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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y RELACIONES EXTERIORES

Núm. 259958
Corrección de errores de la Orden 9/2022 de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores por la que se reducen los signos, índices o módulos del anexo 1 del Decreto 35/2016, de 23 de junio, por el que se desarrolla la Ley del impuesto sobre estancias turísticas y de medidas de impulso del turismo sostenible, para el ejercicio fiscal 2021

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Texto

En el Boletín Oficial de las Illes Balears nº 56, de 28 de abril de 2022, se publicó la Orden 9/2022 de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores por la que se reducen los signos, índices o módulos del anexo 1 del Decreto 35/2016, de 23 de junio, por el que se desarrolla la Ley del impuesto sobre estancias turísticas y de medidas de impulso del turismo sostenible, para el ejercicio fiscal 2021.

Posteriormente a su publicación, se ha detectado un error en la versión castellana de dicha orden.

El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dispone que las administraciones públicas podrán rectificar en cualquier momento los errores materiales, aritméticos o de hecho de sus actos.

Además, el artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, establece que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en los actos y las disposiciones administrativas corresponderá al órgano que hubiera dictado el acto o la disposición. Asimismo, la rectificación de errores deberá especificar, en su caso, los efectos jurídicos que de ella se deriven, y se deberá notificar o publicar preceptivamente cuando se refiera a actos que hayan sido objeto de notificación o publicación.

Por todo lo anterior, dicto la siguiente corrección de errores:

1. En el apartado 2 del artículo 2,

donde dice:

2. Los cuadros del punto 2 del anexo 1 del citado Decreto 35/2016 aplicables en el ejercicio fiscal de 2020 son los siguientes:

Debe decir:

2. Los cuadros del punto 2 del anexo 1 del citado Decreto 35/2016 aplicables en el ejercicio fiscal de 2021 son los siguientes:

2. Esta corrección de errores producirá efectos, una vez publicada en el Boletín Oficial de las Illes Balears, desde el 28 de abril de 2022.

 

Palma, en fecha de la firma electrónica (6 de mayo de 2022)

La consejera de Hacienda

y Relaciones Exteriores

Rosario Sánchez Grau