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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL

Núm. 230054
Resolución de la directora general de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa de 20 de abril de 2022 por la que se somete a información pública el Proyecto de orden del consejero de Educación y Formación Profesional de organización y funcionamiento de los equipos de atención temprana de las Illes Balears dependientes de la Consejería de Educación y Formación Profesional

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Texto

Antecedentes

1. Mediante Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 11 de febrero de 2022 se ordenó la realización de una consulta pública previa a la elaboración de la orden de organización y funcionamiento de los equipos de atención temprana (EAP) de las Illes Balears dependientes de la Consejería de Educación y Formación Profesional.

2. En fecha 4 de marzo de 2022, la directora general de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa informó sobre la necesidad de establecer mediante una orden la organización y el funcionamiento de los equipos de atención temprana de las Illes Balears dependientes de la Consejería de Educación y Formación Profesional.

3. Por Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 7 de marzo de 2022 se ordenó el inicio del procedimiento para la tramitación de la Orden de organización y funcionamiento de los equipos de atención temprana de las Illes Balears dependientes de la Consejería de Educación y Formación Profesional.

Fundamentos de derecho

1. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE núm. 106, de 4 de mayo), modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE núm. 340, de 30 de diciembre).

2. La Ley 1/2022, de 8 de marzo, de Educación de las Illes Balears (BOIB núm. 38, de 17 de marzo).

3. El Decreto 39/2011, de 29 de abril, por el que se regula la atención a la diversidad y la orientación educativa en los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos (BOIB núm. 67, de 5 de mayo).

4. El Decreto 23/2020 de 31 de julio, por el que se aprueba el Texto Consolidado del Decreto por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros de primer ciclo de educación infantil (BOIB núm. 135, de 1 de agosto).

5. El Decreto 30/2020 de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Consolidado del Decreto por el que se establece y regula la red de escuelas infantiles públicas y los servicios para la educación de la primera infancia de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y se crea el Instituto para la Educación de la Primera Infancia (BOIB núm. 167, de 29 de septiembre).

6. El Decreto 71/2008, de 27 de junio, por el que se establece el currículum de la educación infantil en las Illes Balears (BOIB núm. 92, de 2 de julio).

7. El Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 21, de 15 de febrero), modificado por el Decreto 25/2021, de 8 de marzo, de la presidenta de las Illes Balears (BOIB núm. 33, de 9 de marzo).

8. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOIB núm. 236, de 2 de octubre).

9. Los artículos 58.1.e) y 61 de la Ley 1/2019, de 31 de enero, del Gobierno de las Illes Balears (BOIB núm. 15, de 2 de febrero).

Por todo ello, dicto la siguiente

 

RESOLUCIÓN

1. Someter el borrador del Proyecto de orden del consejero de Educación y Formación Profesional de organización y funcionamiento de los equipos de atención temprana de las Illes Balears dependientes de la Consejería de Educación y Formación Profesional a información pública, y ponerla a disposición de las personas interesadas en la Dirección General de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa, de la Consejería de Educación y Formación Profesional (calle del Ter, 16, 2.ª planta), en su sitio web (http://educacio.caib.es), y en el portal Participación Ciudadana (http://participaciociutadana.caib.es) del Gobierno de las Illes Balears.

2. Fijar el plazo de información pública en diez días, contadores desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

3. Las alegaciones se deben presentar en la sede de la Dirección General de Primera Infancia Innovación y Comunidad educativa (calle del Ter, 16, 2.ª planta), o en cualquiera de los lugares que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y deben ir dirigidas a la Dirección General de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa de la Consejería de Educación y Formación Profesional.

4. Habilitar la posibilidad de presentar alegaciones por medios telemáticos mediante el apartado «Participación en la elaboración de normativa» del portal Participación Ciudadana (http://participaciociutadana.caib.es) del Gobierno de las Illes Balears, dentro del plazo que se establece en el punto 2 anterior, de acuerdo con el artículo 34.2.f) de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Siempre que las alegaciones presentadas a través del sitio web incluyan la identificación de la persona o entidad que las hace, se incluirán en el expediente de elaboración normativa, a pesar de que no consten en el registro de entrada de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. A tal efecto, el funcionario del órgano competente de la tramitación del procedimiento normativo que las reciba electrónicamente emitirá una diligencia de las alegaciones presentadas.

5. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 20 de abril de 2022

La directora general de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa Amanda Fernández Rubí