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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE BANYALBUFAR

Núm. 216504
Aprobación definitiva expediente de modificación de créditos núm. º 102/2022 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de transferencia de crédito

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Texto

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 7 de marzo de 2022, acordó la aprobación inicial del expediente de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto.

No habiéndose presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, el acuerdo inicialmente adoptado se entiende definitivamente aprobado de conformidad con los artículos 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y 102.1.d) de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de Régimen Local de las Islas Baleares.

Lo que se publica a efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Altas en aplicaciones de Gastos

323-62200                            Edificio escoleta                   44.500,00 €

Total.......                                          ..................................44.500,00 €

Baja en aplicaciones  

132-12003

Retribuciones básicas

11.864,00 €

132-12100

Complemente de destino

2.880,00 €

132-12101

Complemento específico

5.220,30 €

132-12103 

Otros complementos

821,50 €

132-15000

Horas extraordinarias

3.888,00 €

132-16000

Seguridad social

8.200,00 €

920-12000

Retribuciones básicas

11.626,20 €

 

Total.........................................

44.500,00 €

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados ​​podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de esta Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, según lo fijado en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de este recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado

 

Banyalbufar, 6 de abril de 2022

El alcalde

Mateo Ferrà Bestard