Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE PALMA
Núm. 217527
Departamento de Personal. Servicio de Selección y Provisión. Acuerdo de subsanación de la tasa adicional de estabilización de la ocupación temporal para el año 2021 del Ayuntamiento de Palma
Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno número 20220323_01_U026 de fecha 23 de marzo de 2022 se acordó lo siguiente:
PRIMERO.- Subsanar por error material el acuerdo de la Junta de Gobierno número 20211229_01_018 de fecha 29 de diciembre de 2021, que acordó la aprobación de la tasa adicional de estabilización de la ocupación temporal para el año 2021, que fue publicada en la publicada en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 180, de fecha 30 de diciembre de 2021, en cuanto al cuadro de plaza/categoría donde figura una plaza de auxiliar administrativo/va, que corresponde a la cuota de reserva para personas con discapacidad, según dispone el artículo 59 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto básico del Empleado público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre (TREBEP), en el sentido que allí donde pone:
PLAZA/CATEGORÍA |
TOTAL |
Escala |
GRUPO |
Subgrupo |
Subescala |
||||
Auxiliar administrativo/va |
1 |
AG Auxiliar |
C |
C2 |
debe poner lo siguiente:
PLAZA/CATEGORÍA |
TOTAL |
Escala |
GRUPO |
Subgrupo |
Subescala |
||||
Auxiliar administrativo/va, con reserva de discapacidad |
1 |
AG Auxiliar |
C |
C2 |
Por tanto, la tasa adicional de estabilización de la ocupación temporal para el año 2021 del Ayuntamiento de Palma, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 del “Real Decreto Ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público” , será la siguiente:
PLAZA/CATEGORÍA |
TOTAL |
Escala |
GRUPO |
Subgrupo |
Subescala |
||||
Técnico/a de administración general (TAG) |
8 |
AG Técnica |
En |
A1 |
Ingeniero/a caminos, canales y puertos |
1 |
AD |
En |
A1 |
Técnica |
||||
Ingeniero/a técnico/a industrial |
1 |
AD |
En |
A2 |
MEDIO |
||||
Delineante/a |
3 |
AD Técnica Especialista |
B |
B |
Técnico/a aplicaciones Informáticas |
1 |
AD Técnica especialista |
C |
C1 |
Celador/a de obras |
3 |
AD |
C |
C1 |
Cometidos especiales |
||||
Auxiliar de biblioteca |
1 |
AD Cometidos especiales |
C |
C1 |
Auxiliar administrativo/va con reserva de discapacidad |
1 |
AG Auxiliar |
C |
C2 |
Trabajador/a familiar |
1 |
AD Cometidos especiales |
C |
C2 |
Ayudante de oficios |
6 |
AD Servicios especiales |
AP |
AP |
TOTAL |
26 |
|
SEGUNDO.- Publicar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Contra este acto administrativo, que agota la vía administrativa, se puede presentar recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, de acuerdo con el artículo 123 de la Llei39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde el día siguiente al de recibir esta notificación. En este caso no podrá interponerse recurso contencioso administrativo hasta que no se haya resuelto el de reposición.
El recurso de reposición potestativo deberá presentarse en el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias a que se refiere el artículo 16.4 de la Llei39/2015, de 1 de octubre, antes mencionada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificado la resolución, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de su interposición, en cuyo caso quedará expedita la vía contencioso-administrativa.
Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el artículo 123 antes mencionado y lo que dispone la Llei29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo o la Sala ContenciosaAdministrativa del Tribunal Superior de Justicia, según las competencias determinadas por los artículos 8 y 10 de la Llei29/1998, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de recibir esta notificación, todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere conveniente.
Palma, a fecha de la firma electrónica (25 de marzo de 2022)
La jefa de departamento de Personal p.d. Decreto de alcaldía núm. 3000, de 26/02/2014 (BOIB núm. 30, de 04/03/2014) Esperanza Vega Terrón