Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ

Núm. 254303
Formalización del encargo a medios propios para la gestión del servicio de vigilancia, salvamento, socorrismo y accesibilidad al litoral del término municipal de Calvià a la empresa municipal Limpiezas Costa de Calvia SA

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

De una parte, D. Alfonso Rodríguez Badal, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Calvià, representación que ostenta en virtud del acuerdo del Pleno extraordinario adoptado en sesión constitutiva celebrada en fecha 15 de junio de 2019, quien interviene en nombre y representación del Ayuntamiento, en uso de las facultades que le confiere la legislación vigente.

Y de la otra, Marcos Pecos Quintans, quien actúa en nombre y representación de “Limpiezas Costa de Calvià.”, con CIF A07531148, según escritura de acuerdos sociales otorgada delante de la notaría de Calvià, Sr. Raimundo Fortuny Marquès, en fecha 23 de diciembre de 2020, bajo el número 3157 de su protocolo y debidamente inscrita en el Registro Mercantil.

Ambas partes se reconocen competencia y capacidad, respectivamente, para formalizar el presente documento.

EXPONEN

El Ayuntamiento de Calvià tiene que disponer de un servicio de vigilancia, salvamento, socorrismo y accesibilidad tanto en la zona inmediatamente limítrofe a la arena, como en el agua, dentro de lo que se considera zona de baño, en las playas y en toda la costa del Municipio de Calvià.

Esta necesidad viene establecida en la legislación aplicable para los municipios que tienen playas y zonas de baño en su territorio, por eso se hace necesaria la contratación de un servicio de vigilancia, salvamento, socorrismo y accesibilidad, tanto en la zona inmediatamente limítrofe a la arena, como en el agua, dentro de lo que se considera zona de baño, en las playas y en toda la costa del Municipio de Calvià.

La Sociedad «Limpiezas Costa de Calvià, es una sociedad privada municipal en forma de sociedad anónima, constituida por el Ayuntamiento de Calvià con sujeción a la Ley de Sociedades de Capital, la legislación local y administrativa que le sea aplicable por su naturaleza de sociedad mercantil local, por otras disposiciones que le sean aplicables y estos Estatutos.

De acuerdo con lo que disponen los Estatutos la sociedad tiene la condición de medio propio y servicio técnico del Ayuntamiento de Calvià para la prestación de servicios y actividades comprendidas dentro de su objeto social, con el fin de ejecutar los encargos que le sean realizados por el Ayuntamiento y sus entidades en los términos y condiciones señaladas en los acuerdos municipales que se adopten conforme a lo que se establece en la legislación de contratos del sector público y normativa complementaria.

Dado que el Ayuntamiento de Calvià no puede adjudicar el contrato de Servicio de vigilancia, salvamento, socorrismo y accesibilidad al litoral del término municipal de Calvià a causa de la interposición de un recurso especial en materia de contratación y dado que la sociedad Limpiezas Costas de Calvià tiene la condición de medio propio y servicio técnico del Ayuntamiento de Calvià para la prestación de servicios y actividades comprendidas dentro de su objeto social, con el fin de ejecutar los encargos que le sean realizados por el Ayuntamiento y sus entidades en los términos y condiciones señaladas en los acuerdos municipales que se adopten conforme a lo que se establece en la legislación de contratos del sector público y normativa complementaria, es adecuado y conforme a la legislación vigente el encargo que nos ocupa.

Este encargo es necesario para dar cumplimiento a las competencias municipales, según el artículo 115 de la Ley 22/1988, de Costas y el artículo 225 del RD 87/2014, Reglamento de Costas, de 10 de octubre, el artículo 29.2 letras n) y o) de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares, y también los decretos 2/2005, de 14 de enero, regulador de las medidas mínimas de seguridad y protección que tienen que cumplir las playas y las zonas de baño de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, y 27/2015, del 24 de abril, de modificación del Decreto 2/2005.

Los encargos de los poderes adjudicadores a medios propios se regulan en los artículos 32 de la LCSP. Se entenderá que un encargo se ha realizado cuando haya sido objeto de su formalización documental.

Atendido lo expuesto, el objeto del encargo de medio propio es el servicio de vigilancia, salvamento, socorrismo y accesibilidad al litoral del término municipal de Calvià y de acuerdo con el acuerdo plenario en fecha 28 de abril del 2022, ambas partes

ACUERDAN

PRIMERO. Encargar al medio propio del Ayuntamiento de Calvià, la sociedad municipal "LIMPIEZAS COSTA DE CALVIÀ, SA.", la gestión del servicio de vigilancia, salvamento, socorrismo y accesibilidad al litoral del término municipal de Calvià.

SEGUNDO. El encargo al medio propio desplegará su eficacia a partir del 1 de mayo del 2022 y finalizará el 30 de noviembre del 2022 o cuando se adjudique el nuevo contrato de servicio de vigilancia, salvamento, socorrismo y accesibilidad al litoral del término municipal de Calvià. Asimismo, si fuera necesario continuar con el encargo, se utilizará el mismo criterio en función de las compensaciones a percibir, actividades solicitadas.

TERCERO. Se ha dispuesto un gasto a favor de “LIMPIEZAS COSTA DE CALVIÀ, SA por un importe de ciento ochenta y seis mil seiscientos ocho euros con cincuenta y nueve céntimos (186.608,59 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 107-13500-2270600 del presupuesto 2022.

CUARTO. La empresa municipal “LIMPIEZAS COSTA DE CALVIÀ, SA” facturará mensualmente al Ayuntamiento de Calvià los gastos correspondientes derivados de la ejecución del encargo al medio propio, durante la vigencia del mismo. La compensación tarifaria mensual es de veintiséis mil seiscientos cincuenta y ocho euros con treinta y siete céntimos (26.658,37 €) mensuales.

QUINTO. La empresa municipal "LIMPIEZAS COSTA DE CALVIÀ, SA" asumirá las funciones de acuerdo con lo establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas del servicio de vigilancia, salvamento, socorrismo y accesibilidad al litoral del término municipal de Calvià, de fecha 18/03/2022, firmado por el Mayor-jefe de la Policía Local y siguiendo las directrices de la autoridad competente en materia de protección civil.

SEXTO. Este encargo al medio propio se extinguirá cuando concurra alguna de las causas siguientes:

a) Por expiración del plazo de vigencia o bien porque se adjudica el contrato servicio de vigilancia, salvamento, socorrismo y accesibilidad al litoral del término municipal de Calvià.

b) Por mutuo acuerdo de las partes.

c) Por desistimiento por parte del Ayuntamiento de Calvià, motivado por el incumplimiento del objeto del encargo.

SÉPTIMO. La “LIMPIEZAS COSTA DE CALVIÀ, SA .” realizará las gestiones y adoptará todas las resoluciones que sean necesarias para la efectividad de los acuerdos anteriores siguiendo las directrices de la autoridad competente en materia de protección civil.

 

Calvià, 29 de abril del 2022

El alcalde-presidente del Ayuntamiento Alfonso Rodríguez Badal

El presidente de Limpiezas Costa de Calvià de Calvià SA Marcos Pecos Quintans

He tomado razón del contenido del presente Acuerdo El secretario del Ayuntamiento de Calvià Juan Castañer Alemany