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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MODELO ECONÓMICO, TURISMO Y TRABAJO

Núm. 238021
Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo por la que se dispone la inscripción y depósito en el Registro de Convenios Colectivos de las Illes Balears, y la publicación del Acta de la Comisión Negociadora del Convenio colectivo del Sector de Comercio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (código de convenio 07000195011981)

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Texto

Antecedentes

1. El 25 de marzo de 2022, la Comisión Negociadora del Convenio colectivo del Sector de Comercio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares acordó las tablas salariales para el año 2022 y suscribió la correspondiente acta de la reunión.

2. El 28 de marzo de 2022, Antonio Font Más, en representación de la Comisión Negociadora del Convenio colectivo, solicitó el registro, el depósito y la publicación de la citada acta.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 90.3 del Texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.

2. El Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.

3. El artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Por todo ello, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Inscribir y depositar el acta del acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio colectivo del Sector de Comercio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, de 25 de marzo de 2022, en el Registro de Convenios Colectivos de las Illes Balears.

2. Notificar esta Resolución a la persona interesada.

3. Ordenar la traducción del texto a la lengua catalana y hacer constar que la versión castellana del texto es la original firmada por la Comisión Negociadora y que la versión catalana es una traducción.

4. Publicar el Acta en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.

Palma, en el día de la firma electrónica (31 de marzo de 2022)

La directora general de Trabajo y Salud Laboral Virginia Abraham Orte Por delegación del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo (BOIB 97/2019)

ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE COMERCIO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LES ILLES BALEARS.

ASISTENTES:

Por AFEDECO:

Antonio Vilella Paredes

DNI.42999598V

Antonio Font Mas

DNI. 42960327F

Gerardo Jofre González Granda

DNI.43075267Q

Por FeSMC-UGT-Baleares

José García Relucio

DNI.42977361K

Mª Antonia Barceló Andreu

DNI.41536523H

Bladimiro García Fernández

DNI.11396286Q

Por Federación de Servicios de USO:

Francisco Melgarejo Puertollano

DNI. 78203544H

Por Federación de Servicios de CC.OO. de las Islas Baleares:

Silvia Montejano Cofreces

DNI.43111706T

Carmen M. Camona Buguillos

DNI.44355924X

Por ASCOME-Pimen Menorca:

Jordi Bosch Morlá

DNI.41740015Y

Por PIMECO

José Noguera Coll

78.216.035-G

En Palma de Mallorca, a 25 de marzo de 2022, se reúnen las personas que al margen se relacionan en el despacho profesional de BUFETE ANTONIO FONT, sito en la Rambla nº 17 de Palma de Mallorca, d.p. 07003, al objeto de constituir la COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE COMERCIO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LES ILLES BALEARS.

El objeto de la reunión, es la revisión y aprobación de las nuevas tablas salariales que entrarán en vigor a partir de día 1 de abril de 2022, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 22, según lo previsto en el apartado segundo de la parte Dispositiva de la Resolución del Conseller de Modelo Económico, Turismo y Trabajo por la cual se dispone la inscripción y depósito en el Registro de Convenios Colectivos de las Illes Balears del Acta de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo del sector de comercio de las Illes Balears y su publicación en el BOIB, de fecha 30 de abril de 2020, nº 67, página 12288 y siguientes.

Antes de abrir la sesión se toma el acuerdo de nombrar Presidente de la Comisión a D. José Garcia Relucio y Secretario de Actas al Letrado D. Antonio Font Mas.

A continuación se abre la sesión y el Presidente va dando la palabra a las distintas partes intervinientes y después de deliberar ampliamente se toman los siguientes ACUERDOS:

CUESTIÓN PREVIA.- Las partes comparecientes que, al margen se relacionan, representan a todas las Organizaciones Sindicales y Empresariales, acuerdan que la presente Acta será firmada por una persona representante de cada una de dichas Organizaciones y no por todas las personas que al margen se relacionan, con independencia de la firma del Presidente y el Secretario de Actas de la presente Comisión Negociadora.

1º.- Se procede a la revisión y aprobación de las tablas salariales a 31 de marzo de 2022, en un incremento del 2,5%, que se adjuntan como ANEXO I.

2º.- Facultar y autorizar al Secretario de Actas el Letrado Antonio Font Mas, para que pueda realizar todos los trámites, acciones, escritos y gestiones que conforme a derecho sean necesarios, con el objeto de proceder a la solicitud en el registro del presente acuerdo normativo, por la vía correspondiente, inclusive la telemática o la que, en su caso, se le pueda indicar y para su posterior solicitud de publicación en el BOIB a los efectos generales oportunos y todo ello con la finalidad de desplegar las consecuencias jurídicas que se deriven. Facultad y autorización, que, en este acto, el indicado Letrado acepta en sus propios términos.

Y, para que así conste y sin más asuntos que tratar se levanta la sesión siendo las 11 horas en el lugar y fecha “ut supra”.

 

ANEXO I SALARIO BASE Y DEMÁS CONCEPTOS RETRIBUTIVOS A 1 DE ABRIL DE 2022

GRUPO PROFESIONAL I

A) SALARIO

B)PLUS DE

C)PRECIO HORA

D)PRECIO HORA ORDINARIA

 

BASE

TRANSPORTE

DOMINGO/FESTIVOS

DOMINGO/FESTIVOS

 

 

 

Art.34,2

Art.34.7 C.C.

 

a 01/04/2022

a 01/04/2022

a 01/04/2022

a 01/04/2022

         

GRUPO I

 

 

 

 

Profesional de oficio 3ª

998,67

107,20

10,63

9,45

Profesional Administrativo o Administrativa de menos de 3 años de antigüedad.

998,67

107,20

10,63

9,45

Reponedor o reponedora

998,67

107,20

10,63

9,45

Auxiliar de Supermercado

998,67

107,20

10,63

9,45

Auxiliar de Recaudación

998,67

107,20

10,63

9,45

Auxiliar de caja de menos de 2 años de antigüedad.

998,67

107,20

10,63

9,45

Ayudante Ayudanta Sección Perecederos

998,67

107,20

10,63

9,45

Ayudante o Ayudanta

998,67

107,20

10,63

9,45

Vigilante

998,67

107,20

10,63

9,45

Telefonista

998,67

107,20

10,63

9,45

Recepción de Mercancías

998,67

107,20

10,63

9,45

Empaquetador/a o Envasador/a

998,67

107,20

10,63

9,45

Cobrador o Cobradora

998,67

107,20

10,63

9,45

Auxiliar Escaparatista

998,67

107,20

10,63

9,45

Ordenanza

998,67

107,20

10,63

9,45

Profesional Carnicero o Carnicera de 3ª.

998,67

107,20

10,63

9,45

Profesional Pescadero o Pescadera de 3ª

998,67

107,20

10,63

9,45

Profesional Charcutero o Charcutera de 3ª

998,67

107,20

10,63

9,45

Profesional Pastelero o Pastelera de 3ª

998,67

107,20

10,63

9,45

Ayudante o Ayudanta de oficio

998,67

107,20

10,63

9,45

Sereno

998,67

107,20

10,63

9,45

Portero o Portera

998,67

107,20

10,63

9,45

Repasadora o Repasador de sacos, medias

979,61

107,20

10,46

9,29

Personal limpieza

979,61

107,20

10,46

9,29

Mozo o Moza

979,61

107,20

10,46

9,29

Ayudante de chófer o Ayudanta de Conductora

979,61

107,20

10,46

9,29

 

GRUPO PROFESIONAL II

A) SALARIO

B)PLUS DE

C)PRECIO HORA

D)PRECIO HORA ORDINARIA

 

BASE

TRANSPORTE

DOMINGO/FESTIVOS

DOMINGO/FESTIVOS

 

 

 

Art.34,2

Art.34.7 C.C.

 

a 01/04/2022

a 01/04/2022

a 01/04/2022

a 01/04/2022

GRUPO II

       

Prof. Oficio 2ª

1.065,43

107,20

11,29

10,02

Vendedor o Vendedora especial 2ª de perecederos.

1.065,43

107,20

11,29

10,02

Chófer repartido o Conductora repartidora

1.065,43

107,20

11,29

10,02

Conserje

1.065,43

107,20

11,29

10,02

Ayudante Cortadora o Cortador

1.065,43

107,20

11,29

10,02

Profesional Carnicero o Carnicera 2ª

1.065,43

107,20

11,29

10,02

Profesional Pescadero o Pescadera de 2ª

1.065,43

107,20

11,29

10,02

Profesional Charcutero o Charcutera de 2ª

1.065,43

107,20

11,29

10,02

Profesional Pastelero o Pastelera de 2ª

1.065,43

107,20

11,29

10,02

Ayudante/a sección especializada supermercados y autoservicios

1.065,43

107,20

11,29

10,02

Dependiente o Dependienta sección especializada

1.065,43

107,20

11,29

10,02

Auxiliar Administrativo o Administrativa de más de 3 años de antigüedad.

1.035,27

107,20

11,03

9,77

Auxiliar de caja de más de 2 años de antigüedad

1.035,27

107,20

11,03

9,77

Dependiente o Dependienta de menos de 4 años de antigüedad

1.035,27

107,20

11,03

9,77

Mozo especializado o Mozo especializada

1.035,27

107,20

11,03

9,77

Chófer cobrador o Conductor Cobradora.

1.035,27

107,20

11,03

9,77

 

GRUPO PROFESIONAL III

A) SALARIO

B)PLUS DE

C)PRECIO HORA

D)PRECIO HORA ORDINARIA

 

BASE

TRANSPORTE

DOMINGO/FESTIVOS

DOMINGO/FESTIVOS

 

 

 

Art.34,2

Art.34.7 C.C.

 

a 01/04/2022

a 01/04/2022

a 01/04/2022

a 01/04/2022

GRUPO III

 

 

 

 

Profesional Oficio 1ª

1.097,37

107,20

11,61

10,31

Profesional Carnicero o Carnicera 1ª

1.097,37

107,20

11,61

10,31

Profesional Pescadero o Pescadera de 1ª

1.097,37

107,20

11,61

10,31

Profesional Charcutero o Charcutera de 1ª

1.097,37

107,20

11,61

10,31

Profesional Pastelero o Pastelera de 1ª

1.097,37

107,20

11,61

10,31

Oficial Administrivo o Administrativa

1.097,37

107,20

11,61

10,31

Auxiliar Administrativo o Administrativa de más de 6 años de antigüedad.

1.097,37

107,20

11,61

10,31

Auxiliar de caja de más de 4 años de antigüedad

1.097,37

107,20

11,61

10,31

2ª Encargado o Encargada

1.097,37

107,20

11,61

10,31

Vendedor o Vendedora especialista sección perecederos

1.097,37

107,20

11,61

10,31

Viajante

1.097,37

107,20

11,61

10,31

Dependiente o Dependienta de más de 4 años de antigüedad

1.097,37

107,20

11,61

10,31

Corredor o Corredora de plaza

1.097,37

107,20

11,61

10,31

Preventista

1.097,37

107,20

11,61

10,31

Técnico o Técnica Merchandising

1.097,37

107,20

11,61

10,31

Delineante o Delinianta

1.097,37

107,20

11,61

10,31

Rotulista

1.097,37

107,20

11,61

10,31

Capataz o Capataza

1.097,37

107,20

11,61

10,31

Escaparatista

1.097,37

107,20

11,61

10,31

Cortador o Cortadora

1.097,37

107,20

11,61

10,31

Visitador o Visitadora

1.097,37

107,20

11,61

10,31

Operador u Operadora máquina contable

1.097,37

107,20

11,61

10,31

Vendedor o Vendedora comercial

1.097,37

107,20

11,61

10,31

Autovendedor o Autovendedora

1.097,37

107,20

11,61

10,31

 

GRUPO PROFESIONAL IV

A) SALARIO

B)PLUS DE

C)PRECIO HORA

D)PRECIO HORA ORDINARIA

 

BASE

TRANSPORTE

DOMINGO/FESTIVOS

DOMINGO/FESTIVOS

 

 

 

Art.34,2

Art.34.7 C.C.

 

a 01/04/2022

a 01/04/2022

a 01/04/2022

a 01/04/2022

GRUPO IV

 

 

 

 

Jefe o Jefa División

1.278,65

107,20

13,43

11,88

Jefe o Jefa Compras

1.278,65

107,20

13,43

11,88

Jefe o Jefa Ventas

1.278,65

107,20

13,43

11,88

Jefe o Jefa Almacén

1.278,65

107,20

13,43

11,88

Jefe o Jefa Personal

1.278,65

107,20

13,43

11,88

Jefe o Jefa Sucursal

1.278,65

107,20

13,43

11,88

Encargado o Encargada General

1.278,65

107,20

13,43

11,88

Jefe o Jefa Contabilidad

1.278,65

107,20

13,43

11,88

Jefe Administrativo o Jefa Administrativa

1.278,65

107,20

13,43

11,88

Dependiente o Dependienta Mayor

1.183,63

107,20

12,45

11,06

Contable General

1.183,63

107,20

12,45

11,06

Cajero o Cajera General

1.183,63

107,20

12,45

11,06

Taquimecanógrafo o Taquimecanógrafa idoma extranjero

1.183,63

107,20

12,45

11,06

Jefe o Jefa de Grupo

1.178,38

107,20

12,45

11,02

Jefe o Jefa Servicio Mercantil o Sección

1.178,38

107,20

12,45

11,02

Encargado o Encargada establecimiento comprador

1.178,38

107,20

12,45

11,02

Vendedor o Vendedora

1.178,38

107,20

12,45

11,02

Secretaria o Secretario

1.178,38

107,20

12,45

11,02

Jefe o Jefa Sección Servicios

1.178,38

107,20

12,45

11,02

Relaciones Públicas

1.178,38

107,20

12,45

11,02

Jefe o Jefa Taller

1.178,38

107,20

12,45

11,02

Intéprete

1.178,38

107,20

12,45

11,02

Técnico Administrativo o Técnica Administrativa

1.178,38

107,20

12,45

11,02

Técnico o Técnica Marketing

1.178,38

107,20

12,45

11,02

Analista Orgánico

1.178,38

107,20

12,45

11,02

Jefe o Jefa de caja

1.178,38

107,20

12,45

11,02

Jefe o Jefa de Sección

1.178,38

107,20

12,45

11,02

Jefe o Jefe de Sector

1.178,38

107,20

12,45

11,02

Dibujante.

1.178,38

107,20

12,45

11,02

 

GRUPO PROFESIONAL V

A) SALARIO

B)PLUS DE

C)PRECIO HORA

D)PRECIO HORA ORDINARIA

 

BASE

TRANSPORTE

DOMINGO/FESTIVOS

DOMINGO/FESTIVOS

 

 

 

Art.34,2

Art.34.7 C.C.

 

a 01/04/2022

a 01/04/2022

a 01/04/2022

a 01/04/2022

GRUPO V

 

 

 

 

Director o Directora

1.469,14

107,20

15,28

13,55

Gerente

1.469,14

107,20

15,28

13,55

Técnico o Técnica Superior

1.469,14

107,20

15,28

13,55

Técnico o Técnica de Sistemas

1.319,71

107,20

13,81

12,25

Analista Funcional

1.319,71

107,20

13,81

12,25

Técnico o Técnica de Programación

1.319,71

107,20

13,81

12,25

Programador o Programadora de Sistemas y/o operaciones

1.319,71

107,20

13,81

12,25

Diplomado universitario o Diplomada universitaria

1.319,71

107,20

13,81

12,25

         

FORMANTES

839,25

107,20

 

8,00

 

 

 

 

 

OTROS CONCEPTOS

       

Art.45, Ayuda por estudios

51,39

 

 

 

Art.48, Kilometraje

0,31

 

 

 

Domingos/Festivos Art.34.1

15,97

 

 

 

Respecto a la categoría profesional de FORMANTE, habida cuenta que se ha tenido que adaptar al Real Decreto 152/2022, de 22 de febrero, (BOE de 22/02/2022) por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2022, dicha norma será de aplicación como derecho supletorio en todo lo no previsto en el presente Convenio Colectivo para la indicada categoría profesional.