Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE SANT JOAN
Núm. 250238
Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de la sesión ordinaria celebrada el día 29 de abril de 2022, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización temporal correspondiente a las plazas que se reseñan (exp.598 /2021)
La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 29 de abril de 2022, ha adoptado el siguiente acuerdo:
<<APROBACIÓN DE LA OFERTA PÚBLICA DE EMPLEO (OPO) EXTRAORDINARIA PARA LA ESTABILIZACIÓN DEL EMPLEO TEMPORAL 2022 DEL AYUNTAMIENTO DE SANT JOAN (MALLORCA)
Dado el expediente relativo a la oferta de empleo público que incluye las plazas a cubrir mediante procesos de estabilización de empleo temporal
Dado el informe de intervención y de secretaría relativos a la situación de las plazas susceptibles de incorporación a la mencionada oferta extraordinaria de estabilización de datos 31 de marzo y 28 de abril respectivamente.
Dado que en fecha 28 de marzo de 2022 se procedió a negociar con los representantes sindicales, reunión de la que se levantó la correspondiente acta que consta incorporada en el expediente, obteniendo el correspondiente acuerdo.
Atendidas las obligaciones establecidas en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, y la obligación de aprobar y publicar la OPO antes del 1 de junio de 2022 ,
De conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, actualmente delegadas en la Junta de Gobierno Local, de acuerdo con el Decreto de Alcaldía 84/2019 de 3 de julio, la Junta de Gobierno Local por unanimidad toma el siguiente,
ACUERDO
PRIMERO.-Aprobar la Oferta Pública de Empleo para la estabilización de empleo temporal en base a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, con la siguiente relación de plazas:
Nº |
GRUPO |
CATEGORÍA |
RELACIÓN |
FECHA EMPLEO ININTERRUMPIDO |
1 |
A2 |
Técnico de Administración General |
Funcionario i. |
10-03-2009 |
2 |
C1 |
Policía Local |
Funcionario i. |
01-09-2014 |
3 |
C2 Equi |
Auxiliar Administrativo |
Laboral t. |
05-03-2007 |
4 |
C2 Equ |
Auxiliar Administrativo |
Laboral t. |
05-03-2007 |
5 |
C2 |
Auxiliar Administrativo |
Funcionario i. |
27-12-2016 |
6 |
C2 Equi |
Auxiliar Administrativo |
Laboral t. |
06-05-2008 |
7 |
AP Equi |
Operario mantenimiento |
Laboral t. |
21-10-2010 |
8 |
AP Equi |
Operario mantenimiento |
Laboral t. |
01-01-2017 |
9 |
AP Equi |
Personal de limpieza |
Laboral t. |
09-05-2012 |
10 |
AP Equi |
Personal de limpieza |
Laboral t. |
05-03-2007 |
11 |
AP Equi |
Personal de limpieza |
Laboral t. |
03-09-2007 |
12 |
AP Equi |
Personal de limpieza |
Laboral t. |
07-09-2007 |
SEGUNDO.-Publicar el anuncio de esta aprobación en la sede electrónica (https://santjoan.sedelectronica.es/info.0), en el tablón de anuncios de la Corporación y en el BOIB.
TERCERO.-Convocar las plazas ofertadas en ejecución de la presente Oferta de Empleo Público antes del 31 de diciembre de 2022 de conformidad con el artículo 2.2. de la Ley 20/2021 de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público
CUARTO.-Certificar al Ministerio de Hacienda y Función Pública, a través de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, el número de plazas ocupadas de forma temporal en cada uno de los ámbitos afectados.
QUINTO.- Proporcionar la información estadística correspondiente a los resultados del proceso de estabilización de empleo temporal a través del Sistema de Información Salarial del Personal de la Administración. >>
Esta resolución, de conformidad con lo que dispone el artículo 52.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía administrativa y que, de acuerdo con lo que dispone el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede ser recurrido potestativamente en reposición o directamente ante el orden jurisdiccional contencioso administrativo.
El recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se interpondrá ante el órgano que ha dictado el acto impugnado, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la publicación, entendiéndose desestimado si transcurrido otro mes desde su interposición no ha recibido la notificación de su resolución.
La interposición del recurso, salvo en los casos en que una disposición establezca lo contrario, no suspende la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El recurso contencioso administrativo se interpondrá, de acuerdo con lo que disponen los artículos 25, 8.1, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente acuerdo.
Sin embargo, tal y como señala el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si se ha interpuesto recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contencioso administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta por no haberse resuelto en el plazo establecido para hacerlo (un mes desde su interposición).
Todo ello, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otra vía de recurso que estime procedente.
Sant Joan, 3 de mayo de 2022
El alcalde-presidente
Francesc Mestre Estelric