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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE FELANITX

Núm. 216321
Resolución por la que se acuerda aprobar una nueva relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo para cubrir siete plazas vacantes de la categoría de Policía Local y que tienen que ser nombrados funcionarios en prácticas

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Texto

Expediente n.º 607/2021

DECRETO 2022-0343

En la Muy Leal Ciudad de Felanitx, el alcalde que suscribe, Sr. Jaume Monserrat Vaquer, vengo a dictar la siguiente

RESOLUCIÓN

Antecedentes de hecho

1. Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de día 16 de marzo de 2021 se aprobaron las bases específicas de la convocatoria del proceso selectivo para cubrir, como personal funcionario de carrera, siete plazas de la categoría de Policía Local del Ayuntamiento de Felanitx mediante procedimiento ordinario, las cuales fueron publicadas en el BOIB n.º 42 de día 27 de marzo de 2021.

2. Dentro del plazo establecido al efecto, de acuerdo con la convocatoria publicada en el BOE n.º 82 de día 6 de abril de 2021, se presentaron un total de 157 solicitudes correspondientes a posibles aspirantes, de las cuales 156 quedaron admitidas y 1 excluida.

3. Día 15 de diciembre de 2021 se hizo público el anuncio del Tribunal calificador con la relación definitiva de aspirantes que habían superado las pruebas del proceso selectivo, con un total de 23 aspirantes:

***7180**

***1504**

***9815**

***4259**

***4156**

***4034**

***0389**

***3928**

***1374**

***8856**

***2473**

***3178**

***5750**

***4430**

***1301**

***9430**

***9697**

***3530**

***1684**

***4616**

***4129**

***5479**

***2621**

En la misma fecha, el Tribunal Calificador acordó elevar al órgano competente la relación de las siete personas que habían obtenido mayor puntuación y que tenían que ser nombradas personal funcionario en prácticas.

4. Por resolución de la Alcaldía n.º 2021-1172 de 20 de diciembre de 2021 se aprobó la relación de personas aspirantes que habían superado el proceso selectivo, y que tenían que ser nombradas personal funcionario en prácticas. De la relación de aspirantes propuestos, dos de ellos (.../... y .../...) no aportaron la documentación dentro de plazo, por lo cual perdieron el derecho a ser nombrados funcionarios en prácticas.

5. A la vista de lo expuesto, mediante Resolución de alcaldía n.º 2022-0202, de 14 de marzo de 2022 se aprobó la nueva relación de personas aspirantes que habían superado el proceso y que, de acuerdo con la orden de prelación, tenían que ser nombradas personal funcionario en prácticas de la categoría de policía local.

6. Dentro del plazo establecido para la presentación de los correspondientes documentos detallados en la cláusula novena de las Bases de la convocatoria, una aspirante propuesta por la Alcaldía presentó escrito de renuncia a la plaza, en concreto, .../.... .

7. En las fechas siguientes y por parte de las personas aspirantes que se indican a continuación se han presentado escritos de renuncia a la plaza de Policía Local:

- En fecha 1 de abril de 2022, .../... y .../... .

- En fecha 4 de abril de 2022, .../... .

- En fecha 5 de abril de 2022, .../... .

- En fecha 6 de abril de 2022, .../..., .../..., .../... y .../... .

8. En vista de la renuncia de .../..., el pasado día 8 de abril de 2022 se reunió nuevamente el Tribunal Calificador y acordó por unanimidad elevar una nueva relación de las siete personas aspirantes que han superado el proceso selectivo y que, de acuerdo con la orden de prelación, tienen que ser nombradas como personal funcionario en prácticas. La relación propuesta es la siguiente:

DNI

***1504**

***9815**

***4156**

***4034**

***0389**

***1374**

***3178**

Así mismo, a la misma reunión del Tribunal Calificador se dio cuenta de que los tres aspirantes .../..., .../... y .../... habían informado vía telefónica de su voluntad de renunciar a las plazas de Policía Local de Felanitx, para tener la intención de entrar como funcionarios de Calvià. A consecuencia de este hecho, el Tribunal acordó también que, siempre que los aspirantes .../..., .../... y .../... renuncien a la plaza antes del inicio del curso de capacitación de la categoría de Policía Local, previsto por el próximo 25 de abril de 2022, elevar al órgano competente la siguiente relación de siete personas aspirantes que han superado el proceso selectivo y, de acuerdo con la orden de prelación, tienen que ser nombradas personal funcionario en prácticas con efectos de día 25 de abril de 2022. La lista propuesta es la siguiente:

DNI

***1504**

***0389**

***1374**

***3178**

***3530**

***4616**

***4129**

9. Día 11 de abril de 2022 los aspirantes .../... y .../... han presentado una instancia donde renuncian a ser nombrados funcionarios en prácticas de la categoría de Policía Local de Felanitx. En el mismo sentido, .../... ha presentado instancia de renuncia día 12 de abril.

Fundamentos de derecho

I. Los sistemas de acceso a las diferentes categorías de los cuerpos de policía local vienen regulados a la Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares, con la modificación efectuada por la Ley 11/2017, de 20 de diciembre, y en el título IX del Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares.

II. La cláusula primera de las Bases que rigen el proceso establece el objeto de la convocatoria, que es la cobertura de siete plazas de la categoría de policía local, vacantes y dotadas presupuestariamente, correspondientes a la Oferta de Ocupación Pública de los años 2019, 2020 y 2021, por el sistema de acceso de turno libre y procedimiento de selección de oposición.

III. La cláusula novena de las Bases de referencia determina que el plazo de presentación de los documentos acreditativos de cumplimiento de los requisitos que exige la convocatoria se inicia desde la fecha de publicación de la resolución de aprobación de la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo y que tienen que ser nombrados funcionarios en prácticas.

IV. Así mismo, el artículo 61.8 del TREBEP establece que, siempre que los órganos de selección hayan propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados, antes de su nombramiento o toma de posesión, el órgano convocante podrá requerir del órgano de selección relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos, por su posible nombramiento como funcionarios de carrera. Por lo tanto, la renuncia de .../... y de once aspirantes de la lista definitiva de aprobados requiere que el tribunal calificador eleve al órgano competente una nueva relación de siete personas aspirantes que han superado el proceso y tienen que ser nombradas como personal funcionario en prácticas, por orden de prelación y de conformidad al establecido en la cláusula octava de las bases de referencia.

V. Por otro lado, tal y como contempla la cláusula décima, la fase de oposición se completa con la superación de un periodo de prácticas, periodo que está integrado por la superación, tanto del curso de capacitación correspondiente a la categoría de policía, como de la fase de prácticas en el municipio.

Respecto del curso de capacitación, la cláusula undécima dispone que las personas que acrediten haber superado el curso de capacitación de la categoría de policía o superior antes de la entrada en vigor de la Ley 11/2017 y lo tengan debidamente actualizado, restan exentas de realizar esta fase de las prácticas.

VI. De conformidad al dispuesto al art. 24 del Texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, corresponde al alcalde todas las atribuciones en materia de personal que no sean competencia del Pleno. Sin embargo, en virtud del Decreto 2020-0819 de día 06.10.2020 el alcalde delegó la competencia a la Junta de Gobierno Local. Así por lo tanto, de la presente Resolución se tendrá que dar cuenta a la próxima reunión de la Junta.

VII. Finalmente hay que decir que, en atención al art. 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, por prioridad en la tramitación del expediente, el alcalde conoce y resuelve aprobar la nueva relación de aspirantes que han superado las pruebas y que tienen que ser nombrados funcionarios en prácticas de la categoría de policial local del Ayuntamiento de Felanitx.

De acuerdo con los antecedentes de hecho y fundamentos de derechos expuestos,

RESUELVO

Primero. Avocar el conocimiento y la resolución correspondiente a la aprobación de la nueva relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo para cubrir, como personal funcionario de carrera, siete plazas vacantes de la categoría de Policía Local del Ayuntamiento de Felanitx y que tienen que ser nombrados funcionarios en prácticas.

Segundo. Aceptar las renuncias presentadas por parte de los Srs/Sras. .../..., .../..., .../..., .../..., .../..., .../..., .../..., .../..., .../..., .../..., .../... y .../... a ser nombrados funcionarios en prácticas de la categoría de Policía Local del Ayuntamiento de Felanitx.

Tercero. Aprobar la nueva relación de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo, y que serán nombradas personal funcionario en prácticas de la categoría de policía local, de acuerdo con el siguiente:

ORDEN

DNI

1

***1504**

2

***0389**

3

***1374**

4

***3178**

5

***3530**

6

***4616**

7

***4129**

Cuarto. Publicar la presente Resolución en el BOIB y en la página web del ayuntamiento www. felanitx.org, con la cual se abre el plazo de 20 días hábiles para que los Sres. S. G. M., M. A. M., T. R. O. i A. R. P. aporten la documentación detallada en la cláusula novena de las Bases, y si procede, la documentación que acredite que el aspirante ya dispone del curso de capacitación de la categoría de policía o superior.

Quinto. Notificar la presente Resolución a los aspirantes que han renunciado.

Sexto. Dar cuenta de esta Resolución a la próxima sesión de la Junta de Gobierno Local.

El alcalde, Jaume Monserrat Vaquer. De acuerdo con la función de fe pública prevista en el art. 3.2h) del RD 128/2018, hago anotar dentro del exp. 607/2021, la presente Resolución. El secretario, Joan Garcia Cortès. Felanitx, 12 de abril de 2022.

 

Felanitx, 12 de abril de 2022

El alcalde

Jaume Monserrat Vaquer