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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 211159
Extracto del acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 4 de abril de 2022, relativo a la aprobación de las bases que deben regir la concesión de becas para la realización de estudios fuera de Menorca y la convocatoria correspondiente al curso 2021-2022 (Exp. 1501-2022-000001)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS 619369

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www. infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/619369):

Primero.

Beneficiarios

Pueden ser beneficiarios los estudiantes que a lo largo del curso académico 2021-2022 lleven a cabo estudios que cumplan los requisitos que se especifican en las bases de la convocatoria.

Asimismo, los solicitantes deben tener el domicilio familiar en Menorca y deben haber realizado al menos un curso académico en nuestra isla antes de iniciar estudios fuera.

Segundo.

Objeto

El objeto de estas ayudas es la concesión de becas para la realización de estudios fuera de Menorca para el curso 2021-2022.

Tercero.

Bases reguladoras

Esta convocatoria se regirá por las bases aprobadas por el Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de día 04.04.2022.

Cuarto.

Cuantía

El importe global máximo de la convocatoria es de 427.805 € (cuatrocientos veintisiete mil ochocientos cinco euros), desglosados de la siguiente manera:

Línea 1

Ayudas por desplazamiento para estudiantes universitarios fuera de Menorca

77.805 €

Línea 2

Becas para la realización de estudios fuera de Menorca

350.000 €

 

Quinto.

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes para acogerse a estas ayudas será de 30 días naturales a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOIB.

Sexto.

Otros datos.

La cuantía máxima que puede recibir cada solicitante es de quinientos euros (500 €) para la línea de ayudas 1 y de dos mil quinientos euros (2.500 €) para la línea de ayudas 2.

 

Para conceder las ayudas de la línea 1 se valorarán: el expediente académico, si el solicitante tiene hermanos estudiando fuera de la isla y la situación familiar.

​​​​​​​Para conceder las ayudas de la línea 2 se valorarán: el expediente académico, la renta familiar, si el solicitante tiene hermanos estudiando fuera de la isla y la situación familiar.

 

Maó, 5 de abril de 2022

Por delegación de la presidenta, el secretario del Consejo Ejecutivo

Octavi Pons Castejón

(Decreto 427/2019, de 11 de julio)

(BOIB núm. 97 de 16-7-2019)