Interpretación y aplicación del derecho financiero. Los principios constitucionales de la actividad financiera. El poder financiero en España: titulares.

Tema 138

El objeto de la actividad financiera (I). Los ingresos públicos: concepto y clases. Los ingresos tributarios: concepto, clases y estructura general. Los ingresos patrimoniales. Los ingresos crediticios. Los ingresos monopolísticos.

Tema 139

El objeto de la actividad financiera (II). Los gastos públicos: aspectos históricos y económicos. Concepto, clases y régimen jurídico de los gastos públicos.

Tema 140

La obligación tributaria (I). Relación jurídica y obligación tributaria. Nacimiento de la obligación tributaria. El hecho imponible. La causa de la obligación tributaria.

Tema 141

La obligación tributaria (II). Los sujetos de la obligación tributaria. Los elementos cuantitativos: base imponible y los tipos de gravamen. La estructura de la obligación tributaria: crédito y deuda tributaria. La extinción de la obligación tributaria.

Tema 142

El procedimiento tributario. La liquidación tributaria. La inspección tributaria. La recaudación tributaria. Infracciones y sanciones tributarias. Las reclamaciones económico-administrativas: órganos competentes, actos impugnables, procedimiento y recursos.

Tema 143

El presupuesto. Concepto y naturaleza jurídica. Los principios inspiradores. Técnicas de elaboración. El régimen presupuestario español. La Ley general presupuestaria. Estructura de los presupuestos del Estado. Su elaboración.

Tema 144

Los presupuestos de la comunidad autónoma de las Illes Balears. Normativa. Contenido y estructura. Procedimiento de elaboración. Modificación, ejecución y liquidación. El presupuesto del Parlamento de las Illes Balears.

Tema 145

El control de la actividad financiera de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears. Clases. El control interno. El control parlamentario. El control de la Sindicatura de Cuentas de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

Tema 146

La Sindicatura de Cuentas de la comunidad autónoma de las Illes Balears. Análisis de su ley reguladora. Relaciones con el Tribunal de Cuentas.

Tema 147

El régimen financiero de las comunidades autónomas. Los recursos de las comunidades autónomas. Tributos propios. Tributos cedidos. Asignaciones niveladoras de servicios fundamentales y Fondos de Compensación Interterritorial. Ingresos patrimoniales y de derecho privado. Ingresos crediticios. Otros ingresos. Los recursos de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

Tema 148

Autonomía financiera de las comunidades autónomas. Concepto y alcance. Principios relativizadores de la autonomía financiera. El principio de coordinación. El principio de solidaridad. La LOFCA.

VII. Derecho civil

Tema 149

Derecho civil: concepto y contenido. La formación del derecho civil en España. El Código Civil y legislación complementaria.

Tema 150

Derechos civiles especiales en España. La Compilación de Derecho Civil de las Illes Balears.

Tema 151

La persona física. Comienzo y fin de la personalidad. Capacidad jurídica y capacidad de obrar de la persona. El estado civil. El Registro Civil.

Tema 152

La nacionalidad de las personas físicas: adquisición, modificación y pérdida.

Tema 153

Las personas jurídicas. Clases de personas jurídicas. El domicilio y la nacionalidad de las personas jurídicas. Capacidad de las personas jurídicas. Modificación y extinción. Las asociaciones y las fundaciones. La representación.

Tema 154

El derecho de propiedad privada y su reconocimiento en la Constitución Española. Función social y delimitación de su contenido. Garantías constitucionales de este derecho. La acción reivindicatoria.

Tema 155

Maneras de adquirir la propiedad. El título y el modo. La ocupación.

Tema 156

La comunidad de bienes. Sistemas y régimen legal. La propiedad horizontal.

Tema 157

La posesión: concepto, naturaleza y clases. Adquisición, conservación y pérdida.

 

​​​​​​​Tema 158

Los derechos reales sobre cosas ajenas: derechos reales de goce. Los derechos reales de garantía.

Tema 159

Las relaciones obligatorias. Fuentes de las obligaciones. Causas de extinción de las obligaciones.

Tema 160

El contrato. Clases de contratos. Formas de los contratos. Perfección y consumación. Interpretación.

Tema 161

La compraventa. Su perfección. Obligaciones del vendedor y del comprador. Los retractos.

Tema 162

El matrimonio: concepto, clases y naturaleza. Las parejas estables. Regímenes económicos matrimoniales. Especial referencia al régimen de separación de bienes. El régimen económico conyugal en la Compilación del Derecho Civil de las Illes Balears.

Tema 163

La sucesión. Clases, especial referencia a la sucesión testamentaria. La herencia. Apertura y delación. Condiciones para la sucesión mortis causa. Legislación de las Illes Balears en materia de sucesiones: disposiciones aplicables en Mallorca y Menorca e Ibiza y Formentera.

Tema 164

La institución de heredero. La sucesión forzosa. Las legítimas. La sucesión intestada. Casos en que se produce. Orden de llamamiento. Análisis de la sucesión del Estado y de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

VIII. Derecho procesal

Tema 165

El Poder Judicial y el ejercicio de la potestad jurisdiccional: cimiento constitucional. La jurisdicción: extensión y límites. Los conflictos de jurisdicción y las cuestiones de competencia. La planta y la organización territorial judicial. Competencias de las comunidades autónomas relacionadas con la Administración de Justicia.

Tema 166

Los principios procesales contenidos en la Constitución y en la Ley Orgánica del Poder Judicial. El derecho a la tutela judicial efectiva. Los actos de comunicación a las partes: especialmente los actos de comunicación a las administraciones públicas. Representación y defensa de las administraciones públicas, autoridades y empleados públicos. Responsabilidad patrimonial de la Administración de Justicia.

Tema 167

El orden jurisdiccional civil. Concepto y ámbito de la jurisdicción. Los órganos jurisdiccionales individuales y colegiados. Su competencia. Caracteres generales del procedimiento civil. Idea de los diferentes procedimientos.

Tema 168

El orden jurisdiccional penal. Concepto y ámbito de la jurisdicción. Los órganos jurisdiccionales individuales y colegiados, su competencia. Caracteres generales del procedimiento penal. Idea de los diferentes procedimientos.

Tema 169

Concepto de administración pública a efectos del recurso contencioso-administrativo. Cuestiones a las que se extiende el conocimiento de este orden jurisdiccional y cuestiones que quedan excluidas. Los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa. Las reglas de competencia de estos órganos.

 

​​​​​​​Tema 170

Las partes: capacidad, legitimación y representación y defensa. Especial referencia al Parlamento de las Illes Balears. Objeto del recurso contencioso-administrativo. Actividad administrativa impugnable; exclusiones legales. Pretensiones de las partes. Acumulación y cuantía del recurso.

Tema 171

El procedimiento contencioso–administrativo (I). Plazos. Procedimiento en primera o única instancia. Diligencias preliminares. Interposición del recurso contencioso-administrativo. El recurso de lesividad. El anuncio del recurso y reclamación del expediente.

Tema 172

El procedimiento contencioso–administrativo (II). La admisión del recurso. Trámite para completar el expediente. Demanda y contestación. Aportación de documentos. Alegaciones previas.

Tema 173

El procedimiento contencioso–administrativo (III). Prueba. Vista y conclusiones. La sentencia. Otras formas de finalización. La cuestión de ilegalidad.

Tema 174

El procedimiento contencioso–administrativo (IV). Procedimiento abreviado. Procedimiento contencioso-electoral.

Tema 175

El procedimiento contencioso–administrativo (V). Costas procesales. Recursos contra providencias y actuaciones. Recurso de apelación: resoluciones contra las que procede y motivos del recurso. Procedimiento. Contenido y efectos de la sentencia.

Tema 176

El procedimiento contencioso–administrativo (VI). Recurso de casación. Motivos del recurso. Procedimiento. Contenido y efectos de la sentencia. Recurso de revisión.

IX. Otras ramas del derecho

Tema 177

Concepto y contenido del derecho mercantil. Las fuentes del derecho mercantil. El Código de Comercio y la legislación complementaria. Los actos de comercio.

Tema 178

La empresa mercantil: concepto, naturaleza y elementos. La publicidad en el derecho mercantil. El comerciante individual. La sociedad mercantil: concepto, clases y notas fundamentales de su régimen jurídico.

Tema 179

El derecho del trabajo: evolución histórica, concepto y contenido. Las notas configuradoras del trabajo objeto del derecho del trabajo. Las fuentes del derecho del trabajo.

Tema 180

El contrato de trabajo: concepto, caracteres, naturaleza y clases. Las partes. El contenido. La extinción del contrato de trabajo.

Tema 181

Las relaciones colectivas laborales. Los sindicatos. Las asociaciones empresariales. Representación y participación de los trabajadores en la empresa. Los conflictos colectivos y sistemas de solución.

 

​​​​​​​Tema 182

Concepto, principios y sistema de seguridad social. Normas de régimen general. Regímenes especiales y complementarios de la seguridad social. Aplicación de los sistema de seguridad social a los funcionarios públicos.

Tema 183

El delito. Concepto. Clasificación de los delitos. Teoría jurídica del delito: tipicidad; antijuricidad; culpabilidad e imputabilidad.

Tema 184

La pena. Concepto y clases. Reglas de aplicación. Concursos de delitos. Circunstancias modificativas de la responsabilidad penal: eximentes, atenuantes y agravantes. Especial referencia a la inhabilitación.

Tema 185

Delitos contra la Administración Pública. Concepto de autoridad y funcionario público a efectos penales. Prevaricación. Delitos de los funcionarios públicos en el ejercicio de sus cargos. Soborno, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias, infidelidad en la custodia de documentos y violación de secretos.

Tema 186

Delitos contra las instituciones del Estado y la división de poderes.

Tema 187

Delitos relativos a la ordenación territorial y el urbanismo, la protección del patrimonio histórico y el medio ambiente.

​​​​​​​  

ANEXO III

Tribunal calificador

Miembros titulares del tribunal

- Presidenta: Esperança Munar Pascual, letrada del Parlamento de las Illes Balears

  • Vocal 1: Lluís Isern Estela, letrado del Parlamento de las Illes Balears
  • Vocal 2: Catalina Palmer Taura, jefa de servicio del Àrea de Asistencia Técnica Parlamentaria del Parlamento de las Illes Balears
  • Vocal 3: Maria Ballester Cardell, profesora de Derecho Constitucional de la Universitat de les Illes Balears
  • Vocal 4: Joana Maria Servera Martínez, abogada de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

- Representante de la Junta de Personal: con voz pero sin voto.

Miembros suplentes del tribunal

- Presidente: Miquel Monserrat Bibiloni, letrado del Parlamento de las Illes Balears

  • Vocal 1: Gabriel Payeras Muntaner, letrado del Parlamento de las Illes Balears
  • Vocal 2: Maria Magdalena Matas Martorell, interventora del Parlamento de las Illes Balears
  • Vocal 3: Aina Salom Parets, profesora de Derecho Administrativo de la Universitat de les Illes Balears
  • Vocal 4: Pere Fullana Barceló, abogado de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

- Representante de la Junta de Personal: con voz pero sin voto.

 

ANEXO IV

Modelo de instancia

Datos personales

Nombre y apellidos

 

Fecha de nacimiento

 

DNI

 

Domicilio

 

Municipio

 

Provincia

 

Código postal

 

Teléfono

 

Correo electrónico

 

 

1. Declaro que cumplo los requisitos que se exige en la base segunda de la convocatoria, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para presentar las solicitudes y durante todo el proceso selectivo, y que son ciertos los datos consignados en esta solicitud y los documentos aportados, y sé que la inexactitud, la falsedad o la omisión en cualquier dato o documento puede producir los efectos previstos en el artículo 69.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

2. Manifiesto que no he sido separado del servicio de la Administración local, autonómica o estatal, ni estoy inhabilitado para el ejercicio de la función pública. Me comprometo a comunicar a la autoridad convocante cualquier cambio que se produzca en este sentido en mi situación personal.

3. Declaro que cumplo el requisito de tener las capacidades y las aptitudes físicas y psíquicas que son necesarias para el ejercicio de las funciones del cuerpo de letrados del Parlamento de las Illes Balears, la escala y/o la especialidad a que corresponde el proceso selectivo.

Adjunto

1. El título de la licenciatura o grado en Derecho establecido a la base segunda punto cinco de la presente convocatoria, mediante copia compulsada.

2. El certificado C1 o equivalente que acredita el nivel de catalán, mediante copia compulsada.

3. El DNI o el documento equivalente para aquellos aspirantes que no tengan la nacionalidad española, mediante copia compulsada.

4. En relación a los conocimientos de castellano para los aspirantes que no tenguin la nacionalidad española:

• Adjunto el correspondiente título o certificación homologado ​​​​​​​

Solicito

1. Realizar la prueba voluntaria de idioma que establece la base quinta de la convocatoria, con la lengua extranjera:

  • Inglés  
  • Alemán  
  • Francés  

2. Ser admitido o admitida a las correspondientes pruebas selectivas de una plaza de letrado o letrada del Parlamento de las Illes Balears.

Palma , ___ de ___________ de 2022

[Firma]

Sr. Presidente del Parlamento de las Illes Balears

De conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en cuanto al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD) y con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, y con la legislación concordante y vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de datos personales que contiene esta solicitud. El responsable del tratamiento de vuestros datos es el Parlamento de las Illes Balears. Vuestros datos serán tratados con el fin de gestionar el proceso selectivo. La legitimación para el uso de vuestros datos está basada en el ejercicio de poderes públicos otorgados a esta Institución y el consentimiento de la persona interesada. Los resultados serán publicados si así se considera. Los datos se conservarán en el archivo de la cámara durante los plazos definidos en la normativa propia de gestión documental. Derechos: acceder, rectificar y suprimir los datos de carácter personal, así como otros derechos reconocidos por la normativa vigente.

ANEXO V

Información adicional sobre protección de datos personales

Responsable del tratamiento

El Parlamento de las Illes Balears, como responsable del tratamiento, informa a los aspirantes que tratará los datos personales de los candidatos y de las personas seleccionadas en el proceso selectivo con el fin de gestionar la convocatoria de oferta pública de trabajo, y cumple y se somete a las obligaciones establecidas en el Reglamento europeo 2016/679, del 27 de abril, general de protección de datos (RGPD), la Ley Orgánica 3/2018, del 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, y el resto de normativa complementaria.

Finalidad del tratamiento

Los datos serán tratados con el fin de llevar a cabo el proceso selectivo para el ingreso en el cuerpo de letrados del Parlamento de las Illes Balears, así como para el nombramiento como funcionario de carrera de las personas aspirantes que lo hayan superado y la constitución de la bolsa de interinos ordinaria derivada de este proceso.

Con la solicitud de participación, los aspirantes dan su consentimiento al tratamiento de los datos personales necesarios para tomar parte en la convocatoria y para el resto de tramitación del proceso de selección, de acuerdo con la normativa vigente.

Legitimación

El tratamiento de los datos personales es necesario para cumplir una obligación legal y conseguir el interés público, como es la selección de personal al servicio de las administraciones públicas de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.

La base jurídica del tratamiento es el consentimiento de los aspirantes y una obligación legal, tal como establece el artículo 55 del texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, del 30 de octubre. Los datos podrán ser comunicados, cumpliendo la normativa legal, a otras administraciones públicas.

Categorías de datos personales objeto de tratamiento

  • Datos de carácter identificativo: Nombre, DNI, fecha de nacimiento, teléfono y dirección de correo electrónico.
  • Datos académicos y profesionales: Titulación y nivel de conocimientos de lengua catalana.
  • Datos relativos a la salud: Porcentaje y tipo de discapacidad.

Los aspirantes son informados de que los datos de nombre, apellidos o últimos cuatro dígitos del número del documento oficial de identidad serán publicados en la página web del Parlamento y en los medios definidos por la legislación, en aquello relacionado con la convocatoria de selección de personal (listas de admitidos y excluidos) en cumplimiento de la Ley 19/2013, de 19 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Los plazos de conservación de los datos serán los necesarios para cumplir la finalidad del procedimiento y los que prevé la legislación de archivos para las administraciones públicas, de acuerdo con el artículo 26 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.

Por lo tanto, una vez sea firme la resolución de la convocatoria y el nombramiento de personal, los aspirantes que hayan participado y no hayan sido seleccionados tendrán un plazo de seis meses para retirar la documentación aportada dirigiéndose al Departamento de Recursos Humanos. Después de este plazo, podrá destruirse esta documentación.

Destinatarios de los datos personales

Se cederán los datos a los siguientes organismos o personas, a efectos de cumplir lo que prevé la legislación vigente en materia de selección de personal:​​​​​​​​​​​​​​

  • Tribunal calificador del proceso selectivo: para el desarrollo de las pruebas selectivas.
  • Departamento de Recursos Humanos del Parlamento de las Illes Balears: para el nombramiento y toma de posesión del personal funcionario de carrera o, en su caso, para el nombramiento como personal funcionario interino.
  • Butlletí Oficial del Parlament de les Illes Balears: en aplicación de las obligaciones que prevé la normativa para seleccionar empleados públicos con las previsiones que establece la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
  • Otros participantes en el procedimiento selectivo: en virtud del principio de transparencia que rige los procedimientos selectivos de acceso a la función pública, las personas aspirantes podrán solicitar la consulta de los ejercicios de las otras participantes, y de sus méritos, en su caso, para comprobar el funcionamiento correcto del proceso selectivo. En ningún caso podrán obtener los datos de contacto otros personas aspirantes, como la dirección postal, el número de teléfono o la dirección de correo electrónico.
  • Administración de justicia: en caso de que algún juzgado o tribunal requiera el expediente del procedimiento, la Administración enviará los datos personales que consten en la Administración de justicia.

No se cederán los datos personales a otros organismos o terceros, salvo que exista obligación legal o interés legítimo, de acuerdo con el RGPD.

Ejercicio de derechos y reclamaciones

El Parlamento de las Illes Balears llevará a cabo las acciones y medidas necesarias para garantizar la confidencialidad e integridad de la información con el objetivo de velar por la privacidad y la intimidad de los participantes en el proceso de selección.

Las personas afectadas por el tratamiento de datos personales tienen derecho a solicitar a la Oficialia Mayor del Parlamento de las Illes Balears la confirmación de que sus datos son objeto de tratamiento, el acceso a sus datos personales, la información, su rectificación o supresión, la limitación o la oposición al tratamiento y la no inclusión en tratamientos automatizados (e incluso, retirar el consentimiento, en su caso, en los términos que establece el RGPD). También tienen derecho a la portabilidad de los datos en los términos que el ejercicio de este derecho pueda afectar al proceso selectivo.

Si algún aspirante considera que el Parlamento de las Illes Balears ha incumplido alguno de los principios de la legislación o no ha dado respuesta de manera adecuada a sus solicitudes en materia de protección de datos, se puede dirigir y presentar una reclamación ante el responsable del tratamiento, la Oficialía Mayor como responsable del tratamiento por representación de la Institución parlamentaria.

Con posterioridad a la respuesta del responsable o al hecho de que no haya respondido en el plazo de un mes, puede presentar la Reclamación de tutela de derechos ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

Datos de contacto del Delegado de Protección de datos: El delegado de Protección de Datos del Parlamento de las Illes Balears se encuentra en el edificio sede del Parlamento de las Illes Balears (calle Conquistador, 11).