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AYUNTAMIENTO DE PALMA
Núm. 235064
Área de Justicia Social, Feminismo y LGTBI del Ayuntamiento de Palma. Extracto de las bases de subvenciones para la realización de proyectos y actividades feministas del 1 de junio de 2022 a 31 de mayo de 2023
BDNS: 622170
De conformidad con lo que prevén los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo se puede consultar en la base de datos nacional de subvenciones:
http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index
y en la página web del Ayuntamiento de Palma:
https://www.palma.cat/portal/PALMA/contenedor1.jsp?seccion=s_ldoc_d10_v3.jsp&codbusqueda=2420&language=ca&codResi=1&codMenuPN=1813&codMenu=1999&layout=contenedor1.jsp&layout=contenedor1.jsp
1. Entidades y/o personas beneficiarias
Pueden ser beneficiarias de estas subvenciones las personas o entidades que cumplan los siguientes requisitos:
2. Objeto
El objeto de estas Bases es regular las subvenciones para proyectos y actividades que promuevan la participación efectiva de las mujeres y la prevención de las violencias machistas durante los años 2022-2023, de acuerdo con el Plan estratégico 2021-2023 de subvenciones del Área de Justicia Social, Feminismo y LGTBI del Ayuntamiento de Palma, y de forma complementaria a la oferta de servicios de que dispone dicho Área.
3. Bases reguladoras
Para todo lo que no prevén estas Bases reguladoras son de aplicación el Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado mediante Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre; la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones; el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, aprobado mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; la Ordenanza general reguladora de la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Palma; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; el Reglamento de servicios de las corporaciones locales, de 17 de junio de 1955; el Texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, aprobado mediante Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo; las Bases de ejecución del Presupuesto general del Ayuntamiento de Palma correspondiente al ejercicio 2022, que regulan las subvenciones del presupuesto municipal; el Plan estratégico de subvenciones del Área de Justicia Social, Feminismo y LGTBI para los años 2021-2023; la normativa para la concesión de subvenciones públicas y el resto de normativa que sea de aplicación.
4. Cuantía
La cantidad presupuestada para esta convocatoria es de 70.000,00 € (setenta mil euros), con cargo a la aplicación presupuestaria 20.23123.48102 FEMINISMO- SUBVENCIONES PROYECTOS Y ACTIVIDADES FEMINISMO del Presupuesto de gastos del Área de Justicia Social, Feminismo y LGTBI de los años 2022-2023, distribuidos de la siguiente modo:
50.000,00€ (cincuenta mil euros) del presupuesto de gastos de 2022, RC núm referencia 22022003473 y núm. operación 220220005279.
20.000,00€ (veinte mil euros) del presupuesto de gastos de 2023, RC nº. Operación 220229000159.
5. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
6. Aprobación de las bases y recursos
Las bases de esta convocatoria de subvenciones se han aprobado por Acuerdo de la Junta de Gobierno núm. JGL_20220413_01_026 de fecha 13 de abril de 2022.
Contra esta convocatoria pública de subvenciones del Área de Justicia Social, Feminismo y LGTBI para la realización de actividades y proyectos feministas durante 2022 y 2023, se puede interponer un recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de de acuerdo con el art. 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde el día siguiente a su publicación, en cuyo caso no se puede interponer recurso contencioso administrativo hasta que no se haya resuelto el de reposición.
El recurso de reposición puede presentarse en la misma forma que la solicitud.
Se considerará desestimado si no se ha resuelto y notificado la resolución en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su interposición. En este caso queda expedita la vía contencioso-administrativa.
Si no se utiliza el recurso de reposición se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el artículo mencionado anteriormente y los 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a que se reciba esta notificación, sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere pertinente.
Palma, 21 de abril de 2022
El jefe de servicio de Igualdad, Juventud y Derechos Cívicos P.D. Decreto de Batlia n.º 3000, de 26.02.2014 Publicado al BOIB núm 30, de 04.03.2014 José Manuel Carrillo Martínez