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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 238227
Notificación de Resolución de concesión a los beneficiarios de las ayudas, R1 de fecha 19 de abril de 2022, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 19 de febrero de 2015 por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para el Fomento de la Producción Integrada, para el año 2015 (Prórroga 2021)

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Texto

El apartado 8.4. de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 19 de febrero de 2015 por la que se aprueba la convocatoria para el Fomento de la Producción Integrada, para el año 2015 (Prórroga 2021),  especifica que la resolución expresa se notificará a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos previstos en el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA, con fecha 19 de abril de 2022, firmó la siguiente resolución, 

"INFORME PROPUESTA DE RESOLUCIÓN/RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020 Submedida 10.1.1- Fomento de la Producción Integrada Convocatoria 2015- Prórroga 2021 Código DIR3: A04026954 Código SIA: 2405479 Código BDNS: 546008

Antecedentes

1.Con fecha 26 de febrero de 2015, se publicó en el BOIB núm. 29 la Orden del consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014- 2020.

2.Con fecha de 28 de febrero de 2015 se publicó, en el BOIB núm. 30, la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se aprueba la convocatoria para el año 2015 de las ayudas destinadas al fomento de la producción integrada.

3.Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 22 de julio de 2016 (BOIB núm 95 de 28 de julio) por la que se modifican los créditos y las cofinanciaciones de diversas convocatorias de subvenciones del FOGAIBA, correspondientes a las medidas contempladas en el Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.

4.Con fecha 30 de enero de 2021 se publicó, en el BOIB núm. 13, la Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2021, de las ayudas para prorrogar los compromisos asumidos para el fomento de la producción integrada.

5.Los órganos gestores del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural han realizado el control administrativo de las solicitudes y de la documentación aportada de acuerdo con las normas reguladoras de esta ayuda.

6. Las personas señaladas en el anexo adjunto han presentado, en tiempo y forma, toda la documentación necesaria prevista en la convocatoria, y se ha comprobado que cumplen con los requisitos exigidos para poder ser beneficiarios de la misma. ayuda.

7. Una vez evaluadas las solicitudes de ayuda por los órganos gestores, y de acuerdo con los criterios de elegibilidad de la convocatoria, las personas beneficiarias les corresponde la ayuda con la cofinanciación que se detalla en el anexo, por los grupos de cultivos y la superficie solicitada.

8. Teniendo en cuenta que el crédito existente cubre la totalidad de las peticiones de esta convocatoria, no deben aplicarse el apartado séptimo de la convocatoria.

Fundamentos de derecho

1.Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 27 de febrero de 2015 por la que se aprueba la convocatoria para el año 2015 de las ayudas destinadas al fomento de la producción integrada, la resolución de 9 de junio de 2015 y 4 de mayo.

2.Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 22 de julio de 2016 (BOIB núm 95 de 28 de julio) por la que se modifican los créditos y las cofinanciaciones de diversas convocatorias de subvenciones del FOGAIBA, correspondientes a las medidas contempladas en el Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.

3.Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 30 de enero de 2021, por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2021, de las ayudas para prorrogar los compromisos asumidos para el fomento de la producción integrada.

4.Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 12 de febrero de 2022 (BOIB núm 23 de 12 de febrero) por la que se modifican los créditos y las cofinanciaciones de diversas convocatorias de subvenciones del FOGAIBA, correspondientes a las medidas contempladas en el Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.

5.Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo.

6.Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, por el que se derogan los Reglamentos (CE) núm. 352/78, (CE) núm. 165/94, (CE) núm. 2799/98, (CE) núm. 814/2000, (CE) núm. 1290/2005 y (CE) núm. 485/2008 del Consejo.

7.Reglamento delegado (UE) núm. 640/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014, por el que se completa el Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, en cuanto al sistema integrado de gestión y control y las condiciones sobre la denegación o retirada de los pagos y sobre las sanciones administrativas aplicables a los pagos directos, a la ayuda al desarrollo rural ya la condicionalidad.

8.Reglamento de ejecución (UE) núm. 808/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

9.Reglamento de ejecución (UE) núm. 809/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que respecta al sistema integrado de gestión y control, las medidas de desarrollo rural y la condicionalidad.

10.Real decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.

11.Real decreto 1078/2014, de 19 de diciembre, por el que se establecen las normas de condicionalidad que deben cumplir los beneficiarios que reciban pagos directos o determinadas primas anuales de desarrollo rural, o pagos en virtud de los programas de apoyo a la reestructuración y reconversión o de soporte a la cosecha en verde, en el sector vitivinícola.

12.Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

13. Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

14.Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones.

15.Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.

16.Orden del consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.

17.Ley 12/2014, de 16 de diciembre, agraria de las Islas Baleares.

18.Decreto 65/2007, de 25 de mayo, de constitución, organización y funcionamiento del Organismo Pagador de los gastos del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), a la comunidad autónoma de las Islas Baleares BOIB núm. 082 de 2007; en virtud de la Orden de la consejera de Agricultura y pesca de 23 de diciembre de 2005, por la que se dispone la asunción de la ejecución de la política de mejora y fomento de los sectores agrario y pesquero por parte del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares, establece en el artículo 1 que el FOGAIBA asume la ejecución de la política de la Consejería de Agricultura y Pesca en lo referente a la aplicación de las medidas de fomento y mejora de los sectores agrario y pesquero , a partir del 1 de enero de 2006.

19.Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Propuesta de Resolución de concesión

Por todo ello, se informa y se propone al vicepresidente del FOGAIBA que dicte una Resolución en los siguientes términos:

1.Conceder la ayuda solicitada a los beneficiarios por los importes y con los plazos detallados en el anexo 1, que son un total de 34 expedientes y que comienza con CAN SOBERANO, SAT BA-86 y termina con PERE ANTONI COMPANY VIVES que suma un importe total de CIENTO CINCO MIL DOS CIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL EUROS CON TREINTA Y CINCO CÉNTIMOS (105.234,35 euros), relativa a la línea de ayudas “Fomento de la producción integrada. PI 2021 convocatoria 2015”.

2.Autorizar y disponer el gasto señalado en cada una de las personas beneficiarias con los porcentajes de cofinanciación detallados en el anexo 1.

3. Determinar la superficie comprometida por persona beneficiaria y grupo de cultivo detallados en el anexo 1.

4. Determinar que, de acuerdo con lo que establece la convocatoria de referencia, las obligaciones de los beneficiarios serán las indicadas la convocatoria.

5. Informar a los beneficiarios de que sus expedientes se encuentran a su disposición y consulta en el Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural del FOGAIBA (calle de Reina Constança, nº 4 de Palma).

6. Publicar la resolución en el BOIB

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el conseller de Agricultura,Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015,  del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Palma,

La jefa de sección II

Gema Canós Franch

El jefe del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural

José Javier Nadal Coll

Conforme con la propuesta, dicto resolución

Palma, 19 de abril de 2022

El vicepresidente del FOGAIBA

Fernando Fernández Such”

 

Anexo 1 Beneficiarios

EXPEDIENTE SGA 2021

DNI/CIF

TITULAR

GRUPO DE CULTIVO

SUPERFICIE

IMPORTE 

2021

IMPORTE FEADER

IMPORTE 

MAPA

IMPORTE 

CAIB

04004670

***4277**

CAN SOBERANO SAT BA-86

VINYA

14,14

3.420,75

1.710,38

171,04

1.539,33

04003671

***5551**

ES RAFAL ROIG, S.A.T. BA-95

HALL

29,76

10.285,20

5.142,60

514,26

4.628,34

04004621

***8240**

GREGAL, SAT Nº BA-106

HALL

21,14

7.610,40

3.805,20

380,52

3.424,68

04003581

***2207**

ANDREU

GALMES

BAUZA

CEREALS

55,34

3.286,54

1.643,27

164,33

1.478,94

04003868

***2693**

GUILLERMO

MAS

BERGAS

CEREALS

97,38

4.378,63

2.189,32

218,93

1.970,38

04003444

***3086**

MATEO

CARRIO

JUAN

FRUITS SECS

7,04

971,52

485,76

48,58

437,18

04004765

***8039**

AGRONATURA SAT BA-01

CEREALS

37,24

2.419,94

1.209,97

121,00

1.088,97

04004739

**9391**

ALIMENTACION MEDITERRANEA SAT

CEREALS

77,51

7.039,11

3.519,56

351,96

3.167,59

HALL

14,49

04001374

***5963**

MAS DEU SC

CEREALS

48,28

3.006,17

1.503,09

150,31

1.352,77

04004828

***5502**

SON PONS AGRICOLA CB

FS

28,93

4.209,50

2.104,75

210,48

1.894,27

OLIVAR

1,91

04000697

***0094**

S'HOSTALET SA

FS

30,94

4.064,79

2.032,40

203,24

1.829,15

04004089

***0284**

AGROFORESTAL BALEAR SA

FRUITS SECS

20,66

2.851,08

1.425,54

142,55

1.282,99

04002461

***1412**

GABRIEL

CRESPI

CRESPI

HALL

20,71

7.455,60

3.727,80

372,78

3.355,02

04003189

***9809**

SEBASTIAN

CANTALLOPS

COMAS

HALL

6,53

2.350,80

1.175,40

117,54

1.057,86

04001877

***4896**

JAIME

AMENGUAL

GARI

FS

2,45

2.086,92

1.043,46

104,35

939,11

CEREALS

25,5

 

0,00

0,00

0,00

04002712

***8841**

MELCHOR

ROIG

TRIAS

FRUITS SECS

3,56

491,28

245,64

24,56

221,08

04003874

***4041**

ANTONIA

CRESPI

CALAFAT

OLIVAR

2,08

1.547,56

773,78

77,38

696,40

FRUITS SECS

7,85

 

0,00

0,00

0,00

04003658

***0321**

JUAN

MOREY

DARDER

FRUITS SECS

29,05

3.869,18

1.934,59

193,46

1.741,13

04001268

***7254**

ANDRES

PASCUAL

DALMAU

FS

16,19

2.234,22

1.117,11

111,71

1.005,40

04005348

***5350**

MIGUEL

DURAN

PROHENS

FRUITS SECS

15,2

2.097,60

1.048,80

104,88

943,92

04003079

***6050**

ISABEL

MESQUIDA

JAUME

FS

5,29

730,02

365,01

36,50

328,51

04002711

***3501**

ANDRES

BESTARD

SANTANDREU

FS

2,7

372,60

186,30

18,63

167,67

04002821

***6735**

MARGARITA

LLOBERA

SERRA

FRUITS SECS

3,83

528,54

264,27

26,43

237,84

04003440

***5802**

JAIME

BIBILONI

POU

FS

8,97

1.237,86

618,93

61,89

557,04

04004518

***2432**

ANTONIO

SERRA

POL

CITRICS

8,9

3.300,12

1.650,06

165,01

1.485,05

04000001

***6028**

JOAN

VALENTI

GILET

FRUITS SECS

22,19

3.991,24

1.995,62

199,56

1.796,06

OLIVAR

4,44

 

0,00

0,00

0,00

04001503

***7370**

MARTA

BENNASER

GOMILA

FRUITS SECS

17,66

3.201,64

1.600,82

160,08

1.440,74

CEREALS

12,98

 

0,00

0,00

0,00

04002039

***9761**

ALBERTO

BENNASER

GOMILA

FRUITS SECS

36,02

4.125,68

2.062,84

206,28

1.856,56

04000060

***2309**

MATEO

PERELLO

SANCHO

FS

8,23

1.135,74

567,87

56,79

511,08

04004416

***8935**

MARGARITA

ALORDA

SUREDA

FRUITS SECS

6,74

930,12

465,06

46,51

418,55

04002838

***7445**

ANTONIO

VALLES

CIRER

FRUITS SECS

6,69

923,22

461,61

46,16

415,45

04004344

***9979**

JOSEP

BARCELÓ

LLULL

FS

6,98

2.719,82

1.359,91

135,99

1.223,92

OLIVAR

7,87

 

0,00

0,00

0,00

04003199

***1404**

ANTONIA

ALEMANY

CRESPI

HALL

6,95

2.502,00

1.251,00

125,10

1.125,90

04004731

***2483**

PERE ANTONI

COMPANY

VIVES

CEREALS

71,51

3.858,96

1.929,48

192,95

1.736,53

TOTAL EXPEDIENTES: 34

TOTAL

105.234,35

52.617,20

5.261,74

47.355,41

 

Documento firmado electrónicamente (27 de abril de 2022)

El secretario general de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación

Jorge Sánchez Fernández Por suplencia del director gerente del FOGAIBA (BOIB núm.151, de 7/11/2019)