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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA

Núm. 218681
Regulación del acceso de vehículos a la finca sa tanca d’allà dins (Formentera), del 15 de mayo al 15 de octubre de 2022

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Texto

 Se hace público que el Pleno del Consell Insular de Formentera en la sesión de día 25 de mazo de 2022, ha adoptado el sigüiente acuerdo: 

3.1.9.- PRP 2022/179. PROPUESTA DE ACUERDO PLENO ACCESO SA TANCA D'ALLÀ DINS 2022.

...

Sometido a votación de los 15 miembros presentes de los 17 que forman el Pleno de la corporación, por más de la mayoría absoluta, con la sigüiente composición y votación: el voto a favor de los 5 representantes presentes del grupo político Gent x Formentera y de los 5 representantes del grupo político PSIB-PSOE (que forman el equipo de Gobierno), y la abstención de los 5 representantes del grupo político Sa Unió de Formentera PP-Compromís, adopta, sobre la base de la propuesta transcrita, el següiente

ACUERDO

JUSTIFICACIÓN (PARTE EXPOSITIVA).- 

REGULACIÓN DE ACCESO DE VEHÍCULOS A LA FINCA “SA TANCA D'ALLÀ DINS”, PRESENTADA POR EL SR. RAFAEL GONZÁLEZ RIBAS, CONSELLER DE MOVILIDAD Y TERRITORIO DEL CONSELL INSULAR DE FORMENTERA.

En los últimos años, el número de visitantes a la zona des Cap de Barbaria durante la temporada estival se ha incrementado notablemente habiendo llegado a generar graves problemas de aglomeración en la carretera de acceso -PMV-820.1- que llevaban aparejados, además del deterioro medioambiental de la zona como consecuencia del impacto, alteraciones de la seguridad y del orden público.

En este sentido se pronunció el informe del Jefe de la Policia Local, de 11 de mayo de 2017, que puso de manifesto los constantes bloqueos circulatorios y las frecuentes aglomeraciones de personas en la zona. Se adjunta como ANNEXO I.

En la misma línea, señalaba el informe del técnico de Medio Ambiente de fecha 12 de mayo de 2017, que se estaba sufriendo una deterioración acelerada de la zona, que hacía necesaria la intervención de manera inmediata por parte de la Administración, proponiendo, entre otras cuestiones, la aprobación de un plan de movilidad sostenible para la zona que incluyera medidas como la restricción del número de vehículos que pudieran acceder libremente en este espacio para minimizar los impactos provocados por esta situación. Se adjunta este informe como ANEXO II.

Así mismo, el Consell Insular de Formentera encargó un estudio técnico que contemplaba las posibles soluciones para la regulación del acceso de vehículos en la zona en cuestión con la finalidad de asegurar un estado adecuado de conservación del entorno dadas sus especiales características y sus valores medioambientales, paisagístico, turístico y patrimonial. Se adjunta como ANEXO III el referido estudio elaborado por el estudio de ingenieria GRUSAMAR, de fecha 12 de mayo de 2017.

En base a todo esto, en 2017, 2018, 2019 i 2020 por Comisión de Gobierno y en 2021 por Pleno se aprobaron los correspondientes Acuerdos relativos a la regulación y limitación de la circulación de vehículos en la finca Sa Tanca d'Allà Dins que supusieron fundamentalmente la prohibición del acceso de vehículos a motor entre los días 1 de julio y 15 de septiembre de 2017, entre los días 25 de junio y 30 de septiembre de 2018, entre los días 15 de mayo y 15 de octubre de 2019 y entre los días 4 de julio y 15 de octubre de 2020, mediante la instalación de una barrera en el P.Q. 6,5 de la carretera PMV-820.1, el establecimiento de dos zonas de aparcamiento en la entrada con capacidad para 60 coches y 100 motocicletas y la implantación de un servicio de atención al visitante en horario de máxima afluencia (de 11 a 13 h y de 18 a 22 h) permitiendo dentro de este horario el acceso de personas con movilidad reducida. 

Según los conteos y observaciones realizadas desde el área de Movilidad del Consell Insular de Formentera, la capacidad de la zona de estacionamiento no se vio superada en los periodos de años anteriores en que se ha aplicado la regulación, a pesar de que el número de visitantes ha ido aumentando, llegando a contabilizarse el día de mayor afluencia de 2021 un 62% más de desplazamientos a pie y en bicicleta que el mismo día del año 2019.

En sesión del Pleno del Consell Insular de Formentera de fecha 21 de diciembre de 2018 se adoptó el acuerdo de aprobar definitivamente el Plan de Movilidad Sostenible de Formentera. El Plan de Movilidad Sostenible incluye como una de las propuestas (propuesta 3.2.2. Regular el acceso a Es Cap de Barbaria) la regulación del acceso a Sa Tanca d'Allà Dins así como se realizó en los años 2017 y 2018.

De la misma manera, la Ley 7/2019, de 8 de febrero, para la sostenibilidad medioambiental y económica de la isla de Formentera, establece en su artículo 9 la posibilidad de que el Pleno del Consell Insular pueda limitar temporalmente la afluencia de vehículos a motor en vías públicas o espacios determinados con valores naturales, patrimoniales o paisagísticos para evitar que se produzcan daños y aglomeraciones..

Una vez que se ha levantado el estado de alarma acordado por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el cual se declaró el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, prorrogado hasta el 10 de mayo de 2021 por el Real Decreto 956/2020, de 3 de noviembre, hay que estar a las medidas de prevención sanitaria que se citan a continuación, como se deriva de la siguiente normativa:

ESTATAL:

- Real decreto Ley 13/2021, de 24 de junio, por el que se modifican la Ley 2/2021, de 29 de marzo, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada miedo el COVID-19, y el Real Decreto-ley 26/2020, de 7 de julio, de medidas de reactivación económica para hacer frente al impacto del COVID-19 en los ámbitos de transportes y vivienda, publicado en el BOE nº 151, de 25 de junio de 2021.

AUTONÓMICA BALEAR:

- Decreto Ley 5/2021, de 7 de mayo, por el cual se modifican la Ley 16/2010, de 28 de diciembre, de salud pública de las Islas Baleares, y el Decreto Ley 11/2020, de 10 de julio, por el cual se establece un régimen sancionador específico para hacer frente en los incumplimientos de las disposiciones dictadas para paiar los efectos de la crisis ocasionada por la COVID-19, publicado en el BOIB nº. 60, de 8 de mayo de 2021.

- Acuerdo del Consejo de Gobierno de 14 de febrero de 2022, por el cual se establecen los niveles de alerta sanitaria que se tienen que aplicar en cada una de las islas, se modifica el Plan de Medidas de Prevención, Contención y Coordinación Frente a la COVID-19 y se aprueba un nuevo Plan Específico de Medidas de Prevención y Contención de la COVID-19 en los Servicios Sociales, aprobados por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 25 de octubre de 2021 (BOIB n.º 24, de 14 de febrero de 2022).

- Acuerdo del Consejo de Gobierno de 28 de febrero de 2022, por el cual se establece el nuevo Plan de Medidas Frente en la COVID-19, y que sustituye el Plan de Medidas de Prevención, Contención y Coordinación Frente a la COVID-19 que se aprobó mediante el anexo 1 del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 25 de octubre de 2021. (BOIB n.º 31, de fecha 1 de marzo de 2022).

Y atendiendo, finalmente, que, en cualquier caso, se tiene que cumplir necesariamente todas las medidas sanitarias y de prevención derivadas de la normativa anteriormente citada, con la adopción de todas las exigencias que la situación comporta, y sus actualizaciones, según que corresponda.

PARTE RESOLUTIVA.-

PRIMERO.- Señalizar, en el acceso a la finca Sa Tanca d'Allà Dins, que la carretera no tiene salida y que se prohíbe la circulación de vehículos a motor del 15 de mayo al 15 de octubre de 2022. Únicamente se permitirá el acceso de vehículos para personas con movilidad reducida, a la Agencia Balear del Agua (ABAQUA) o personas autorizadas por esta entitad, como propietaria del recinto del faro  a todos los vehículos de los organismos oficiales que dentro de este espacio puedan ejercer tareas de mantenimiento, limpieza, salvamento, seguridad, emergencias, protección civil y aquellos vehículos que expresamente autorice el Consell insular de Formentera.

SEGUNDO.- Cortar la carretera mediante un dispositivo de control, que permita el acceso a los peatones y el paso de bicicletas del 15 de mayo al 15 de octubre de 2022, teniendo que indicarse con señalización vertical la prohibición del paso de vehículos a motor.

TERCERO.- Mantener las dos zonas anexas a la carretera como zonas de estacionamiento para turismos y motocicletas y habilitar un vial que garantice la entrada y salida en condiciones de seguridad.

CUARTO.- Delimitar en la zona de estacionamiento actual al lado del faro, plazas para los diferentes tipos de vehículos a motor con acceso permitido (vehículos de emergencia y discapacidades) y aparca-bicicletas.

QUINTO.- Los agentes de control del cumplimiento de las limitacions de acceso y denuncia de las insfracciones seran la policia local y los controladores de estacionamiento regulado.

SEXTO.- Dar traslado a los organismos que pudieran verse afectados por el contenido del presente acuerdo.

SÉPTIMO.- Publicar el presente acuerdo en el BOIB y en la web del Consell Insular, para general conocimiento.

Lo cual se hace público, para general conocimiento y en ejecución del artículo 9 de la Ley 7/2019, de 8 de febrero, para la sostenibilidad medioambiental y económica de la isla de Formentera.

  

Formentera, 11 de abril de 2022

La presidenta del Consell Insular

Ana Juan Torres