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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TRANSICIÓN ENERGÉTICA, SECTORES PRODUCTIVOS Y MEMORIA DEMOCRÁTICA

Núm. 255257
Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática por la que se somete a información pública el Anteproyecto de ley de áreas municipales de impulso comercial de las Illes Balears

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Texto

Antecedentes

1. El 3 de febrero de 2022 el consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática dictó la Resolución por la cual se inicia el procedimiento de elaboración del Anteproyecto de ley de áreas municipales de impulso comercial de las Illes Balears.

2. Dada la naturaleza de la materia regulada se considera oportuno someter a información pública el Anteproyecto de ley.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 58.2 de la Ley 1/2019, de 31 de enero, del Gobierno de las Illes Balears.

2. El artículo 133 de la Ley 1/2015, d'1 de octubre, del procedimiento administrativo común de les administraciones públicas.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Someter el Anteproyecto de ley de áreas municipales de impulso comercial de las Illes Balears a información pública y ponerlo a disposición de la ciudadanía en el Departamento Jurídico de la Consejería de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática (Plaza de Son Castelló, 1, 07009 Palma), en la web de participación ciudadana del Govern (http://participaciociutadana.caib.es) y en la página web de la Consejería de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática.

2. Fijar el plazo de audiencia en diez días hábiles desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears. Las alegaciones se deben presentar en la sede de la Consejería de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática, ubicada en la Plaza de Son Castelló, 1, 07009 Palma o en cualquiera de los lugares determinados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

3. Habilitar la posibilidad de presentar alegaciones por medios telemáticos a través del apartado «Participación en elaboración normativa» de la página web Participación Ciudadana (http://participaciociutadana.caib.es) del Govern de les Illes Balears, dentro del plazo establecido en el apartado anterior, de acuerdo con el artículo 34.2 f de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Siempre que las alegaciones presentadas mediante la web incorporen la identificación de la persona o entidad que hace las alegaciones, se incluirán en el expediente de elaboración normativa, aunque no consten en el registro de entrada electrónico de la Administración de la Comunidad Autónoma. A este efecto, el funcionario o la funcionaria del órgano competente de la tramitación del procedimiento normativo que las reciba electrónicamente debe emitir una diligencia de las alegaciones presentadas.

4. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 4 de mayo de 2022

El consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática Juan Pedro Yllanes Suárez