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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE SANT ANTONI DE PORTMANY

Núm. 211981
Anuncio de nueva información publica de la modificación del Plan General de Ordenación Urbana

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Pleno del Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany, en sesión celebrada el día 31 de marzo de 2022, acordó someter las modificaciones introducidas respecto de la modificación del Plan General de Ordenación Urbana y el correspondiente documento ambiental a nueva información pública, y de conformidad con el artículo 55.2 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears, se convoca nuevo trámite de información pública por plazo de treinta días desde la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, a fin de que quienes pudieran tenerse por interesados en dicho expediente, puedan comparecer y formular cuantas alegaciones, sugerencias o reclamaciones tengan por conveniente.

A su vez, la documentación que contiene la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Sant Antoni de Portmany, estará a disposición de los interesados en el Portal de Transparencia alojado en la web municipal, en el apartado 7. Urbanismo, Obras Públicas; 7.1 Planeamiento Urbanístico; Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana.

De conformidad con los apartados 2, 3 y 4, del artículo 51 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de Urbanismo de las Illes Balears (LUIB), la aprobación inicial de la presente modificación y durante su tramitación, determina por sí misma y, dentro del ámbito de la modificación, la suspensión durante el plazo de dos años o hasta la aprobación provisional o definitiva, la tramitación y aprobación de planes de desarrollo, de instrumentos de gestión, así como el otorgamiento de toda clase de autorizaciones y licencias urbanísticas para áreas o usos determinados, y la posibilidad de presentar comunicaciones previas. Todo esto, sin perjuicio que puedan otorgarse las licencias o presentar las comunicaciones previas que se basen en el régimen urbanístico vigente, y sean compatibles con las determinaciones del nuevo planeamiento inicialmente aprobado, en los términos establecido en dicha Ley. Se podrá acordar la ampliación de la suspensión por un año más en el caso de que deba repetirse el trámite de información pública posterior a la aprobación inicial.

Ámbito de la suspensión: el municipio.

 

Sant Antonio de Portmany, 6 de abril de 2022

El alcalde Marcos Serra Colomar