Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y RELACIONES EXTERIORES
Núm. 228767
Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 20 de abril de 2022 por la que se modifica el anexo del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2021-2023, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 20 de diciembre de 2021
Hechos
1. Mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 20 de diciembre de 2021 (BOIB núm. 175, de 23 de diciembre), se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2021-2023.
2. La Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio (Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores) ha instado la modificación del mencionado Plan Estratégico de Subvenciones, concretamente dentro del punto 1 («Crecimiento inteligente») del objetivo III («Competitividad») en relación a las ayudas a los emprendedores y a las empresas con actividad en las Illes Balears para cubrir las comisiones por apertura y de estudio, los intereses y el coste del aval de ISBA, SGR, de operaciones de financiación de inversiones productivas y de liquidez. En el actual ejercicio 2022 se han convocado estas ayudas mediante Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 25 de febrero de 2022 (BOIB núm. 32/2022, de 3 de marzo) por importe de 4.000.000 de euros.
3. Con esta modificación se pretende incluir en la convocatoria dos nuevos tipos de beneficiarios:
Por un lado, se considera conveniente ampliar la convocatoria a determinadas grandes empresas elegibles. En este sentido, hay que tener en cuenta que el apartado 1 de la disposición adicional tercera del Decreto Ley 4/2022, de 30 de marzo, por el que se adoptan medidas extraordinarias y urgentes para paliar la crisis económica y social producida por los efectos de la guerra en Ucrania, permite aplicar a determinadas grandes empresas elegibles el régimen de las ayudas a la financiación previsto en el Decreto 29/2011, de1 de abril, de medidas urgentes en materia de financiación de inversiones productivas y liquidez de las pymes en las Illes Balears, de acuerdo con las convocatorias respectivas, las cuales también pueden adaptar los requisitos y la documentación exigible a las características propias de estas empresas.
Por otro lado, y como medida complementaria a la bonificación extraordinaria y temporal del precio final de determinados productos energéticos y aditivos, regulada en los artículos 15 y siguientes del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, se considera conveniente ampliar la convocatoria a quienes ostenten la titularidad de los derechos de explotación de las instalaciones de suministro de combustibles y carburantes al por menor, así como a las empresas que hagan ventas directas a los consumidores finales de los productos objeto de la bonificación, con la finalidad de dotarles de liquidez.
Así mismo, se aprovecha esta modificación para incrementar, en 525.000,00 euros, la cuantía prevista actualmente y actualizar los datos relativos a las fuentes de financiación, sin perjuicio de que las cuantías que prevé el Plan tengan un carácter meramente estimativo y que la concreción de las partidas presupuestarias que correspondan no requieran la modificación del anexo del Plan.
4. El apartado tercero del Acuerdo del Consejo de Gobierno mencionado establece que la aprobación y las eventuales modificaciones del anexo del Plan Estratégico de Subvenciones se delegan a la persona titular de la consejería competente en materia de hacienda, de acuerdo con el artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Corresponde, por lo tanto, a la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores aprobar y modificar el anexo del Plan Estratégico de Subvenciones.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
2. El Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificado por el Decreto 25/2021, de 8 de marzo, de la presidenta de las Illes Balears.
3. El Decreto 10/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears, en que se nombra a la señora Rosario Sánchez Grau consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores.
Por todo esto, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Aprobar la modificación del anexo del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2021-2023, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 20 de diciembre de 2021 (BOIB núm. 175, de 23 de diciembre), en cuanto al objetivo III sobre competitividad y más concretamente el punto 1 relativo al crecimiento inteligente, de manera que se actualiza la línea III.1.8 en el sentido siguiente:
III.1.8
Dirección general: Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio
Fuente de financiación: capítulo IV (1.600.000 € de fondos propios, y 5.925.000 € [FF31111] del fondo FEDER PO 2021-2027)
Descripción: ayudas a los emprendedores, a la micro, pequeña y mediana empresa y a otras empresas, según lo que prevean las convocatorias respectivas, con actividad en las Illes Balears para cubrir los intereses y el coste del aval de ISBA, SGR, de operaciones de financiación de inversiones productivas y de liquidez para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la COVID-19 y, si procede, de la crisis ocasionada por la guerra en Ucrania
Objetivos y efectos: facilitar el acceso a la financiación para la obtención de liquidez a la micro, pequeña y mediana empresa y a otras empresas, según lo que prevean las convocatorias respectivas, con actividad en las Illes Balears
Convocatoria: anual (2022 y 2023)
Coste: 7.525.000,00 €
Indicadores: número e importe de avales formalizados que reciben las ayudas; variación respecto del año anterior; media del importe de las operaciones; media de las ayudas concedidas; porcentaje de emprendimiento; porcentaje de operaciones de inversión y de liquidez; número de puestos de trabajo mantenidos con las ayudas y variación respecto del año anterior
Incidencia sobre el mercado: mantenimiento y creación de puestos de trabajo en las pymes y en otras empresas
2. Disponer que esta Resolución produzca efectos desde la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 20 de abril de 2022
La consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores Rosario Sánchez Grau