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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MODELO ECONÓMICO, TURISMO Y TRABAJO

Núm. 204524
Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo por la que se dispone la inscripción y depósito en el Registro de Convenios Colectivos de las Illes Balears, y la publicación del Acta número 26 de la Comisión Paritaria del XV Convenio colectivo sectorial de hostelería de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de 14 de marzo de 2022 (código de convenio 07000435011982)

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Texto

Antecedentes

1. El 14 de marzo de 2022 los miembros de la Comisión Paritaria del Convenio colectivo sectorial de hostelería de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears se reunieron para acordar la trasposición del acuerdo de la Comisión Permanente de la FPHIB por la que se acuerda prorrogar la exoneración a las empresas de la obligación de realizar aportaciones económicas a la FPHIB, hasta el 31 de marzo de 2022.

2. El 22 de marzo de 2022, Carlos Sedano Almiñana, en representación de la Comisión Paritaria del Convenio colectivo, solicitó el registro, el depósito y la publicación de la citada Acta.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 90.3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo.

2. El Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.

3. El artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Inscribir y depositar el Acta número 26 de la Comisión Paritaria del XV Convenio colectivo sectorial de hostelería de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears de 14 de març de 2022 en el Registro de Convenios Colectivos de las Illes Balears.

2. Publicar el Convenio en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

3. Hacer constar que la versión castellana del texto es la original firmada por los miembros de la Comisión Negociadora y que la versión catalana es su traducción.

4. Notificar esta Resolución a la persona interesada.

 

Palma, 23 de marzo de 2022

La directora General de Trabajo y Salud Laboral

Virginia Abraham Orte

Por delegación del Consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo

(BOIB 97/2019)

 

 

ACTA 26

COMISIÓN PARITARIA DEL XV CONVENIO COLECTIVO SECTORIAL DE HOSTELERÍA  DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS

(CÓDIGO CONVENIO 07000435011982)

ASISTENTES

REPRESENTACIÓN SINDICAL:

D. José GARCÍA RELUCIO

Por la Federación de Servicios, Movilidad y Consumo (FeSMC-UGT) Unión General de Trabajadores.

Dª. Silvia MONTEJANO COFRECES

Dª. Ángeles SÁNCHEZ ÚBEDA

Por la Federació de Serveis de Comisions Obreres de les Illes Balears (FS-CC.OO.).

REPRESENTACIÓN EMPRESARIAL:

Dª. María José AGUILÓ CERDÁ

D. Carlos SEDANO ALMIÑANA (asesor)

Dª. Ángela SALVADOR RUBIO (asesora)

Por la Federación Empresarial Hotelera de Mallorca (FEHM).

Dª. Eva SANCHO SANCHO

Por la Federación Empresarial Hotelera de Ibiza y Formentera (FEHIF).

D. Miquel PLANAS FONT

Por la Asociación Mallorquina de Cafeterías, Bares y Restaurantes (ASOCIACIÓN RESTAURACIÓN MALLORCA) y por Asociación Balear de Ocio Nocturno y Entretenimiento (ABONE).

En Palma, Mallorca (Illes Balears), siendo las 16.30 horas del día 14 de marzo de 2022, se reúnen por videoconferencia las personas al margen izquierdo relacionadas, que han sido previamente convocadas para esta sesión como miembros designados de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo reseñado en el encabezamiento del acta, así como los asesores que se mencionan.

Ha excusado su inasistencia la Sra. Azucena Jiménez Ruiz, de ASHOME, por problemas de agenda.

Levanta el acta de la reunión D. José García Relucio, de FeSMC-UGT, quien actúa como Secretario de la Comisión, en virtud del acuerdo de rotación en esta función fijado en el acta 8 de la Comisión, de fecha 11 de octubre de 2017 («BOIB» nº 140, 16/noviembre/2017).

El orden del día de la reunión es el siguiente:

Punto 1. TRASPOSICIÓN DEL ACUERDO DE LA COMISIÓN PERMANENTE DE LA FUNDACIÓN PARA LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN EL SECTOR DE HOSTELERÍA DE LAS ILLES BALEARS (FPHIB), DE 2 DE MARZO DE 2022, POR EL QUE SE PRORROGA, HASTA EL 31 DE MARZO DE 2022, LA EXONERACIÓN A LAS EMPRESAS DE LA OBLIGACIÓN DE REALIZAR APORTACIONES ECONÓMICAS A DICHA FUNDACIÓN.

Punto 2. COMUNICACIONES A LA COMISIÓN PARITARIA

Punto 3. RUEGOS Y PREGUNTAS.

Así, aprobado el orden del día, se procede a su estudio, debate y resolución.

Punto 1. TRASPOSICIÓN DEL ACUERDO DE LA COMISIÓN PERMANENTE DE LA FUNDACIÓN PARA LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN EL SECTOR DE HOSTELERÍA DE LAS ILLES BALEARS (FPHIB), DE 2 DE MARZO DE 2022, POR EL QUE SE PRORROGA, HASTA EL 31 DE MARZO DE 2022, LA EXONERACIÓN A LAS EMPRESAS DE LA OBLIGACIÓN DE REALIZAR APORTACIONES ECONÓMICAS A DICHA FUNDACIÓN.

En el seno de la Comisión Permanente de la FPHIB se acordó, en fecha 7 de mayo de 2020, exonerar a las empresas de la obligación de realizar aportaciones económicas a la FPHIB, a través de las cuotas empresariales de seguridad social, durante el periodo 1 de abril de 2020 a 30 de septiembre de 2020, de lo que se dio cuenta en la reunión de la Comisión paritaria celebrada en la misma fecha, 7 de mayo de 2020,  nº 20, publicada en el «BOIB» núm. 106, de 6-6-2020, trasponiéndose dicho acuerdo. En el mismo se contemplaba la posibilidad de prórrogas ulteriores para el supuesto de prolongarse la situación que lo motivaba, enmarcado en el contexto de crisis sanitaria global causada por la pandemia derivada de la COVID-19. Así, se han celebrado las siguientes reuniones de la Comisión permanente de la FPHIB con el citado objeto:

- El 2 de octubre de 2020 se acordó prorrogar la suspensión del pago de las aportaciones económicas a la FPHIB hasta el 31 de enero de 2021 (acta nº 22, publicada en el «BOIB» núm. 191, de 7-11-2020);

- El 27 de enero de 2021, se acordó una nueva prórroga de dicha suspensión entre el 1 de febrero y el 31 de mayo de 2021 (acta nº 23, publicada en el «BOIB» núm. 64, de 18-5-2021);

- El 2 de junio de 2021, se acordó de nuevo prorrogar hasta el 30 de septiembre de 2021 (acta nº 24, publicada en el «BOIB» núm. 95, de 17-07-2021);

- El 11 de octubre de 2021 se acordó una nueva prórroga hasta el 28 de febrero de 2022 (acta nº 25, publicada en el «BOIB» núm. 172, de 16-12-2021).

El Real Decreto-ley 2/2022, de 22 de febrero, ha posibilitado que las empresas puedan prorrogar automáticamente los expedientes de regulación de empleo hasta el día 31 de marzo de 2022, así como diferentes supuestos en los que se prevé la exoneración de cuotas empresariales a la Seguridad Social hasta dicha fecha. Consecuentemente, y como ya ha sucedido en las ocasiones anteriormente indicadas, la Comisión Permanente de la FPHIB consensuó el día 2 de marzo de 2022, prorrogar la exoneración a las empresas de la obligación de realizar aportaciones económicas a la Fundación hasta el 31 de marzo de 2022.

Ello se entiende sin perjuicio de que durante las fechas exoneradas se produzcan vencimientos de plazos de ingreso de aportaciones, las cuales deberán ser ingresadas.

Punto 2. COMUNICACIONES A LA COMISIÓN PARITARIA

Se deja constancia de que en fecha 17 de enero de 2022 se recibió oficio del Juzgado de lo Social nº 1 de Ibiza, recabando informe sobre “si además del complemento de IT reconocido en los artículos 36º y 27º del XV Convenio Colectivo de Hostelería de la CAIB, deben abonarse de nuevo las pagas extras generadas en el periodo de IT”; remitiéndose por correo electrónico dicho oficio a los miembros de la Comisión.

Este tema ya había sido abordado en la reunión de la Comisión Paritaria de 26-3-2018, acta nº 9, publicada en el «BOIB» núm. 52, de 28-04-2018, habiendo recaído además una sentencia del Juzgado de lo social nº 2 de Palma, por lo que se acordó que se remitieran ambos documentos al Juzgado de lo Social de Ibiza, lo que se cumplimentó en fecha 27 de enero de 2022, informándose en la misma fecha a los miembros de la Comisión Paritaria.

Punto 3. RUEGOS Y PREGUNTAS.

No hay ruegos y preguntas, por lo que se da por finalizada la reunión.

Se suscribe el acta por un solo representante designado por las organizaciones presentes, firmando las siguientes personas: D. José García Relucio, por FeSMC-UGT; Dña. Silvia Montejano Cofreces, por FS-CC.OO; Dña. María José Aguiló, por FEHM; Dña. Eva Sancho Sancho por FEHIF; D. Miquel Planas Font, por Asociación Restauración Mallorca, y por ABONE. El acta será registrada ante la autoridad laboral (REGCON), mandatando para ello a D. Carlos Sedano, asesor de la FEHM, solicitando asimismo la publicación de la misma en el «BOIB».

No habiendo más asuntos que tratar, y siendo las 17.00 horas, se da por finalizada la reunión.

FIRMAS: