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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 246863
Notificación de acuerdo de inicio, expediente sancionador número 2021/17310A por infracción de la normativa en materia de Pesca

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Dado que no ha sido posible notificar el acuerdo de inicio del expediente sancionador, así como la apertura del plazo para la presentación de alegaciones y/o prueba, por presunta infracción de la normativa de pesca, Ley 6/2013 de 7 de noviembre de pesca marítima, marisqueo y acuicultura de las Illes Balears, se le notifica mediante el presente anuncio y de conformidad con lo que prevé el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a la persona interesada que se indica, lo siguiente:

1º.- Que dispone de un plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, de acuerdo con el artículo 8 del Decreto 14/1994, de 10 de febrero, por el cual se aprueba el Reglamento del procedimiento a seguir en el ejercicio de la potestad sancionadora, para que formule sus alegaciones, presente los documentos y/o informaciones que considere convenientes y, en todo caso, proponer prueba concretando los medios de los cuales pretenda hacerse valer.

2º.- Que mientras dure la tramitación del expediente sancionador, la persona interesada podrá examinarlo y conocer la identidad de la instructora y secretaria, al efecto de la recusación que prevé el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Nº de expediente: 2021/17310A

NIE Presunto infractor: X3618595M

Fecha de la resolución de inicio: 6 de octubre de 2021.

Preceptos infringidos: Infracción prevista en los artículos 2 y 4 del Decreto 34/2014 de 1 de agosto, por el cual se fijan los principios generales de la pesca recreativa y deportiva en aguas de las Islas Baleares, consistente en pescar sin la preceptiva licencia para la pesca desde embarcación; infracción tipificada como grave en el artículo 119.b de la Ley 6/2013, de 7 de noviembre de 2013. Esta infracción está sancionada con una multa de 151 hasta 30.000 euros, según el artículo 134b de la misma Ley.

Último domicilio: C/ Toni des Pou nº 4 – Adosado A1 – 07816 – San Rafael

Municipio: San Antonio

 

Ibiza, 2 de mayo de 2022

La técnico de administración General del Departamento de Promoción Turística, Medio Rural y Marino

Mª José Cardona Muñoz