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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL

Núm. 240174
Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 19 de abril de 2022 por la que se convocan los premios para los alumnos de Educación Primaria de las Illes Balears correspondientes al curso 2021-2022

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Texto

La educación es la principal riqueza y el recurso básico de un país y de sus ciudadanos. Las sociedades actuales dan gran importancia a la educación que reciben los niños, ya que es el medio más adecuado para desarrollar las capacidades, definir la personalidad, configurar la comprensión de la realidad y conformar la propia identidad.

La Ley orgánica 3/2020 de 29 de desembre, por la que se modifica la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo de educación, establece entre sus principios, la exigencia de proporcionar una educación de cualidad a todos los ciudadanos, teniendo en cuenta la equidad que garantice la igualdad de oportunidades para el pleno desarrollo de la personalidad a través de la educación, la inclusión educativa, la igualdad de derechos y oportunidades, también entre mujeres y hombres, que ayuden a superar cualquier discriminación y accesibilidad universal a la educación y que actúe como un elemento compensador de las desigualdades personales, culturales, económicas y sociales con especial atención a los que se deriven de cualquier tipo de discapacidad, de acuerdo con lo establecido en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada en 2008, por España.

El nivel educativo determina las metas y las expectativas de la trayectoria vital, tanto en el ámbito profesional como en el personal, así como el conjunto de conocimientos, recursos y herramientas de aprendizaje que capacitan a una persona para cumplir con éxito sus objetivos.

En fecha 17 de marzo de 2022 se ha publicado en el BOIB núm. 38, la Ley 1/2022, de 8 de marzo, de Educación, de las Illes Balears. En el artículo 12 apartado 1 f), se establece que la educación primaria tiene como finalidad proporcionar a todos los alumnos una formación integral que contribuya al pleno desarrollo de su personalidad y que, de acuerdo con las competencias establecidas en el currículo, les permita, entre otras, desarrollar la capacidad de esfuerzo, los hábitos de estudio y de trabajo, la cooperación y la ayuda mutua.

Atendiendo a lo establecido en la Ley 1/2022 de Educación, antes mencionada., la Consejería de Educación y Formación Profesional tiene como finalidad ofrecer una educación capaz de responder a las necesidades y a las demandas de la sociedad actual, una educación asequible para todos, adaptada al cambio social y encaminado a procurar el éxito escolar de todos los niños y jóvenes.

Entre las medidas educativas para mejorar la calidad y la equidad de la educación, como son la atención a la diversidad y la concepción de un sistema educativo más flexible, es necesario arbitrar medidas que favorezcan la mejora de los resultados académicos. Por este motivo, la Consejería de Educación y Formación Profesional considera importante el reconocimiento del esfuerzo como estímulo que propicia la motivación para los estudios y la formación personal.

La obtención de un premio para los alumnos de educación primaria, que han hecho un esfuerzo personal y que han trabajado con una dedicación especial, para superar las dificultades desde una situación social o personal desfavorable o que han demostrado a lo largo de toda la etapa un aprovechamiento académico excelente, es una de las actuaciones que pretenden incidir en la consecución de un sistema educativo que incluya calidad, equidad y posibilidades de desarrollo individual.

Por todo ello, con la finalidad de potenciar medidas de atención a la diversidad, la mejora de los resultados académicos, el reconocimiento del esfuerzo y la valoración del rendimiento académico excelente, dicto la siguiente

 

RESOLUCION

Primero

Objeto y ámbito de aplicación

Esta Resolución tiene por objeto convocar premios para los alumnos de educación primaria de los centros públicos y privados, de las Illes Balears correspondientes al curso 2021-2022.

 

Segundo

Premios

Se otorga un premio al esfuerzo personal y/o al rendimiento académico a un alumno por cada centro que participe en la convocatoria. Si el centro tiene más de dos líneas, puede proponer un segundo alumno.

Tercero

Instrucción del procedimiento

El órgano instructor del procedimiento es el director general de Planificación, Ordenación y Centros, que tiene que dictar las medidas que sean necesarias para aplicar lo que dispone esta Resolución.

Cuarto

Tramitación

1. Pueden obtener este premio los alumnos de sexto curso de primaria de cualquier centro docente de las Illes Balears que hayan superado este curso y sean merecedores de un especial reconocimiento por el esfuerzo personal y la dedicación mostrada para superar las dificultades y/o por el rendimiento académico obtenido a lo largo de toda la etapa de primaria.

2. La selección se realizará a criterio de los tutores y a partir de las propuestas que formulen los equipos docentes del sexto curso de primaria, con el visto bueno del director del centro

3. Para tramitar la propuesta de los centros, el Servicio de Ordenación Educativa remitirá un enlace a un formulario electrónico. El plazo para cumplimentar este formulario se iniciará el 16 de mayo y finalizará el 10 de junio de 2022.

4. La Consejería de Educación y Formación Profesional otorgará un diploma acreditativo de la distinción obtenida a los alumnos merecedores de este premio.

Quinto

Listas provisionales de los alumnos premiados

El Servicio de Ordenación Educativa, de la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros, debe publicar el 17 de junio de 2022 en la página web de la Dirección General (<http://dgplacen.caib.es>) la lista provisional de los alumnos premiados, contra las que se pueden presentar reclamaciones para subsanar posibles errores hasta el 23 de junio de 2021 en la dirección ordenacio@dgplacen.caib.es.

Sexto

Resolución de concesión

Una vez resueltas las posibles reclamaciones, el director general de Planificación, Ordenación y Centros debe proponer al consejero de Educación y Formación Profesional que dicte la resolución definitiva y ordene su publicación en la página web de la Dirección General.

Séptimo

Publicación

Esta Resolución se ha de publicar en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recurso

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Formación Profesional, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha su de publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

Palma, 19 de abril de 2022

El consejero de Educación y Formación Profesional

Martí X. March Cerdà