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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE OCUPACIÓN DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 251113
Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo y presidente del Servicio de Empleo de las Illes Balears por la que se somete al trámite de información pública el Proyecto de decreto por el que se crea i regula el Registro público de personas formadoras para impartir acciones formativas dirigidas a obtener certificados de profesionalidad de las Illes Balears

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Texto

Hechos

1. Desde el día 4 al 17 de marzo de 2022 se sustanció la consulta pública previa, a través de la página de Participación Ciudadana sobre la propuesta de elaboración del Proyecto de decreto por el que se crea y regula el Registro público de personas formadoras para impartir acciones formativas dirigidas a obtener certificados de profesionalidad de las Illes Balears.

2. En fecha 19 de abril de 2022 la directora del Servicio de Empleo de las Illes Balears emitió la memoria de análisis de impacto normativa sobre el Proyecto de decreto mencionado en el apartado anterior.

3.En fecha 20 de abril de 2022 el consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo dictó Resolución mediante la que se inicia el procedimiento de elaboración del Proyecto de decreto de referencia.

Fundamentos de derecho

La Ley 1/2019, de 31 de enero, del Gobierno de las Illes Balears, en el artículo 58 establece que los proyectos de reglamento deben someterse, entre otros, al trámite de información pública, cuando resulte preceptivo o sea conveniente a criterio del órgano responsable de la tramitación. A este efecto, se debe publicar un anuncio en el Boletín Oficial de las Illes Balears, que indique el plazo para efectuar las sugerencias y el sitio web para acceder al proyecto normativo.

También establece que el plazo de los trámites de audiencia e información pública, que se pueden impulsar de forma simultánea, será adecuado a la naturaleza de la disposición y, en cualquier caso, no inferior a diez días.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Someter a la audiencia de la ciudadanía el borrador del Proyecto de decreto por el que se crea i regula el Registro público de personas formadoras para impartir acciones formativas dirigidas a obtener certificados de profesionalidad de las Illes Balears y, ponerlo a disposición de las personas interesadas en la sede del Servicio de Empleo de las Illes Balears (C/ Gremi Hortolans, 11, 1 planta, Polígono Son Rossinyol) y, en el enlace siguiente de la Dirección General de Participación, Transparencia y Buen Gobierno:

https://www.caib.es/sites/M170613081930629/ca/n/proyecto_de_decreto_por_el_que_se__crea_y_regula_el_registro_pablico_de_pers onas_formadoras_para_impartir_acciones_formativas_dirigidas_a_obtener_certificados_de_profesionalidad_de_las_illes_balears/

2. Fijar el plazo de información pública en diez días hábiles desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears. Las alegaciones deberán presentarse en la sede del Servicio de Empleo de las Illes Balears (C/ Gremi Hortolans, 11, 1 planta, Polígono Son Rossinyol) o en cualquiera de los lugares que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y deberán dirigirse a la directora del Servicio de Empleo de las Illes Balears.

3. Habilitar la posibilidad de presentar alegaciones al proyecto por medios telemáticos mediante el apartado “participación en la elaboración normativa” de la página web de Participación Ciudadana (https://participaciociutadana.caib.es) del Gobierno de las Illes Balears, en el plazo establecido en el apartado anterior, de acuerdo con el artículo 34.2 f de la Ley 3/2003,de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Siempre que las alegaciones presentadas mediante la web incluyan la identificación de la persona o entidad que las realiza, se incluirán en el expediente de elaboración normativa todo y que no consten en el registro de entrada electrónico de la Administración de la Comunidad Autónoma. A este efecto, el funcionario o funcionaria del órgano competente de la tramitación del procedimiento normativo que las reciba electrónicamente deberá emitir una diligencia de las alegaciones presentadas.

4. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma en la fecha de la firma electrónica (28 de abril de 2022)

El consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo y presidente del SOIB

Iago Negueruela Vázquez