Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE MOVILIDAD Y VIVIENDA
Núm. 234249
Resolución del consejero de Movilidad y Vivienda, a propuesta del director general de Movilidad y Transporte Terrestre, por la que se autoriza la solicitud de la revisión de las tarifas en el servicio de transporte urbano de viajeros con taxi en el municipio de Palma (exp.: SGCMH 01/2022 SPT)
En fecha 13 de abril de 2022, el director general de Movilidad y Transporte Terrestre ha formulado la siguiente propuesta de resolución:
Hechos
1. El día 1 de abril de 2022, el Ayuntamiento de Palma presentó a la Dirección General de Movilidad y Transporte Terrestre una solicitud de informe técnico para la Comisión de Precios, en relación a la revisión de las tarifas del servicio urbano de taxi de Palma.
2. El día 11 de abril de 2022, los técnicos de gestión económica del Consorcio de Transportes de Mallorca emitieron un informe técnico a la propuesta de revisión de las tarifas de aprobadas por el Pleno del Ayuntamiento de Palma en sesión de 31 de marzo de 2022, y se propone que la Secció de Preus de l'Aigua i els Transporte Urbano apruebe el cuadro tarifario de aplicación al servicio de transporte urbano con taxi de municipio de Palma, en el que se actualiza las tarifas y suplementos actualmente vigentes, considerando el porcentaje de evolución del coste de explotación del servicio espuesto, del 5,66%
3. La Comisión de Precios de las Illes Balears, en la sesión del día 12 de abril de 2022, examinó el expediente y adoptó el siguiente acuerdo:
Dictaminar favorablemente sobre la revisión de las tarifas solicitada por el Ayuntamiento de Palma con la propuesta para la Comisión de Precios en relación con los servicios de transporte urbano de taxi, y que es la siguiente:
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Tarifas actuales |
Propuesta para la Comisión de Precios |
---|---|---|---|
Bajada de bandera |
dia (Tarifa 2) |
2,15 € |
2,28 € |
noche o festivo (tarifa 1) |
2,50 € |
2,65 € |
|
Por kilómetro recorrido |
dia (Tarifa 2) |
0,93 € |
0,98 € |
noche o festivo (tarifa 1) |
1,10 € |
1,16 € |
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Hora de espera |
dia (Tarifa 2) |
17,85 € |
18,95 € |
noche o festivo (tarifa 1) |
20,15 € |
21,40 € |
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Suplementos |
Radioteléfono |
1,10 € |
1,15 € |
Puerto/Aeropuerto |
4,40 € |
4,65 € |
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Maletas |
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Navidad |
4,75 € |
4,75 € |
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Carrera mínima |
dia (Tarifa 2) |
3,00 € |
3,15 € |
noche o festivo (tarifa 1) |
4,00 € |
4,20 € |
Fundamentos de derecho
1. El Real Decreto 2226/1977, de 27 de agosto, sobre autorizaciones de aumento de tarifas de servicios de competencia local (BOE nº 207, de 30 de agosto).
2. La Orden ministerial de 30 de septiembre de 1977, por la que se dictan normas complementarias del Real Decreto 2226/1977, de 27 de agosto, sobre tramitación de expedientes de modificación de tarifas de los servicios de competencia local (BOE nº 241, de 8 de octubre).
3. El Real Decreto 2695/1977, de 28 de octubre, sobre normativa en materia de precios (BOE nº 260, de 31 de octubre).
4. El Real Decreto-ley 7/1996, de 7 de junio, sobre medidas urgentes de carácter fiscal y de fomento y liberalización de la actividad económica (BOE nº 139, de 8 de junio).
5. El Decreto 30/2013, de 14 de junio, por el que se crea la Comisión de Precios del Agua y los Transportes Urbanos y se regula la composición y el funcionamiento (BOIB nº 85, de 15 de junio de 2013).
6. El Decreto 21/2019, de 2 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº 106, de 2 de agosto de 2019).
7. El Decreto 22/2019, de 19 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se rectifica el Decreto 21/2019, de 2 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 12/2019, de 2 de julio, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº 116, de 24 de agosto de 2019).
Propuesta de resolución
Propongo al consejero de Movilidad y Vivienda que dicte una resolución en los siguientes términos:
1. Autorizar, de acuerdo con el dictamen de la Comisión de Precios de las Illes Balears de la sesión del 12 de abril de 2022, la revisión de las tarifas solicitada por el Ayuntamiento de Palma en relación con los servicios de transporte urbano de viajeros de taxi en Palma, que es la siguiente:
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Tarifas actuales |
Propuesta para la Comisión de Precios |
---|---|---|---|
Bajada de bandera |
dia (Tarifa 2) |
2,15 € |
2,28 € |
noche o festivo (tarifa 1) |
2,50 € |
2,65 € |
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Por kilómetro recorrido |
dia (Tarifa 2) |
0,93 € |
0,98 € |
noche o festivo (tarifa 1) |
1,10 € |
1,16 € |
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Hora de espera |
dia (Tarifa 2) |
17,85 € |
18,95 € |
Noche o festivo(tarifa 1) |
20,15 € |
21,40 € |
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Suplementos |
Radioteléfono |
1,10 € |
1,15 € |
Puerto/Aeropuerto |
4,40 € |
4,65 € |
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Maletas |
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Navidad |
4,75 € |
4,75 € |
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Carrera mínima |
dia (Tarifa 2) |
3,00 € |
3,15 € |
noche o festivo (tarifa 1) |
4,00 € |
4,20 € |
2. Notificar la resolución a la entidad interesada.
3. Publicar la resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
4. Informar de que la resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Por todo ello, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar resolución en los mismos términos.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Movilidad y Vivienda en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la notificación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Palma, 13 de abril de 2022 El consejero de Movilidad y Vivienda Josep Marí i Ribas El director general proponente Jaume Mateu Lladó