Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
FUNDACIÓN MALLORCA TURISMO
Núm. 237899
Resolución por la cual se modifica la convocatoria del director de la Fundació Mallorca Turisme por la cual se aprueban las bases específicas reguladoras del procedimiento selectivo para la constitución de una bolsa de trabajo de plazas de técnico/a en comunicación, marketing y audiovisuales en la Fundació Mallorca Turisme
Antecedentes
1. Resolución del director de la Fundació Mallorca Turisme por la cual se aprueban las bases específicas reguladoras del procedimiento selectivo para la constitución de una bolsa de trabajo de plazas de técnico/a en comunicación, marketing y audiovisuales en la Fundació Mallorca Turisme (BOIB núm. 129, de 18 de septiembre de 2021).
2. La convocatoria establece lo siguiente:
Sexta
...
6.2.3 Evaluación competencial
Consistirá en la superación de una entrevista conductal. Sólo serán convocadas las 10 personas aspirantes que hayan obtenido una mayor puntuación en la suma de los apartados 6.2.1 y 6.2.2.
...
Séptima
Puntuación final
7.1 La puntuación definitiva del proceso selectivo será el resultado de sumar las puntuaciones obtenidas en la valoración de los méritos (concurso) y en la evaluación competencial.
Octava
Lista de personas y presentación de documentos
8.1 Una vez finalizada la calificación de las personas aspirantes se publicará la relación de personas por orden de puntuación final.
...
Novena
Creación y funcionamiento de la bolsa de trabajo
9.1 Las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo podrán ser llamadas por la Fundación de acuerdo con el orden riguroso de calificación...
3. Resolución del director de la Fundació Mallorca Turisme por la cual se dicta la lista definitiva de seleccionados de 10 de marzo de 2022.
4. La lista definitiva de personas interesadas seleccionadas se ha agotado y la Fundación necesita contratar a una persona urgentemente por lo cual es necesario hacer entrevistas a los diez siguientes clasificados según el concurso de méritos para poder continuar con la lista definitiva, que se forma con la valoración conjunta de méritos y valoración de competencias.
5. La convocatoria no prevé cómo actuar en el caso de que se agote la lista definitiva de seleccionados y por eso es necesario incluir como se tiene que actuar en este supuesto.
Fundamentos de derecho
Según el artículo 39 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, “los actos de las administraciones públicas sujetas al derecho administrativo se presumen válidos y producen efectos desde la fecha en que se dicten, a no ser que en ellos se disponga otra cosa”.
Por todo ello, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Modificar la convocatoria por la cual se aprueban las bases específicas reguladoras del procedimiento selectivo para la constitución de una bolsa de trabajo de plazas de técnico/a en comunicación, marketing y audiovisuales en la Fundació Mallorca Turisme, en el siguiente sentido:
Allí donde dice
“Octava
Lista de personas y presentación de documentos
8.1 Una vez finalizada la calificación de las personas aspirantes se publicará la relación de personas por orden de puntuación final.
8.2 Las personas aspirantes propuestas tendrán que presentar a la Fundación, dentro del plazo de 20 días hábiles, a partir del día siguiente de la publicación de la lista de personas aspirantes y sin requerimiento previo, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y del cumplimiento de los requisitos exigidos a la convocatoria.
Tiene que decir:
“Octava
Lista de personas y presentación de documentos
8.1 Una vez finalizada la calificación de las personas aspirantes se publicará la relación de personas por orden de puntuación final.
8.2 Si se agota la lista definitiva de la bolsa, una vez valorados los méritos y la evaluación competencial, la Fundación puede llamar a los siguientes diez clasificados según orden de méritos para valorar sus competencias, y con el resultado de las valoraciones continuar con la lista definitiva, y así sucesivamente.
8.3 Las personas aspirantes propuestas tendrán que presentar a la Fundación, dentro del plazo de 20 días hábiles, a partir del día siguiente de la publicación de la lista de personas aspirantes y sin requerimiento previo, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria.
2. Esta resolución produce efectos desde el día en que se firma.
3. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, para dar publicidad y transparencia a la modificación.
Interposición de recursos
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante el presidente de la Fundació Mallorca Turisme, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Contra la desestimación expresa del recurso de alzada se puede interponer el recurso que se estime conveniente ante el Juzgado de lo Social, en los plazos y forma que se determine en la legislación vigente.
Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no se ha recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y se puede interponer el recurso que se estime conveniente ante el Juzgado de lo Social, en los plazos y forma que se determine en la legislación vigente.
No obstante, se puede presentar, si procede, cualquier otro recurso que se considere oportuno de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Palma, 27 de abril de 2022
El director de la Fundació Mallorca Turisme Miguel Pastor Jordà