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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE ES CASTELL

Núm. 198957
Corrección de error del anuncio núm. 2320, relativo a la aprobación de las bases reguladoras para la concesión de ayudas individuales para transporte para estudiantes de Es Castell. Curso 2021 - 2022 (en la isla de Menorca), publicado en el BOIB núm. 43 de 29 de marzo de 2022, página 11751

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Dado que se han detectado unos errores materiales en la publicación del anuncio núm. 2320, la concesión de ayudas individuales para transporte para estudiantes de Es Castell. Curso 2021-2022 (en la Isla de Menorca), publicado en el BOIB nº 43 de 29 de marzo de 20022, página 11751;

De conformidad con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y procedimiento administrativo común, el cual dice que las administraciones públicas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos, se rectifica el error de forma que queda redactado de la siguiente forma:

Donde dice:

1.- Objeto.

Es objeto de esta convocatoria la concesión de ayudas individuales dirigidas al alumnado escolarizado de enseñanza superior no universitaria de Es Castell que no perciba ningún otro tipo de ayuda para desplazamiento.

3.- Beneficiarios.

Los beneficiarios de la ayuda es el alumnado de entre 15 y 30 años empadronados en Es Castell y matriculado en cualquier centro educativo de Menorca para realizar estudios de grado medio, superior o bachillerato.

5.- Solicitudes y plazo de presentación.

Las solicitudes se presentarán en el Registro de Entrada del Ayuntamiento de Es Castell y se dirigirán al Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Es Castell.

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles desde el día siguiente de su publicación en el BOIB.

7.- Requisitos.

  • Estar empadronado en Es Castell.
  • Tener entre 15 y 21 años (ambos inclusive).
  • Está matriculado para el curso 2021-2022 en grado medio, superior o bachillerato en uno de los centros de la isla

Debe decir:

1.- Objeto.

Es objeto de esta convocatoria la concesión de ayudas individuales dirigidas al alumnado escolarizado de enseñanza superior no universitaria de Es Castell que no perciba ningún otro tipo de ayuda para desplazamiento.

Los estudios por los cuales se pueden solicitar ayudas son:

  • estudios de bachillerato.
  • estudios de formación profesional de grado medio o superior.
  • estudios universitarios: de grado, primero y segundo ciclo y máster.

En los apartados anteriores,  deben ser estudios presénciales en centros oficiales de la isla de Menorca reconocidos por la Administración educativa i que se encaminen a la obtención de un título oficial con validez académica o profesional.

Quedan excluidos los estudios en línea o virtuales.

3.- Beneficiarios.

Los beneficiarios de la ayuda es el alumnado de entre 15 y 30 años empadronados en Es Castell y matriculado en cualquier centro educativo de Menorca para realizar estudios de grado medio, superior, bachillerato o universitario.

5.- Solicitudes y plazo de presentación.

Las solicitudes se presentarán en el Registro de Entrada del Ayuntamiento de Es Castell y se dirigirán al departamento de Educación del Ayuntamiento de Es Castell.

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles desde el día siguiente de su publicación en el BOIB.

7.- Requisitos.

  • Estar empadronado en Es Castell.
  • Tener entre 15 y 30 años (ambos inclusive).
  • Está matriculado para el curso 2021-2022 en grado medio, superior, o bachillerato en uno de los centros de la isla.

 

Es Castell, en la fecha de la firma electrónica (5 de abril de 2022)

La alcaldesa

Juana Escandell Salom