Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Núm. 233924
Acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 4 de abril de 2022, relativo a la aprobación de la convocatoria de ayudas ADV 2022 (exp. 3201-2022-000001)
Antecedentes
1. El Consejo Ejecutivo, en la sesión de día 13 de diciembre de 2021, aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones del Consejo Insular de Menorca (PES) para el año 2022 (BOIB núm. 8 de 13 de enero de 2022). El PES establece la previsión de la actividad subvencionadora en la línea de fomento de actividades de interés general, dentro del marco normativo establecido para la concesión de subvenciones. Una de las líneas de subvención incluidas en este PES es una ayuda para el fomento de las asociaciones de defensa vegetal de Menorca.
2. La misión de las agrupaciones de defensa vegetal es velar por el estado sanitario de las producciones vegetales, asesorar los productores sobre los productos que pueden utilizar en los tratamientos fitosanitarios y auxiliarlos en todas las cuestiones relativas a los productos cultivados.
Las condiciones de la agricultura de Menorca, en cuanto a climatología, intensidad y variedad de cultivos, hacen que la problemática de la sanidad vegetal revista una especial complejidad.
La reducida estructura de las fincas hace recomendable su asociación en agrupaciones de defensa vegetal.
3. El objeto de estas ayudas es apoyar a las actuaciones llevadas a cabo desde el 1 de diciembre de 2021 hasta el 30 de noviembre de 2022 por las agrupaciones de defensa vegetal de Menorca (de ahora en adelante ADV) constituidas según el Decreto 52/2013, de 29 de noviembre, por el cual se regulan las agrupaciones de defensa vegetal en el ámbito de las Islas Baleares y se crea el Registro oficial de agrupaciones de defensa vegetal de las Islas Baleares.
El interés público de esta convocatoria es apoyar a la actividad llevada a cabo por las agrupaciones de defensa vegetal, que, conjuntamente con la actividad realizada por la administración en el ámbito de la sanidad vegetal, permitirá reforzar la eficacia de las actuaciones de prevención y lucha contra los agentes nocivos de los vegetales mediante la utilización racional de técnicas de aplicación, productos y medios fitosanitarios.
4. El Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca, en sesión ordinaria de día 30 de agosto de 2021, aprobó el texto refundido de las bases de la ayuda para las agrupaciones de defensa vegetal de Menorca para el año 2021 (BOIB núm. 130 de 21 de septiembre de 2021).
El Plan Estratégico de Subvenciones del CIM para el año 2022, en su punto 1.5, dice que se considerará eficiente recurrir al trámite de aprovechar bases ya aprobadas en ejercicios anteriores.
La normativa específica que regula estas ayudas no ha cambiado por lo cual la convocatoria para el año 2022 se puede regir por el texto refundido de las bases aprobado el año anterior, con la modificación siguiente:
- Se sustituirán las referencias del año 2019 por el año 2020, del año 2020 por el año 2021 y del año 2021 por el año 2022.
5. El artículo 2.2 de la Ley 8/1999, de 12 de abril, de atribución de competencias a los consejos insulares de Menorca y de Ibiza y Formentera en materia de Agricultura, Ganadería, Pesca y Artesanía, dice que son funciones de los consejos insulares de Menorca y Formentera, que pueden desarrollar en su ámbito territorial, entre otras, las actuaciones en materia de agricultura y ganadería.
El artículo 30 de la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de autonomía de las Islas Baleares, dice que son competencias propias de los consejos insulares, entre otros, la agricultura, ganadería y pesca; calidad, trazabilidad y condiciones de los productos agrícolas y ganaderos y de los productos alimentarios que se derivan.
Por todo esto, dado el interés del Departamento de Economía y Territorio del Consejo Insular de Menorca de apoyar a las producciones autóctonas de Menorca, de fomentar los organismos interesados en su mantenimiento y ayudar las agrupaciones de defensa vegetal constituidas en Menorca,
Vista la propuesta del consejero ejecutivo del Departamento de Economía y Territorio,
El Consejo Ejecutivo, por unanimidad de los siete miembros presentes (señora Mora Humbert, señor Maria Ballester, señora Torrent Bagur, señor Pastrana Huguet, señor Juaneda Mercadal, señora Gomis Luís y señora Gómez Estévez) y en votación ordinaria, adopta los acuerdos siguientes:
Primero. Aprobar la convocatoria de minimis correspondiente al año 2022 de las ayudas del CIM para las agrupaciones de defensa vegetal de Menorca, que se regirá por el texto refundido de las bases aprobadas por el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca, reunido en sesión de carácter ordinario día 30 de agosto de 2021 (BOIB núm. 130 de 21 de septiembre de 2021), con la modificación siguiente:
- Se sustituirán las referencias del año 2019 por el año 2020, del año 2020 por el año 2021 y del año 2021 por el año 2022.
Y de acuerdo con las condiciones siguientes:
a) Importe global máximo de las ayudas y crédito presupuestario: las ayudas concedidas se atenderán con cargo a las partidas presupuestarias y con los importes máximos que se indican más abajo, sin perjuicio que los importes puedan ser ampliados por aportaciones exprés de terceros para contribuir a la financiación del objeto de la convocatoria:
Partida |
Cuantía máxima |
5.41200.4890002 Soporte a las producciones vegetales |
50.000 € |
b) El plazo de presentación de solicitudes es de 20 días naturales contados a partir del día siguiente de haberse publicado la convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB).
c) La instrucción corresponde a la señora Isabel Martín Neira, técnica del Consejo Insular de Menorca.
d) La composición de la Comisión Evaluadora de estas ayudas es la siguiente:
- Presidente: Josep Pastrana Huguet, consejero ejecutivo del Departamento de Economía y Territorio
- Secretario/aria: uno/a funcionario/aria del Departamento
- Vocales:
Titulares:
- Pilar Pons Goñalons, directora insular de Economía
- Isabel Martín Neira, técnica agrícola del CIM
- Judith Aisa Garbayo, técnica agrícola del CIM
- Francisca Llabrés Riudavets, técnica media de gestión del CIM
Segundo. Publicar en la página web del Consejo Insular de Menorca, a efectos informativos, el texto refundido de las bases.
Tercero. Remitir a la Base de datos Nacional de Subvenciones, información sobre la presente convocatoria, en los términos establecidos en el artículo 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, de forma previa en la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB).
Contra este acuerdo – que no agota la vía administrativa – se puede interponer un recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno en el plazo de un mes contador desde el día siguiente que se haya publicado, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y el artículo 22 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de consejos insulares.
El mencionado recurso se entenderá desestimado, si no se notifica la resolución correspondiente, cuando hayan transcurrido tres meses desde su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo podréis interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma.
Maó, 25 de abril de 2022
Por delegación de la presidenta,
El secretario del Consejo Ejecutivo
Octavi Pons Castejón
(Decreto 427/2019, de 11 de julio)
(BOIB núm. 97 de 16-7-2019)