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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL

Núm. 197737
Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 31 de marzo de 2022 por la que se dispone la inscripción del cambio de denominación de la dirección de la Escuela Infantil de primer ciclo Sant Ferran en el Registro estatal de centros docentes no universitarios (RCD)

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Texto

Hechos

1. Mediante la Resolución del Consejero de Educación y Formación Profesional de 21 de diciembre de 2021 (BOE núm. 1, de 1 de enero), se autorizó la modificación de la configuración de la Escuela Infantil de primer ciclo Escoleta des Camí Vell, de Sant Francesc, y el cambio de la denominación específica; se dispuso el traslado del personal y de los alumnos al nuevo edificio del centro, en Sant Ferran, ordenando la inscripción de este traslado en el Registro de centros docentes.

2. El 15 de febrero de 2022, entró en la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros un escrito en el que se comunicaba que el Consejo Insular de Formentera adoptó el acuerdo de cambiar el nombre de la vía donde está ubicado el centro, que antes se llamaba calle de Atzaró y ahora pasará a llamarse calle de la Maestra Maria Mayans Ferrer.

3. El 21 de marzo de 2022, la jefa del Departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable sobre la inscripción del cambio de denominación de la dirección de la Escuela Infantil de primer ciclo Sant Ferran en el Registro estatal de centros docentes no universitarios (RCD).

4. El 22 de marzo de 2022, el director general de Planificación, Ordenación y Centros emitió una propuesta de resolución por la que se autoriza la inscripción del cambio de denominación de la dirección de la Escuela Infantil de primer ciclo Sant Ferran en el Registro estatal de centros docentes no universitarios (RCD).

Fundamentos de derecho

1. La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (BOE núm. 159, de 4 de julio).

2. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE núm. 106, de 4 de mayo), modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (BOE núm. 340, de 30 de diciembre).

3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 44, de 3 de abril).

4. La Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears, que establece en el artículo 102 de creación de centros, que la creación, la supresión y la transformación de centros públicos corresponde al Gobierno de las Illes Balears Baleares, que debe establecer los tipos de enseñanzas que se desarrollarán (BOIB núm. 38, de 17 de marzo).

5. El Decreto 23/2020, de 31 de julio, por el que se aprueba el Texto consolidado del Decreto por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros de primer ciclo de educación infantil (BOIB núm. 135, de 1 de agosto).

6. El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE núm. 52, de 1 de marzo), el que establece, en el artículo 36.2, que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

7. El Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 21, de 15 de febrero), modificado por el Decreto 25/2021, de 8 de marzo, de la presidenta de las Illes Balears (BOIB núm. 33, de 9 de marzo).

Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros con fecha 22 de marzo de 2022, dicto la siguiente

 

Resolución

1. Disponer la inscripción en el Registro estatal de centros docentes no universitarios (RCD) del cambio de denominación de la dirección de la Escuela Infantil de primer ciclo Sant Ferran, que pasa de calle de Atzaró a ser calle de la Maestra Maria Mayans Ferrer.

2. Notificar esta Resolución a la dirección del centro, al Instituto para la Educación de la Primera Infancia de la Dirección General de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa y al Departamento de Gestión Económica de la Secretaría General de la Consejería para su conocimiento.

3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Formación Profesional en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

  

Palma, 31 de marzo de 2022

El consejero de Educación y Formación Profesional

Martí X. March i Cerdà