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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES Y DEPORTES
Núm. 236539
Extracto de la Resolución de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 26 de abril de 2022 por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a financiar los gastos ordinarios de funcionamiento de las federaciones, las confederaciones y las uniones de entidades sin ánimo de lucro de ámbito suprainsular que llevan a cabo programas del ámbito social
Identificador BDNS: 622793
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria. El texto completo se puede consultar a la Base de datos Nacional de Subvenciones
http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index
Primero. Entidades beneficiarias
Pueden solicitar las ayudas que establece esta convocatoria las federaciones, las confederaciones y las uniones de entidades que cumplan los siguientes requisitos:
Quedan excluidas de esta convocatoria las federaciones, confederaciones y uniones de entidades que abordan los aspectos sociales de forma secundaria en sus actividades.
Segundo. Objeto
El objeto de esta convocatoria es fomentar la participación social y potenciar el tejido asociativo mediante la financiación de los gastos ordinarios de funcionamiento de las federaciones, confederaciones y uniones de entidades sin ánimo de lucro de ámbito suprainsular que llevan a cabo, exclusivamente, actuaciones a favor de las personas en el ámbito social.
Tercero. Bases reguladoras
Esta convocatoria se rige por la Orden de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 5 de marzo de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de servicios sociales y juventud (BOIB núm. 34, de 11 de marzo de 2021).
Cuarto. Cuantía
El importe máximo que se destina a esta convocatoria es de 740.000,00€ (setecientos cuarenta mil euros), de acuerdo con la imputación temporal y el siguiente desglose:
- 277.500,00 € (doscientos setenta y siete mil quinientos euros) con cargo a la partida presupuestaria 17401.313E01.48000.00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2022.
- 277.500,00 € (doscientos setenta y siete mil quinientos euros) con cargo a la partida presupuestaria 17401.313E01.48000.00 (o la alternativa correspondiente) de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2023.
-185.000,00 € (ciento ochenta y cinco mil euros) con cargo a la partida presupuestaria 17401.313E01.48000.00 (o la alternativa correspondiente) de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2024.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
Las solicitudes deben presentarse telemáticamente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las entidades interesadas pueden presentar una única solicitud para esta convocatoria. En caso de que una entidad presente más de una solicitud sólo se tendrá en cuenta la primera, de acuerdo con el orden fijado por el registro de entrada.
El plazo para presentar las solicitudes es de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears. En caso de que se produzca una interrupción no planificada en el funcionamiento de los sistemas electrónicos durante el último día establecido para la realización del trámite, se podrá llevar a cabo durante los tres días hábiles consecutivos.
Sexto. Otros datos
Son subvencionables las actividades propias de las federaciones de entidades que cumplan los requisitos que establece esta convocatoria y que se lleven a cabo dentro del período comprendido entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2023.
Palma, 26 de abril de 2022
La consejera de Asuntos Sociales y Deportes Fina Santiago Rodríguez