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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 247483
Acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 11 de abril de 2022, relativo a la rectificación de errores en la concesión de las ayudas de la segunda convocatoria del programa Menorca, Música y Teatro del año 2021 (exp. 1507-2021-000003)

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Texto

El Consejo Ejecutivo, en la sesión de carácter ordinario de 2 de agosto de 2021, aprobó la segunda convocatoria de ayudas del programa Menorca, Música y Teatro correspondiente al año 2021, publicada en el BOIB núm. 108 de día 14 de agosto de 2021, con un presupuesto de 23.000€ y con cargo a la partida 4-33400-4890009.

El Consejo Ejecutivo, en la sesión de 27 de diciembre de 2021, concedió las ayudas de la segunda convocatoria del programa Menorca, Música y Teatro, acuerdo publicado en el BOIB número 5 de 8 de enero de 2021.

En este acuerdo se concedió una ayuda de 250 € a la Asociación de Comerciantes de Sa Plaça, con NIF G02811800, por una actuación del grupo No Som Tres prevista para el 23 de diciembre de 2021 en el Mercat des Claustre.

Se ha detectado de oficio que, por un error administrativo, se concedió y se ha abonado a la asociación antes citada la cantidad de 250 € cuando, según el catálogo de grupos de la segunda convocatoria del programa Menorca, Música y Teatro aprobado por acuerdo del Consejo Ejecutivo en la sesión de carácter ordinario de 27 de diciembre de 2021 y publicado en el BOIB núm. 5 de 8 de enero de 2022, le correspondía la cantidad de 550 €.

Con fecha de 30 de diciembre de 2021 y número de registro de entrada GE/032768/2021, la Asociación de Comerciantes de Sa Plaça presentó la documentación justificativa de la actuación del grupo No Som Tres en el lugar y en la fecha para la cual se concedió la subvención.

La documentación justificativa presentada es correcta, y la entidad solicitante y el grupo aceptan el endoso de la ayuda a favor del grupo que ha realizado la actuación.

En el capítulo 4 de la partida 33400-4890009 existe crédito disponible y, aplicando el principio de eficiencia administrativa, se propone no disminuir la aportación aprobada para el resto de beneficiarios.

Visto que el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que las administraciones públicas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos;

Dada la propuesta del consejero ejecutivo del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes, el Consejo Ejecutivo, por unanimidad de los cinco miembros presentes (señora Mora Humbert, señora Torrent Bagur, señor Pastrana Huguet, señora Gomila Carretero y señora Gómez Estévez) y en votación ordinaria, adopta el siguiente acuerdo:

Rectificar la ayuda concedida por el Consejo Ejecutivo, en sesión de 27 de diciembre de 2021, en el marco de la segunda convocatoria del programa Menorca, Música y Teatro, de forma que la subvención concedida por importe de 250 € a la Asociación de Comerciantes de Sa Plaça por la actuación del grupo No Som Tres de día 23 de diciembre de 2021 en el Claustro del Carmen, pase a ser de 550 €.

Contra este acuerdo – que no agota la vía administrativa – se puede interponer un recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y el artículo 22 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de consejos insulares.

Dicho recurso se entenderá desestimado, si no se notifica la correspondiente resolución, cuando hayan transcurrido tres meses desde su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo podrá interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma.

Maó, 28 de abril de 2022

Por delegación de la presidenta, el secretario del Consejo Ejecutivo

Octavi Pons Castejón

(Decreto 427/2019, de 11 de julio) (BOIB núm. 97 de 16-7-2019)