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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y RELACIONES EXTERIORES

Núm. 255141
Resolución de la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio por la cual se aprueba la anotación en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de la prórroga tácita del contrato de arrendamiento de un inmueble ubicado en la Avenida Vives Llull núm. 48, de Maó (Exp. SP 73/2022)

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Texto

Hechos

1. El 24 de julio de 2002 se formalizó un contrato de arrendamiento de un inmueble ubicado en la Avenida Vives Llull núm. 48 de Maó, por un plazo de cinco años, desde el 1 de julio de 2002 hasta el 30 de junio de 2007, con los propietarios del local mencionado, la Sra. Catalina Pons Carreras y Sr. Jaime Pons Vinent, como parte arrendadora, y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, como parte arrendataria, para ubicar un Punto de Atención a la Ciudadanía de la Consejería de Servicios Sociales y Cooperación.

2. Este contrato prevé, en la cláusula tercera, la prórroga tácita por el mismo periodo si no hay un preaviso en sentido contrario comunicado por cualquiera de las dos partes firmantes del contrato con dos meses de antelación al vencimiento del contrato o de las prórrogas.

3. La referencia del Registro de la Propiedad de este inmueble es la siguiente:

-Local 1: inscrito al Registro de la Propiedad de Maó, tomo 1994, libro 671, hoja 89, finca urbana 17801., con la referencia catastral 7463412FE0176S0023UW.

4. El número de activo en el Inventario General de Bienes y Derechos de la CAIB es el 100000001816.

5. El 11 de abril de 2022 tuvo entrada en la Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio un oficio del secretario general de la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes, con documentación relativa a la prórroga tácita del arrendamiento del local mencionado, por el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2022 al 30 de junio de 2027, que es, entre otros, la siguiente:

  • Propuesta, por delegación, de inicio del expediente, de 4 de abril de 2022, del secretario general de la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes.
  • Informe justificativo del secretario general de la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes, de 25 de marzo de 2022.
  • Informe relativo a la vigencia del contrato y previsión de prórroga, de la jefa del departamento de Asuntos Generales de la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes, de 7 de abril de 2022.
  • Informe favorable de precios de mercado emitido por la Dirección General de Vivienda y Arquitectura, de 17 de marzo de 2022.
  • Propuesta de resolución de autorización y disposición del correspondiente crédito presupuestario, firmada por el secretario general de la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes, de 8 de abril de 2022. El gasto total previsto es de 117.261,60 € e irá a cargo de la partida presupuestaria 17101.313K01.20200.00.
  • Documento RF de fiscalización original.
  • Resolución, por delegación, de autorización de imputación de gasto en ejercicios futuros del secretario general de la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes, de 4 de abril de 2022.

7. El 22 de abril de 2022, la técnica II del Servicio de Patrimonio, emitió un informe favorable con el visto bueno de la jefa de servicio de Patrimonio.

      https://csv.caib.es/hash/1650629372310-424604914-8574045112759176219

8. El 2 de mayo la Intervención General de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears emitió un informe favorable de fiscalización previa limitada.

      https://csv.caib.es/hash/1651140443638-427166363-8422097442945481959

Fundamentos de derecho

1.  Artículo 65 y siguientes de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears que regulan los arrendamientos de inmuebles a favor de la Comunidad Autónoma.

2.  Artículo 131 y siguientes del Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el cual se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de arrendamientos urbanos y sus modificaciones posteriores.

4. Decreto 8/2021, de 13 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, de modificación del Decreto 9/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

5.  Decreto 14/2021, de 15 de marzo, por el cual se dispone el cese y el nombramiento de un alto cargo de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores.

6. Decreto 25 /2021, de 8 de marzo, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se modifica el Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

7. El contrato principal de arrendamiento subscrito el 24 de julio de 2002.

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

1.  Anotar al Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la prórroga tácita del contrato de arrendamiento del local situado en la Avenida Vives Llull núm. 48 de Maó, del 1 de julio de 2022 al 30 de junio de 2027 por una renta mensual de 1.954,36 €, incluido IVA, que hacen un total de gasto de 117.261,60  €, incluido IVA, con cargo en la partida presupuestaria 17101.313K01.20200.00, siempre que  haya crédito adecuado y suficiente en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma, con el objetivo que se pueda continuar utilizando como Punto de Atención a la Ciudadanía y para los servicios de Valoración de Atención Temprana y el de  Unidad Terapéutica de Abuso Sexual Infantil en Menorca de la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes.

2. Notificar esta Resolución a la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes, sin perjuicio que se tenga que tramitar el correspondiente procedimiento económico-financiero.

3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haberse notificado y publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso- administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haberse notificado y publicado la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

  

(Signat electrònicament: 3 de maig de 2022)

La directora general

Catalina Ana Galmés Trueba