Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 247477
Extracto del Acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 11 de abril de 2022, relativo a la aprobación de la convocatoria OPAS 2022 (Exp. 3203-2022-000001)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS 623471

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/623471):

Primero. Beneficiarios

Pueden solicitar la subvención las organizaciones profesionales agrarias legalmente constituidas que tengan su domicilio social y ámbito de actuación dentro del territorio de Menorca y un funcionamiento interno real y democrático.

En este sentido, quedan excluidas de este procedimiento de concurrencia competitiva las organizaciones que no realicen los procesos electorales previstos en sus estatutos.

Segundo. Objeto

El objeto de estas ayudas es participar en los gastos originados para la realización de las actividades ordinarias propias de las organizaciones profesionales agrarias de la isla de Menorca (OPA) desde día 1 de enero a día 31 de diciembre del año en curso.

Tercero. Bases reguladoras

Esta convocatoria se regirá por las bases aprobadas por el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca, en sesión de carácter ordinario de 20.09.2021 y publicadas en el BOIB núm.136 de 05.10.2021.

Cuarto. Cuantía

El importe global máximo de la convocatoria es de 35.000 € (trenta y cinco mil euros) con el siguiente desglose:

  • Línea 1: Mantenimiento: 22.000 €.
  • Línea 2: Representación, asesoramiento y publicaciones: 13.000 €.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de las solicitudes es de 20 días naturales contados a partir del día siguiente de haberse publicado esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB).

Sexto. Otros datos.

El máximo que podrá recibir cada organización por la línea 1 es de 14.000,00 €.

La ayuda máxima individual para los gastos de la línea 2 será de 5.000,00 €.

La subvención máxima total que podrá percibir cada OPA, entre las dos líneas, es de 17.000,00€.

Maó, 28 de abril de 2022 Por delegación de la presidenta El secretario del Consejo Ejecutivo Octavi Pons Castejón (Decreto 427/2019, de 11 de julio) (BOIB núm. 97 de 16-7-2019)