Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE POLLENÇA
Núm. 201062
Convocatoria para la concesión de ayudas económicas a la rehabilitación de restauración de fachadas, eliminación de barreras arquitectónicas, mejora de la eficiencia energética de los edificios, actuaciones para la instalación de placas solares fotovoltaicas y actuaciones para la instalación de puntos de recarga para vehículos eléctricos para los años 2021-2022. (Base datos nacional de subvenciones núm. 579071)
Extracto de la convocatoria para la concesión de ayudas económicas a la rehabilitación de restauración de fachadas, eliminación de barreras arquitectónicas, mejora de la eficiencia energética de los edificios, actuaciones para la instalación de placas solares fotovoltaicas y actuaciones para la instalación de puntos de recarga para vehículos eléctricos para los años 2021-2022.
De conformidad con lo que prevén los artículos 17.3by 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria. El texto completo de las bases se puede consultar en el BOIB de ese mismo día.
OBJETIVO
El objeto de la presente convocatoria es la concesión de ayudas económicas para fomentar la promoción de obras de rehabilitación y restauración de fachadas, eliminación de barreras arquitectónicas, mejora de la eficiencia energética de los edificios, actuaciones para la instalación de placas solares fotovoltaicas y actuaciones para la instalación de puntos de recarga para vehículos eléctricos del municipio de Pollença.
Ámbito de aplicación
Son susceptibles de gozar de las ayudas municipales las siguientes intervenciones realizadas en el término municipal de Pollença:
Cuando se trate de edificios incluidos en el ámbito del Plan Especial del Centro Histórico o bien incluidos en el Catálogo Municipal de Edificios definitivamente aprobado o con calificación de Bien Catalogado o Bien de Interés Cultural, ya sea el edificio de forma individualizada como monumento histórico o dentro de un conjunto histórico, se podrán beneficiar de estas subvenciones independientemente de la tipología edificatoria, ya sea aislada o entre medianeras.
Beneficiarios
Tendrán la consideración de beneficiarios los propietarios y arrendadores de los inmuebles, ya sean persona física o jurídica.
No podrán obtener la condición de beneficiarias las personas que se encuentren en la situación prevista en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, excepto en los cargos electos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.
Bases reguladoras
Bases publicadas en el BOIB de fecha de hoy.
Importe
El importe destinado a esta convocatoria es de 25.000€ ampliables.
Plazo de presentación de solicitudes
Hasta que la disponibilidad presupuestaria permita la concesión de las pertinentes subvenciones finalizando año 2022.
Pollença, 5 de marzo de 2022
El alcalde Bartomeu Cifre Ochogavia