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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 204328
Resolución de la directora Gerente del área de Salud de Ibiza y Formentera de rectificación de errores de la convocatoria de un procedimiento especial de selección de personal estatutario temporal del Servicio de Salud de las Islas Baleares de la categoría Facultativo Especialista de Área en Pediatría correspondiente a la gerencia 60301 Hospital Can Misses – Área de Salud de Ibiza y Formentera del Servicio de Salud de las Islas Baleares

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Hechos

1. En el BOIB núm . 46, de 5 de abril de 2022, se publicó la Resolución de la gerente territorial del Área de Salud de Ibiza y Formentera por la cual se convocaba un procedimiento especial de selección de personal estatutario temporal del Servicio de Salud de las Islas Baleares de la categoría de Facultativo Especialista de Área en Pediatría correspondiente a la gerencia 60301 Hospital Can Misses. 

2. Se ha advertido un error material de transcripción en el punto 1 de la Resolución, así como en el Anexo 1, punto 1 Normas generales, así como en el apartado 4.6 primer párrafo, en en cuanto a número de plazas consignadas en la convocatoria, de forma que dónde dice: “dos (2) plazas”, tiene que decir, en todo caso: “una (1) plaza”.

Fundamentos de Derecho

1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones publicas, establece que estas pueden rectificar en cualquier momento de oficio o a instancia de las personas interesadas, los errores materiales, de hecho o aritméticos que haya en sus actos.

2. Por otro lado, el artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, dispone que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actas y disposiciones administrativos corresponde al órgano que haya dictado el acto o la disposición.

3. La gerente del Área de Salud de Ibiza y Formentera es competente para convocar y resolver los procedimientos de selección de personal estatutario temporal, establecer las bases, los programas y el contenido de las pruebas en aplicación del punto 1 de la Resolución de la consejera de Salud de 3 de noviembre de 2020, por la cual se delegan diferentes competencias en materia de personal estatutario en los órganos del Servicio de Salud de las Islas Baleares (BOIB 191, de 7 de noviembre de 2020).

4. Se han advertido unos errores materiales de transcripción, en el punto 1 de la Resolución, así como en el Anexo 1, punto 1 Normas generales, así como en el apartado 4.6 primer párrafo, en en cuanto a número de plazas consignadas en la convocatoria.

Este error se enmienda de este modo:

  • En el apartado de Resolución:

Donde dice: ”1. Aprobar la convocatoria de un procedimiento especial de selección de personal estatutario temporal del Servicio de Salud de las Islas Baleares para cubrir dos (2) plazas de la categoría Facultativo Especialista de Área en Pediatría correspondiente a la gerencia 60301 Hospital Can Misses – Área”.

Tiene que decir: “1. Aprobar la convocatoria de un procedimiento especial de selección de personal estatutario temporal del Servicio de Salud de las Islas Baleares para cubrir una (1) plaza de la categoría Facultativo Especialista de Área en Pediatría correspondiente a la gerencia 60301 Hospital Can Misses – Área”.

  • En el ANEXO 1, Bases de la convocatoria,

1. Normas generales:

Donde dice: “1.1. El objeto de estas bases es regular la convocatoria de un procedimiento especial de selección de personal estatutario temporal para cubrir dos (2) plazas de la categoría Facultativo Especialista de Área en Pediatría correspondiente a la gerencia 60301 Hospital Can Misses – Área de Salud de Ibiza y Formentera del Servicio de Salud de las Islas Baleares.”

Tiene que decir: “1.1. El objeto de estas bases es regular la convocatoria de un procedimiento especial de selección de personal estatutario temporal para cubrir una (1) plaza de la categoría Facultativo Especialista de Área en Pediatría correspondiente a la gerencia 60301 Hospital Can Misses – Área de Salud de Ibiza y Formentera del Servicio de Salud de las Islas Baleares”.

  • En el apartado 4.6 Lista definitiva de puntuación total de los candidatos:

Donde dice: “A propuesta de la Comisión de Selección, la directora gerente de ASEF dictará una resolución por la cual estimará o desestimará las alegaciones formuladas y establecerá la lista definitiva (valoración del méritos más puntuación de la prueba teórico-práctica) de los candidatos, con la puntuación final obtenida en el procedimiento especial de selección de personal estatutario temporal para cubrir dos (2) plazas de la categoría Facultativo Especialista de Área en Pediatría correspondiente a la gerencia 60301 Hospital Can Misses – Área de Salud de Ibiza y Formentera del Servicio de Salud de las Islas Baleares objeto de esta convocatoria”.

Tiene que decir: “A propuesta de la Comisión de Selección, la directora gerente de ASEF dictará una resolución por la cual estimará o desestimará las alegaciones formuladas y establecerá la lista definitiva (valoración del méritos más puntuación de la prueba teórico-práctica) de los candidatos, con la puntuación final obtenida en el procedimiento especial de selección de personal estatutario temporal para cubrir una (1) plaza de la categoría Facultativo Especialista de Área en Pediatría correspondiente a la gerencia 60301 Hospital Can Misses – Área de Salud de Ibiza y Formentera del Servicio de Salud de las Islas Baleares objeto de esta convocatoria”.

De forma que cualquier alusión al número de plazas de esta convocatoria, donde se llama: “dos (2) plazas”, tiene que decir: “una (1) plaza”.

5. Este error no modifica el plazo de presentación de las solicitudes ni cualquier otra plazo al que esté sujeto la convocatoria.

Por todo esto, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Rectificar en los términos expuestos los errores advertidos en la convocatoria, de forma que dónde dice dos (2) plazas, tiene que decir: una (1) plaza.

2. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, y también en el web del Servicio de Salud (http:// ibsalut.es) y en la intranet de ASEF.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución –que agota la vía administrativa- se puede interponer un recurso de reposición ante el órgano que la dicta, en el plazo de un mes a contador desde el día siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en relación con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la resolución, de acuerdo con los artículos 8.6 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere oportuno interponer.

 

Ibiza, a  5 de abril de 2022

La directora gerente M. Carmen Santos Bernabeu P.D. del Director General del Ib-salut (BOIB núm. 191, de 07 de noviembre de 2020)