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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

INSTITUTO DE INNOVACIÓN EMPRESARIAL DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 205919
Extracto de la resolución de 7 de marzo de 2022 del presidente del Instituto de Innovación Empresarial de las Illes Balears (IDI) por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas de cheques de consultoría para la competitividad industrial de las Illes Balears en materia de digitalización, internacionalización y sostenibilidad

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS (Identif.): 614435

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www. pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero

Beneficiarios

Son beneficiarias las empresas de carácter industrial con los epígrafes del impuesto sobre actividades económicas (IAE) incluidos en las divisiones 2, 3, 4 y 691.2 de la sección primera correspondiente a actividades empresariales, y que estén inscritas en la división A correspondiente a establecimientos y actividades industriales del Registro Integrado Industrial, o en el Registro Minero de las Illes Balears de la Consejería de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática. También serán beneficiarias las empresas incluidas en el grupo 504 del IAE de la sección primera correspondiente a actividades empresariales, y que estén inscritas en la división B correspondiente a las empresas de servicios relativas a la actividad industrial del Registro Integrado Industrial. También podrán ser beneficiarias las inscritas en el grupo 162 del IAE.

Para los programas I y II, además del punto anterior 2.1 de la convocatoria, podrán ser beneficiarias de esta convocatoria las personas físicas o jurídicas que tengan la condición de ser microempresas, pequeñas y medianas empresas de carácter auxiliar en la industria con los epígrafes del impuesto sobre actividades económicas (IAE) incluidos en la sección primera correspondiente a actividades empresariales, y que estén inscritas en las divisiones 6, 8 y 9. Concretamente: División 6: grupo 613. Comercio al por mayor de textiles, confección, calzado y artículos de cuero; grupo 614.2. Comercio al por mayor de productos de perfumería, droguería, higiene y belleza; 614.3. Comercio al por mayor de productos para el mantenimiento y funcionamiento del hogar; grupo 616. Comercio al por mayor interindustrial de la minería y química; grupo 617. Otro comercio al por mayor interindustrial.

− División 8, agrupación 84: servicios prestados a empresas.

− División 9, agrupación 92: servicios de saneamiento, limpieza y similares, y grupo 936. Búsqueda científica y técnica; grupo 971.

− Lavanderías, tintorerías y servicios similares.

 

Segundo

Finalidad

La finalidad de esta convocatoria de ayudas es:

a) Programa I «IDigital»: planes de transformación digital, impulsar la transformación digital de las empresas industriales de las Illes Balears a través del diseño, la elaboración y/o revisión de planes de transformación digital, como punto de partida y establecer una hoja de ruta para el futuro.

b) Programa II «IExporta»: impulsar la internacionalización de las empresas industriales de las Illes Balears a través del diseño y la elaboración de planes estratégicos de internacionalización o/y seguimiento de las acciones del plan de marketing para un mercado/s concreto/s.

c) Programa III «ISostenibilitat»: es impulsar la sostenibilidad de las empresas industriales de las Illes Balears mediante el cálculo de la huella de carbono y la identificación de las acciones de reducción de emisiones derivadas del plan.

 

Tercero

Bases reguladoras

La Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de promoción industrial (BOIB núm. 52, de 17 de abril de 2008).

Cuarto

Crédito

El importe destinado en esta convocatoria es de 310.000 €, con cargo al  presupuesto del IDI.

El importe destinado en cada programa es:

a) Programa I: 180.000 €

b) Programa II: 54.000 €

c) Programa III: 76.000 €

Siempre que la disponibilidad presupuestaria lo permita se podrá incrementar el importe de esta convocatoria. El importe consignado inicialmente podrá ampliarse mediante una resolución de ampliación del crédito asignado. Esta ampliación, salvo que se establezca otra cosa, no implicará que el plazo para presentar solicitudes se amplíe y no afectará a la tramitación ordinaria de las solicitudes presentadas y no resueltas de forma expresa.

Quinto

Plazo presentación de solicitudes

El plazo para presentar las solicitudes es de 30 días naturales contadores a partir del día 16 de marzo de 2022 a las 00.00 h. La orden de prelación será por riguroso orden de entrada por día y hora por programa como se establece en el apartado 8 de esta convocatoria.

 

Palma, 6 de abril de 2022

El presidente del Instituto de Innovación

Empresarial de las Illes Balears (IDI)

Juan Pedro Yllanes Suárez