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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

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AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 235054
Área de Justicia Social, Feminismo y LGTBI del Ayuntamiento de Palma Extracto de las bases reguladoras de la convocatoria pública para la realización de proyectos de sensibilización y promoción de los derechos humanos y la educación para la justicia global de 1 de junio de 2022 a 31 de mayo de 2023

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS: 622174

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo que se puede consultar en la base de datos nacional de subvenciones:

http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index

y en la página web del Ayuntamiento de Palma:

https://www.palma.cat/portal/PALMA/contenedor1.jsp?seccion=s_ldoc_d10_v3.jsp&codbusqueda=2420&language=ca&codResi=1&codMenuPN=1813&codMenu=1999&layout=contenedor1.jsp&layout=contenedor1.jsp

1. Entidades beneficiarias

Tendrán la consideración de beneficiarias de las subvenciones las entidades que cumplan los siguientes requisitos:

a. Estar legalmente constituidas de conformidad con la normativa vigente, registradas y activas en la fecha de inicio para la presentación de solicitudes.

b. Tener capacidad jurídica y de obrar.

c. Estar al corriente de obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

d. Estar al corriente de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Palma.

e. Encontrarse al corriente de pago de las obligaciones por reintegro.

f. No haber sido sancionadas, mediante resolución firme, con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones, en conformidad con la Ley general de subvenciones y otras disposiciones normativas que así lo establezcan.

g. Haber justificado las subvenciones concedidas en ejercicios anteriores finalizados.

h. En general cumplir los requisitos establecidos en el artículo 10 y no incurrir en ninguna del resto de circunstancias previstas en el artículo 6 de la Ordenanza municipal general reguladora de la concesión de subvenciones, así como en el artículo 13 de la Ley 38/2003, general de subvenciones.

i. Disponer de la estructura y la capacidad suficiente para garantizar el cumplimiento de los objeticos del proyecto presentado; a tal efecto se tendrá que presentar una declaración jurada.

   2. Objeto

El objeto de esta convocatoria es la realización de actividades de educación y de sensibilización que promuevan la transformación social para impulsar los valores de solidaridad, tolerancia, equidad y justicia social a Palma.

Las actividades subvencionadas se tendrán que llevar a cabo dentro del periodo comprendido entre el 1 de junio de 2022 y el 31 de mayo de 2023.

3. Bases reguladoras

Para todo el que no prevén estas Bases reguladoras, son de aplicación el Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado mediante el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones; el Reglamento de la Ley 38/2003, aprobado mediante el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; la Ordenanza municipal de subvenciones, reguladora de la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Palma; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; el Reglamento de servicios de las corporaciones locales, de 17 de junio de 1955; el Texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, aprobado mediante el Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo; las Bases de ejecución del Presupuesto general del Ayuntamiento de Palma correspondiendo al ejercicio de 2022, que regulan las subvenciones del Presupuesto municipal; el Plan estratégico de subvenciones del área de Justicia Social, Feminismo y LGTBI para los años 2021-2023; el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el cual se aprueba el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales; la normativa para la concesión de subvenciones públicas y el resto de normativa que sea de aplicación.

4. Cuantía

La cuantía presupuestada en esta convocatoria para atender las obligaciones de contenido económico derivadas de la concesión de las subvenciones es de 100.000,00 € (ciento mil euros), con cargo a la aplicación presupuestaria 20.23126.48300 Cooperación.-Convocatoria subv. del Presupuesto de gastos del área de Justicia Social, Feminismo y LGTBI de los años 2022-2023, distribuidos de la siguiente manera:

  • 75.000,00€ (setenta y cinco mil euros) del presupuesto de gastos de 2022 (RC n.º referencia 22022003447 y n.º operación 220220005205).
  • 25.000,00€ (veinticinco mil euros) del presupuesto de gastos de 2023 (RC n.º operación 220229000150 ).

5. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para presentar solicitudes es de treinta días naturales, contados desde el día siguiente en que se publique esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

6. Aprobación de las bases y recursos

Las bases de esta convocatoria de subvenciones se han aprobado por Acuerdo de la Junta de Gobierno núm. JGL_20220413_01_027, de 13 de abril de 2022.

Contra esta convocatoria pública de subvenciones del área de Justicia Social, Feminismo y LGTBI para la realización de proyectos y actividades de apoyo a las personas en entornos de prostitución a Palma del 1 de noviembre de 2021 a 15 de octubre de 2022, se puede interponer un recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con el art. 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde el día siguiente que se publique, y en este caso no se puede interponer recurso contencioso-administrativo hasta que no se haya resuelto el de reposición.

El recurso de reposición se puede presentar en la misma forma que la solicitud.

Se considerará desestimado si no se ha resuelto y notificado la resolución en el plazo de un mes contado desde el día siguiente que se interponga. En este caso queda expedita la vía contenciosa administrativa.

Si no se utiliza el recurso de reposición se puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con el artículo mencionado anteriormente y los 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de Palma, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente que se reciba esta notificación, sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere pertinente.

 

Palma, 21 de abril de 2022

El jefe de servicio de Igualdad, Juventud y Derechos Cívicos P.D. Decreto de Batlia n.º 3000, de 26.02.2014 Publicado al BOIB núm 30, de 04.03.2014 José Manuel Carrillo Martínez