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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y RELACIONES EXTERIORES

Núm. 235157
Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores, a propuesta de la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio, por la cual se autoriza la aceptación de la cesión de uso gratuita y temporal a favor de la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes, del inmueble ubicado en la calle Manacor, 130, de Palma (Hostal Sorrento), para acoger refugiados temporales de Ucrania (Exp. SP 74/2022)

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Texto

En el día de la firma electrónica, la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio ha formulado la propuesta de resolución siguiente:

Hechos

1.La Asociación de Madres y Padres de Personas con Discapacidad de las Illes Balears (AMADIBA) dispone de un inmueble de su propiedad en la calle Manacor, 130, de Palma. La gerente de esta asociación ofreció a la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes la cesión gratuita y temporal del inmueble para acoger refugiados temporales de Ucrania.

2. El 19 de abril de 2022 se recibió en la Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio (VALIB núm. identificador 93420), el oficio de la secretaria general de la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes, con la documentación para iniciar el expediente de aceptación de la cesión de uso gratuita y temporal.

3. Memoria justificativa de la jefa de departamento de Asuntos Generales con el visto bueno del secretario general de Asuntos Sociales y Deportes relativo a la necesidad de iniciar el procedimiento para la cesión de uso gratuita y temporal, de 13 de abril de 2022.

4. Resolución de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes por la que se insta a la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores a que inicie el procedimiento de cesión de uso gratuita y temporal, de 13 de abril de 2022.

5. Documentación que acredita la capacidad de la entidad cedente y la relativa a su titularidad.

6. En fecha 20 de abril de 2022, la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio dictó resolución de inicio del expediente de que se trata.

https://csv.caib.es/hash/1650449419552-423139905-3556158259627606287

7. En fecha 22 de abril de 2022, el Servicio de Patrimonio emitió un informe favorable sobre el expediente de referencia.

https://csv.caib.es/hash/1650540831543-423951072-5705464066297329374

Fundamentos de derecho

1. Los artículos 63 y 64 y 87. g) de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. Los artículos 128, 129 y 130 del Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el cual se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. El Decreto 8/2021, de 13 de febrero, de modificación del Decreto 9/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 20, de 14 de febrero).

4. El Decreto 25/2021, de 8 de marzo, por el cual se modifica el Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 33, de 9 de marzo).

5. El Decreto 14/2021, de 15 de marzo, por el cual se dispone el cese y el nombramiento de un alto cargo de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores (BOIB núm. 36, de 16 de marzo).

Propuesta de resolución

Propongo a la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores que dicte resolución en los términos siguientes:

1. Autorizar la aceptación de la cesión de uso gratuita y temporal a favor de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears del inmueble ubicado en la calle de Manacor, 130, de Palma (Hostal Sorrento), para acoger refugiados temporales de Ucrania.

2. Establecer los siguientes términos de la cesión:

  1. La cesión se hace por un periodo de un año, prorrogable tácitamente durante un año más si ninguna de las dos partes no indica lo contrario, con dos meses de antelación a la finalización de la cesión. El plazo empieza a contar desde la firma del acta de entrega. En el supuesto de que, durante el plazo de la cesión o su prórroga, el inmueble dejase de ser necesario, la CAIB devolverá el inmueble a su propietario y se entenderá resuelta la cesión.

  2. La cesión comporta para el cesionario la asunción de los gastos de conservación y mantenimiento, como también las obligaciones tributarias que se deriven por el uso del inmueble que le sea cedido.

  3. La cesión gratuita de uso comporta la obligación por parte de la cesionaria de devolver el inmueble cuando se acabe la cesión de uso, en iguales condiciones en que reconoce que lo recibe.

3. Notificar esta Resolución a las partes interesadas.

4. Anotar las características de la cesión de uso en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar resolución en los mismos términos.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer recurso potestativo de reposición ante la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de haberse notificado y publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contadores a partir del día siguiente de haberse notificado y publicado la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso- administrativa.

 

En el día de la firma electrónica (25 de abril de 2022)

La consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores

Rosario Sánchez Grau

La directora general proponente

Catalina Ana Galmés Trueba